DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA REALIZAR LA INSCRIPCIÓN DE UNA MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE UNA ASOCIACIÓN
Para efectuar la inscripción de una modificación de Estatutos de una asociación, se ha de enviar a la Delegación de Justicia y Admón. Pública de la Junta de Andalucía en Málaga (Avenida Aurora 69, Ed. Aries - 29002 Málaga), la documentación que seguidamente se relaciona y con los requisitos que igualmente se indican:
1º.- Escrito de Solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Delegada de Justicia y Admón. Pública de la Junta de Andalucía, firmado por el Presidente de la Asociación y con el contenido que a continuación se indica:
Nombre y apellidos de quien encabeza el escrito (Presidente de la Asociación), así como su domicilio a efectos de notificaciones.
Se hará constar que se representa a la Asociación, con indicación de la denominación completa de la misma, domicilio social y número de inscripción en el Registro Provincial de Asociaciones.
En los hechos debe manifestarse que ha tenido lugar en forma estatutaria una Asamblea General Extraordinaria, en la que se adoptó el acuerdo de llevar a cabo la modificación de Estatutos que consta en la certificación adjunta.
Por último en el escrito se solicitará el que sean inscritas las modificaciones acordadas.
(Se adjunta modelo de solicitud con el contenido antes referido)
2º.- Certificación del Acuerdo adoptado en la Asamblea General Extraordinaria relativo a la modificación de los Estatutos, expedida por el Secretario de la Asociación con el visto bueno del Presidente.
Tal certificación debe cumplir las formalidades previstas en los Estatutos; reflejándose en la misma y de forma clara:
El acuerdo adoptado (referido a los artículos modificados y contenido de los mismos).
Que el acuerdo ha sido tomado en Asamblea General Extraordinaria, con indicación de la fecha de su celebración.
Quorum de asistencia y resultado de la votación
En la certificación constará el acuerdo relativo a autorizaciones o representaciones que se confieran para gestionar ante los órganos de la Administración la inscripción de la modificación estatutaria.
3º.- Se ha de remitir a la Delegación de Justicia y Admón. Pública en TRIPLICADO ejemplar y con rubricas originales en todas las hojas de al menos el Presidente y el Secretario de la Asociación, la redacción completa de los Estatutos, indicando en la primera de sus hojas que la redacción incluye las modificaciones acordadas en la Asamblea General Extraordinaria celebrada al efecto, expresando su fecha, de tal forma que contengan de forma plenamente coincidente todos los artículos que sirvieron para la primera inscripción de la Asociación, modificando tan solo aquellos en los que la Asamblea General Extraordinaria ha acordado su modificación.
5º.- Se ha de acreditar mediante certificación suscrita por el Secretario de la Asociación con el visto bueno del Presidente, la actual composición de la JUNTA DIRECTIVA que dirige la Asociación con indicación de la fecha de la Asamblea General en que la misma fue elegida; requisito éste sin el cual no podrá realizarse la inscripción de la modificación de Estatutos.
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