EMPRESAS DE FAMILIA ASPECTOS SOCIETARIOS DE FAMILIA Y SUCESIONES

AUTORIDAD DE TURISMO DE PANAMÁ EMPRESAS Y
DISEÑO DE LOS MACROPROCESOS EN LAS EMPRESAS DE
(ANEXO I) FORMULARIO DE SOLICITUD PARA PRÁCTICAS EN EMPRESAS

010005 SIWH COMUNICACIÓN DE DATOS AL REGISTRO DE EMPRESAS
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1 RESPOSTA PARA O CENTRO DE INFORMAÇÃO SOBRE EMPRESAS

Empresas de familia

EMPRESAS DE FAMILIA. ASPECTOS SOCIETARIOS, DE FAMILIA Y SUCESIONES, CONCURSALES Y TRIBUTARIOS. PROTOCOLO DE FAMILIA. DIRECTORAS: GABRIELA CALCATERRA Y ADRIANA KRASNOW.. COMENTARIO DE FAVIER DUBOIS (H.), EDUARDO M.

AA. VV.

Voces EMPRESAS DE FAMILIA ASPECTOS SOCIETARIOS DE FAMILIA Y SUCESIONES

SOCIEDAD DE FAMILIA ~ EMPRESA ~ SOCIEDAD COMERCIAL ~ SOCIEDAD DE PERSONAS ~ SOCIEDAD DE HECHO ~ ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD ~ DERECHO DE FAMILIA ~ FUNDADOR ~ CONYUGE ~ GRUPO FAMILIAR ~ DISOLUCION DE SOCIEDAD ~ REMOCION DEL ADMINISTRADOR ~ ASAMBLEA ~ CONCURSOS Y QUIEBRAS

Publicado en: LA LEY 29/09/2010, 6-LA LEY 2010-E, 

EMPRESAS DE FAMILIA ASPECTOS SOCIETARIOS DE FAMILIA Y SUCESIONES

1. La Empresa Familiar.

La temática de la Empresa Familiar nos resulta apasionante por varios motivos.

En primer lugar, por la paradoja que encierra la comparación entre su gran trascendencia mundial y su escaso reconocimiento en nuestro país desde el ámbito del derecho.

En efecto, la trascendencia económica de la empresa familiar resulta de su alto grado de participación en las economías de los diversos países.

En tal sentido se afirma que los porcentajes de las empresas familiares sobre el total de empresas existentes son los siguientes: Italia 99%; U.S.A. 96%; Suiza 88%; R.Unido 76%; España 71%; Portugal 70%, Argentina 70% y Colombia 68%, aun cuando las apreciaciones no coinciden entre los autores y las mediciones varían por año.

En lo social las empresas familiares son más consistentes, ya que soportan mejor las crisis económicas por su vocación de permanencia, tienden a generar mano de obra intensiva y estable y tienden a realizar inversiones a largo plazo sin la compulsión de ganancias inmediatas.

Por su lado, la importancia ética de la empresa familiar es evidente y resulta de los propios valores de la familia: afecto, unión, confianza, protección, educación, transmisión cultural, esfuerzo y solidaridad.

Por tales motivos, y desde las áreas del "gerenciamiento", de la administración y de las demás ciencias económicas, existe en el mundo entero un gran desarrollo de la temática de la empresa familiar.

También su trascendencia ha repercutido en el área y en las prácticas jurídicas, destacándose que en Estados Unidos existen prácticas inveteradas en materia de acuerdos de accionistas familiares ("shareholders agreements").

En el ámbito iberoamericano se encuentran importantes desarrollos de doctrina y prácticas contractuales sobre empresas familiares (protocolos) en México y en otros países. En particular deben destacarse los casos de Colombia y de España, país éste donde, además de legislarse un tipo social propicio, se ha regulado sobre la publicidad de los "protocolos de empresa familiar" mediante tres diversas formas de inserción en el registro mercantil.

Por su lado Italia ha legislado el trabajo y la propiedad de los familiares en la "sociedad tácita familiar" (empresa familiar de hecho) y, además, ha reconocido la posibilidad de "pactos de familia" mediante los cuales el empresario transfiere la hacienda, o el titular de partes sociales las transfiere, a uno o mas descendientes, con consentimiento de su cónyuge y de los demás herederos, permitiendo una ordenada sucesión en la empresa familiar, lo que en forma similar han legislado Francia y España.

De todo lo señalado resulta la existencia de un importante, nutrido y valioso campo fenomenológico, con sus propias normas, doctrinas y prácticas jurídicas.

En segundo término, el tema nos apasiona por su carácter interdisciplinario.

Es que el fenómeno de la empresa familiar no solo reúne elementos propios de la administración de empresas y del derecho, sino también de la sociología, de la ética, de la psicología (a veces, incluso, de la psiquiatría), del "counseling", de la dinámica de grupos, de la mediación y de la negociación.

A su vez, dentro del derecho, se advierte que es una suerte de fenómeno transversal que compromete normas propias del derecho de familia, de los contratos, sociedades, concursos, seguros, fiscal, laboral y penal.

O sea que el tema convoca a profesionales de muy diversos ámbitos: administradores de empresas, contadores, expertos en "management" y en finanzas, escribanos, abogados, sociólogos, psicólogos, "counsels", mediadores y negociadores, hacia el objetivo de lograr una buena relación de la empresa con la familia, como un modo de procurar la sustentabilidad de ambas, no sólo en lo económico y jurídico, sino también en lo relacional y afectivo.

2. La situación en Argentina: Sin embargo, la empresa familiar, desde su problemática jurídica como tal, es una entidad prácticamente ignorada por la doctrina nacional argentina.

Adviértase, a esos fines, que la denominación "empresa familiar" no existe como "voz" específica en los repertorios ni en los tesauros de las revistas de doctrina jurídica.

Por su parte, la voz "sociedad de familia", cuando existe en algún repertorio, informa sobre algunos fallos relativos a temas poco conexos entre sí.

Tampoco existía, hasta el comienzo de este año, una sola obra jurídica que fuera específica sobre la empresa familiar y su problemática legal como tal en nuestra literatura nacional, ya que las existentes, que utilizaban esa denominación abordaban, muchas veces con maestría, al único fenómeno contemplado por la doctrina y jurisprudencia nacionales: el de la patología, o sea el caso de sociedades comerciales creadas o instrumentadas para el fraude familiar, pero no el de las empresa familiares legítimas.

Es recién en el presente año 2010 que aparecen dos obras sobre la materia, como resultado de investigaciones independientes y paralelas, una como trabajo conjunto del Instituto Argentino de la Empresa Familiar y la otra que es objeto del presente comentario, en iniciativas que corresponde aplaudir, difundir y profundizar.

3. Los participantes en la obra: Cabe mencionar, en primer lugar, a las directoras, las Dras. Gabriela Calcaterra y Adriana Krasnow. Ambas son abogadas y doctoras en derecho, profesoras de la Universidad Nacional de Rosario, con amplio despliegue académico y profesional, a pesar de su juventud. La primera se orienta principalmente al derecho comercial y la segunda al derecho civil.

Ellas, tomando una propuesta del profesor Miguel C. Araya, motorizaron la idea de estudiar la empresa familiar en Rosario, dictaron cátedras y cursos y durante varios años movilizaron a un grupo de profesores e investigadores hacia la elaboración de un libro sobre la materia. También invitaron a destacados especialistas a sumarse al proyecto.

Es por eso que, entre los autores de la obra, además de las propias directorias que han escrito en forma conjunta o separada la mayoría de los capítulos, cabe señala la participación de Santiago Dodero, un experto en el tema de las empresas familiares desde el área de la administración, de María Gabriela Anonni, abogada especialista en derecho tributario, de Victoria Schiro, abogado y profesora de derecho sucesorio y de Gloria Torresi, abogada y profesora de derecho concursal.

Finalmente, debe destacarse la calificada participación del experto en empresas familiares, catedrático español y profesor de la Universidad de Valladolid, el doctor Jesús Quijano González, con un magistral capítulo sobre el protocolo de la empresa familiar.

4. Los contenidos: La obra comentada aborda la problemática de la empresa familiar a partir de un eje constituido por el derecho societario y por el derecho de familia, al que se le sumaron aspectos específicos de la empresa familiar, como el protocolo, y los enfoques de otras disciplinas tales como la administración de empresas, el derecho tributario, el derecho de los contratos y el régimen concursal.

Por ello, se trata de un estudio que no se agota en lo jurídico y que no está destinado sólo a los abogados, sino que también resultara útil para otros profesionales y asesores de las empresas familiares.

La obra aparece dividida en cuatro partes con un total de diecisiete capítulos.

La primera parte se refiere al impacto de la empresa familiar en el derecho patrimonial y allí se define a la empresa familiar como "toda organización de los factores de producción para el desarrollo de una actividad económica de producción e intercambio de bienes y/o servicios con un fin económico, cuyo elemento personal está compuesto por personas vinculadas entre sí, en todo o en parte, por vínculos familiares (conyugales y/o derivados del parentesco)". Se destacan la figura del fundador como elemento clave, las motivaciones para formar una empresa familiar, los aspectos sociológicos e institucionales de la familia y sus cambios, la problemática de la gestión empresaria, la organización jurídica societaria y el régimen tributario de la empresa familiar.

La segunda parte del libro está dedicada al impacto de las relaciones patrimoniales entre cónyuges y convivientes en la empresa familiar. Allí se analizan en particular el régimen económico matrimonial, los contratos entre cónyuges, la gestión de los bienes gananciales, los casos de fraude entre cónyuges, los bienes frente a terceros y al concurso, y la disolución y partición de la sociedad conyugal. Termina con un capítulo muy ilustrativo sobre las relaciones patrimoniales en la convivencia de pareja.

La tercera parte analiza al derecho societario en la empresa familiar.

Allí se consideran los elementos de la sociedad comercial, los diversos tipos, las sociedades de hecho, los órganos de gobierno y administración y la disolución y resolución parcial de la sociedad. Asimismo, se abordan los problemas de la sucesión en la empresa familiar desde el punto de vista jurídico y la protección de la igualdad entre los herederos. Se destacan en esta parte las particularidades de las relaciones de los socios con la sociedad familiar, en cuanto a las garantías, a la pérdida del affectio societatis como causal de disolución, se califica a la SRL como el tipo más adecuado en la materia y se señala la práctica de hacer figurar el aporte del padre como de los hijos.

El último capítulo está destinado al tema de los conflictos y soluciones en la empresa familiar.

Allí se analizan algunos factores de creación o de agravamiento del conflicto como la financiación interna, la remoción del administrador y la impugnación de asambleas.

También los modos de prevención a través de diversas cláusulas, como las que validan el no pago del valor llave o la exclusión en S.A., las reestructuraciones y la configuración de grupos.

Además se desarrolla el problema del concurso y la quiebra en la empresa familiar, con particular tratamiento de la situación del bien de familia en la quiebra y, para terminar, un magistral capítulo sobre el protocolo de la empresa familiar, donde se destaca su diversidad, contenidos y eficacia obligacional.

La mayoría de los capítulos se complementa con jurisprudencia específica, conteniendo casos clásicos en la materia y otros desconocidos que iluminan nuevos temas, y culmina la obra con una vasta bibliografía general y especial.

5. Su trascendencia: A esta altura del comentario resultan evidentes las bondades de la obra.

Por un lado, un estudio sistemático del derecho societario y del derecho de familia con conexión permanente a la empresa familiar.

Por el otro, un estudio contextual del tema desde los ángulos de la sociología, los contratos, los concursos, la tributación y desde los mecanismos para la prevención, gestión y solución de los conflictos.

Por todo esto esta obra, además de premiar un importante esfuerzo grupal de investigación, constituye un aporte fundamental al tema de la empresa familiar frente al derecho argentino e implica una base de doctrina propia y de jurisprudencia para futuras investigaciones.

Es por todo ello que el firmante, como Director del Instituto Argentino de la Empresa Familiar, institución que ha tenido el honor de incorporar como investigadores a la mayoría de los autores de la obra y de crear un Centro Regional en Rosario bajo la Dirección de la Doctora Gabriela Calcaterra, expresa su satisfacción por la aparición de este libro, su mayor felicitación a sus directoras y a los co-autores, y sus votos y auspicios para que la investigación se prolongue y siga brindando frutos.

 

 

 

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