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PRESENTACIÓN
El pasado 2 de Enero de 2004, entró en vigor la directiva D98-08 en su tercera versión, por la que se regula los materiales utilizados en los embalajes fabricados con madera en bruto, utilizados para la exportación a Canadá, al ser potenciales vehículos de transmisión de plagas forestales.
Esta nueva directiva ha sido adoptada con la intención de armonizar la legislación Canadiense con la Norma Internacional de Protección Fitosanitaria nº15 (NMF-15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria de la FAO y reducir el riesgo asociado a estos materiales, por su propensión a esconder insectos que pueden producir plagas forestales. Según la nueva normativa, el embalaje fabricado con madera en bruto sin tratar, no podrá entrar en Canadá
La norma NMF-15 entra en vigor también en la UE el 1 de enero de 2005.
RAZONAMIENTO
La nueva normativa nace en respuesta a la problemática que planteaba la entrada masiva de barcos de carga a Canadá, y que hacía imposible la inspección exhaustiva de todos ellos. El peligro asociado a los embalajes de madera se debe a la propensión que tienen a esconder insectos que pueden producir plagas forestales y que es causado por:
La madera utilizada de baja calidad sin tratamientos adicionales ni selección especial.
La dificultad de los inspectores para detectar la presencia en la madera de estos insectos ya que requieren técnicas especiales para ellos.
Los productos embalados y transportados en madera no se encuentran aislados en el puerto de importación, sino que en la mayoría de los casos llegan a almacenes de todo el país.
Estos envíos se almacenan en espacios abiertos lo que puede favorecer además cualquier eventual propagación de una plaga.
PERIODO TRANSICIÓN
Debido a que EEUU y México, socios de Canadá en la NAPPO (Organización Norteamericana de Protección de las Plantas) no estarán preparados para ejecutar la nueva normativa a tiempo, Canadá ha establecido un nuevo periodo de transición que durará hasta el 1 de abril de 2005. Durante este intervalo de tiempo, se inspeccionarán los embalajes de madera de la forma prevista, pero en lugar de ejecutar las sanciones que marca la normativa, se notificará a los importadores de las posibles irregularidades y se permitirá que se tomen las medidas fitosanitarias pertinentes (fumigación), en caso de estar infestadas, para que la mercancía pueda entrar en el país. El periodo de transición terminará el 1 de abril de 2005.
Tipos de tratamiento
Transcurrido el periodo de transición, el embalaje fabricado con madera sin tratar no podrá entrar en el país. Los materiales que no cumplan los requisitos serán devueltos a su origen, corriendo con los gastos del transporte la persona o entidad responsables de la entrada de la mercancía en Canadá. Tan sólo los embalajes de madera tratados por fumigación con bromuro de metilo, en las cantidades especificadas en la D-98-08 o por calor, serán aceptados tal y como marca la nueva directiva. Sin embargo, cabe resaltar que el tratamiento de la madera con bromuro es costoso y que actualmente la única alternativa es el tratamiento por calor, aunque un panel internacional de científicos está actualmente investigando tratamientos alternativos.
Canadá no promueve el tratamiento de la madera por fumigación con bromuro de metilo, tras la ratificación de Naciones Unidas del Protocolo de Montreal sobre sustancias que dañan la capa de ozono, pero lo consiente, ya que este tipo de tratamiento está aceptado a nivel internacional. En cualquier caso, el proceso de tratamiento debe estar oficialmente certificado por la autoridad nacional competente en materia de protección de plantas del país exportador de la mercancía, y aunque la mercancía no vaya a ser desembarcada en Canadá, ésta debe ser tratada.
Tipos de madera exentos
Los embalajes fabricados de madera manufacturada, contra-chapada o de productos derivados del papel y el cartón están exentos de estos requisitos, además de los materiales hechos de madera inferior a 6mm o de centros de chapa
Procedimiento y sello de certificación
Desde la entrada en vigor de la nueva normativa, la Agencia Canadiense de Inspección de Alimentos (CFIA) tendrá potestad de inspeccionar los materiales tanto en Canadá como en destino, con la posibilidad de sellar la mercancía hasta que esta pueda ser inspeccionada. Los costes asociados a la inspección correrán a cargo del importador.
El material de embalaje tratado, deberá estar certificado con la marca oficial de la NMF-15 o con un sello aprobado por la Agencia Canadiense de Inspección de Alimentos (CFIA) para poder ser admitido en Canadá.
Particularidades
En caso de que la mercancía con destino a Canadá transite por los EEUU, ésta deberá cumplir las condiciones de la nueva normativa siempre y cuando el material sea fabricado en un tercer país. Canadá y EEUU acordaron no regular los movimientos entre ambos países, reconociendo así la efectividad de sus sistemas de protección y enfocar las inspecciones a otros países con mayor riesgo.
En caso de que los embalajes de madera sean fabricados en Canadá y luego sean almacenados en otro país o en zonas off-shore para luego ser devueltos a Canadá, éstos deberán ser inspeccionados para comprobar que los materiales no han sido infestados o repuestos con otro tipo de madera no tratada.
La nueva normativa D-98-08 en su 3ª versión regula los materiales de embalaje de madera que entren a Canadá en cualquier modo de transporte.
Las importaciones de países no equipados para el tratamiento no están exentas de inspección. Sin embargo, Canadá dará un plazo de tiempo suficiente para que estos países adopten sistemas de certificación adecuados. Hasta entonces, Canadá aplicará las mismas condiciones que durante el periodo de transición.
Esta normativa no es aplicable a las barricas para vino que son reguladas por otra normativa (D-02-12)
Para mas información, ponerse en contacto con la Oficina Comercial de la Embajada de España en Ottawa.
Directiva D98-09:
http://www.inspection.gc.ca/english/plaveg/for/noted98-08e.shtml (periodo de transición hasta abril de 2005)
http://www.inspection.gc.ca/english/plaveg/protect/dir/d-98-08e.pdf (última versión)
www.inspection.gc.ca/english/plaveg/for/cwpc/wdpkge.shtml (versión antigua)
Preguntas y Respuestas más Frecuentes:
http://www.inspection.gc.ca/english/plaveg/for/cwpc/wdpkgqae.shtml
NIMF15 de IPPC:
Fechas de entrada en vigor de la norma NIMF15 en otros países:
http://www.inspection.gc.ca/english/plaveg/for/cwpc/ispm15e.shtml
Ottawa, 29 de junio de 2004
NORMA DE IMPORTACIÓN CANADIENSE PARA EMBALAJES DE MADERA
La Agencia de Inspección Alimentaria Canadiense (Canadian Food Inspection Agency –CFIA) ha informado de que se han detectado un gran número envíos de embalajes de madera que incumplen la nueva normativa canadiense sobre requisitos de importación para este tipo de embalajes.
Esta normativa, que entró en vigor el 1 de enero de 2004, ha sido adoptada con la intención de armonizar la legislación Canadiense con la Norma Internacional de Protección Fitosanitaria nº15 (NMF-15) de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria de la FAO y reducir el riesgo asociado a estos materiales. Según la nueva normativa, el embalaje fabricado con madera en bruto sin tratar no podrá entrar en Canadá después del 1 de abril de 2005.
Hasta esa fecha, la CFIA únicamente informará de los envíos que incumplan la normativa y permitirá que se tomen las medidas fitosanitarias pertinentes, si fuera necesario, para que la mercancía pueda entrar en el país.
Es importante resaltar que una vez transcurrido el periodo de transición, el embalaje fabricado con madera sin tratar no podrá entrar en el país. Los materiales que no cumplan los requisitos serán devueltos a su origen, corriendo con los gastos del transporte la persona o entidad responsables de la entrada de la mercancía en Canadá.
En el caso de envíos desde España, la CFIA interceptó entre los meses de abril y mayo 35 casos de infracciones a la normativa de importación para embalajes de madera. De éstos, 6 presentaban signos de pestes y fueron tratados por fumigación para permitir su entrada en Canadá. Los otros 29 casos no presentaron ningún signo de pestes pero tampoco tenían los certificados necesarios.
(Para más información se puede contactar la Oficina Comercial de la Embajada de España en Ottawa).
OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA OTTAWA |
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