En desarrollo de lo señalado en la Ley 80 de 1993, artículo 25, numerales 7 y 12, los siguientes son los estudios y documentos previos que sirven de soporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones que tiene por objeto LA CONTRATACION DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA PARA ALGUNAS SEDES DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN UBICADAS EN EL NIVEL CENTRAL, REGIONAL Y PROVINCIAL, INCLUIDA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALARMA MONITOREADA CON COMUNICACIÓN GPRS VÍA CELULAR, de manera que los proponentes puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la Entidad, así como el de la distribución de riesgos que la entidad propone.
DESCRIPCION DE LA NECESIDAD QUE PRETENDE SATISFACER LA ENTIDAD CON LA CONTRATACIÓN
La Procuraduría General de la Nación como órgano supremo del Ministerio Público, de conformidad con lo consagrado en la Constitución Política debe cumplir entre otras con las siguientes funciones: Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos; proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad; defender los intereses de la sociedad y los intereses colectivos, velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas; ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la Ley. El cumplimiento de estas funciones se realiza por todos lo servidores públicos que integran su estructura, los cuales laboran en las sedes que tiene la Entidad tanto en la ciudad de Bogotá, D.C. como en otras ciudades que se ubican en el nivel regional como provincial.
La mayoría de las instalaciones donde se localizan las dependencias de la Procuraduría General de la Nación en todo el territorio Colombiano, por circunstancias de orden público, por la situación de inseguridad que vive el país y por las constantes acciones de la delincuencia común, se encuentran expuestas a circunstancias que ponen en riesgo la seguridad de los funcionarios que en ella laboran, los ciudadanos que requieren de los servicios de este órgano de control y los bienes y elementos que allí se encuentran, razón por la cual se requiere contratar el servicio de Vigilancia y Seguridad Privada como medio de protección para controlar y disminuir los riesgos y vulnerabilidades a las que se ven expuestas. Este servicio de Vigilancia y Seguridad Privada, es el que recomienda en los diferentes estudios e inspecciones de seguridad realizados a las instalaciones, elaborados entre otros por el Departamento Administrativo de Seguridad, la Policía Nacional, el estudio de seguridad efectuado en desarrollo del contrato que se encuentra en ejecución y, principalmente por los funcionarios de la División de Seguridad de la Procuraduría General de la Nación.
En virtud de lo expuesto, la Procuraduría General de la Nación requiere contratar la prestación del servicio de Vigilancia y Seguridad Privada para algunas sedes de la misma ubicadas en el nivel Central, Regional y provincial, con el fin de garantizar la protección de los funcionarios que en ella laboran, los visitantes y los bienes de la misma y de todo aquello que se encuentra dentro de sus instalaciones.
Se requiere como complemento de este servicio y para algunas sedes, el sistema de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía celular, por cuanto conforme a los respectivos estudios de seguridad e inspecciones físicas, es necesario que las sedes donde se van a instalar estos equipos cuenten con medios técnicos que estén en la posibilidad de enviar señales a fin de avisar, contrarrestar y minimizar intrusiones de extraños y posibles hurtos, entre otros.
Es pertinente anotar que aunque la Entidad dentro de su estructura orgánica cuenta con la División de Seguridad, la misma no tiene el recurso humano suficiente, para atender la seguridad en todas las instalaciones de la Procuraduría General de la Nación, ya que este personal, está dedicado en su mayoría, a la protección de los funcionarios y ex funcionarios, que por su nivel de riesgo ameritan tener esquemas de seguridad y protección.
DESCRIPCION DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES Y LA IDENTIFICACION DEL CONTRATO A CELEBRAR
2.1 DESCRIPCION DEL OBJETO A CONTRATAR
Prestación del servicio de Vigilancia y Seguridad Privada para algunas sedes de la Procuraduría General de la Nación ubicadas en el nivel Central, Regional y Provincial, de acuerdo con las modalidades del servicio, turnos y total de servicios señalados en el Anexo No 1 del presente estudio, incluida la prestación del servicio de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía celular, para las sedes relacionadas en el Anexo No 2 del presente estudio.
La Procuraduría se reserva el derecho, durante la ejecución del contrato, de excluir o incluir nuevas sedes y de aumentar o disminuir el número de puestos de vigilancia y el número de servicios de alarma monitoreada vía GPRS vía celular, teniendo en cuenta las necesidades de la Entidad, previa información que en forma oportuna se le de a conocer al contratista por parte del supervisor del contrato, con el visto bueno del Jefe de la División de Seguridad, lo cual constará en la respectiva acta.
2.2 IDENTIFICACION DEL CONTRATO A CELEBRAR
El tipo de contrato a celebrar, es un contrato de PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
2.3 ESPECIFICACIONES (CONDICIONES MINIMAS)
2.3.1 MODALIDAD DEL SERVICIO
La modalidad del servicio es de vigilancia física fija con medio humano, con armas.
2.3.2 PERSONAL QUE LO PRESTARÁ
2.3.2.1 VIGILANTES
ESTUDIOS
Haber aprobado undécimo grado de educación básica secundaria.
Haber adelantado el curso avanzado y de actualización y tener la especialidad en seguridad a entidades oficiales y/o industrial, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 2852 del 8 de agosto de 2006, de la SVSP. Los cursos de vigilancia, medios tecnológicos y/o especializaciones requeridos, deben estar vigentes a la fecha de la iniciación de la ejecución del contrato.
Para el personal que maneje el circuito cerrado de televisión, además debe haber adelantado el curso de operadores de medios tecnológicos de acuerdo a lo establecido en la Resolución No. 2852 del 8 de agosto del 2006.
EXPERIENCIA
Experiencia mínima de dos (2) años en el área de seguridad privada, la cual debe encontrarse certificada por la Oficina de personal de la empresa en la cual prestó sus servicios.
CONOCIMIENTOS
Demostrar por medio de certificaciones de una Escuela de capacitación en vigilancia y seguridad privada, debidamente registrada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y, de una entrevista realizada por el supervisor del contrato, de manera aleatoria que el personal presentado, que es capaz de reconocer visualmente, armas y artefactos explosivos peligrosos, además, que posee conocimientos generales de:
Relaciones Humanas
Redacción y elaboración de informes
Técnicas de requisa
Observación y descripción
Comportamiento Humano
Primeros Auxilios
Técnicas de Evacuación
Seguridad y manejo de armas.
Los vigilantes deberán contar con conocimientos generales en el manejo de escáner, arcos detectores de metales, manejo de visitantes y atención al público. Para el efecto, el oferente que resulte favorecido con la adjudicación del presente proceso licitatorio, al inicio de la ejecución del contrato, acreditará tal conocimiento con los respectivos documentos.
PERICIA
El personal debe demostrar, mediante prueba aleatoria que efectuará la Procuraduría General de la Nación discrecionalmente que posee experiencia práctica en el manejo y funcionamiento de:
Armas
Equipos de Comunicaciones
Extintores
Primeros Auxilios
Registro de Personas
Registro de Paquetes
Teniendo en cuenta que la Procuraduría General de la Nación en el nivel central cuenta con la sala técnica donde se encuentra el circuito cerrado de televisión y en varias sedes con el sistema de control de ingreso a visitantes, los vigilantes que los vayan a operar deben contar con experiencia comprobada de mínimo dos (2) años en el manejo de tales equipos y con capacidad para operarlos. Para el caso del personal que maneje el circuito cerrado de televisión, el proponente debe tener en cuenta el suministrarle el uniforme que corresponda con el fin de ofrecerles protección contra las continuas radiaciones de los monitores.
2.3.2.2 SUPERVISOR
ESTUDIOS
Haber cursado una carrera técnica o tecnológica en una institución debidamente reconocida por el Ministerio de educación Nacional, o ser Suboficial en uso de buen retiro de las Fuerzas Militares de Colombia o de la Policía Nacional.
EXPERIENCIA
Acreditar su experiencia mediante certificaciones que demuestren su vinculación con la actividad de Seguridad por espacio de tres años, en una o varias entidades, cuyos períodos sumados le permitan cumplir con el requisito mínimo; la entidad podrá en cualquier momento constatar la información de las mismas.
4.1.2.3. COORDINADOR
CREDENCIA DEL CONSULTOR
Poseer credencial de consultor expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
EXPERIENCIA
Acreditar su vinculación a la actividad de seguridad, durante por lo menos cinco años en una o varias empresas o entidades en las que sumado el tiempo cumpla con este requisito mínimo.
Las certificaciones y documentos que acrediten los estudios, cursos, experiencia, conocimientos y pericia de los vigilantes, se debe presentar para el momento del inicio del contrato por el proponente a quien se le adjudique el proceso licitatorio.
Los documentos que acrediten los estudios y experiencia del supervisor y del coordinador, debe allegar con la propuesta
CREDENCIALES DE PERSONAL
El proponente deberá anexar fotocopia legible de las credenciales vigentes del personal que se señala a continuación, expedidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para el servicio concreto, o en su defecto la fotocopia de la Resolución por medio de la cual se le otorgó dicha credencial, y en la cual se señale además, el término por el cual se concede la misma:
Gerente General
Gerente de operaciones o su equivalente
Coordinador del contrato como consultor en seguridad
Supervisor
Vigilantes
Para el Gerente General, Gerente de Operaciones o su equivalente y el Coordinador del contrato, el proponente debe allegar con su oferta los documentos requeridos con antelación. Para los supervisores y el personal de vigilantes, el proponente adjudicatario deberá cumplir con estos documentos para el inicio de la ejecución del contrato. En caso de no poder allegar la credencial, bastará la solicitud radicada para la obtención de ésta ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, adjuntando copia de este documento
En caso que la credencial del anterior personal venza durante el transcurso del trámite del presente proceso licitatorio, la entidad acepta que el proponente allegue la fotocopia de la credencial anterior junto con la solicitud de renovación de la misma, presentada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con la constancia de radicado.
2.3.3 EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Un revólver calibre 38L: para la prestación de cada uno de los servicios, con 18 cartuchos para el mismo, con el correspondiente permiso para porte o tenencia según donde se ubique el puesto, expedido por el Ministerio de Defensa Nacional.
Radio de Comunicaciones por cada servicio: con sus accesorios para todos los servicios requeridos tanto en la ciudad de Bogotá como en demás sedes del nivel Regional y Provincial. El proponente deberá garantizar las comunicaciones entre los puestos de servicio, la sala de control, la empresa y el supervisor.
Linternas: El contratista deberá contar en todos los puestos de servicio con una linterna de trabajo industrial, manual, recargable, y mantenerlas en perfectas condiciones, durante todo el tiempo de ejecución del contrato.
Equipo mínimo requerido para cada sistema de alarma monitoreada
El proponente deberá garantizar que cada sistema de alarma monitoreada contenga como mínimo los equipos relacionados a continuación, no obstante donde se requiera, se podrá exigir sensores de movimiento y magnéticos de apertura adicionales.
SISTEMA DE ALARMAS CON COMUNICACIONES GPRS VIA CELULAR |
||
ITEM |
CANTIDAD |
ESPECIFICACIONES |
1 |
1 |
Teclado LED o alfanumérico, 5 teclas funciones programables y teclas para FAP |
2 |
1 |
Panel de control expandible hasta 32 zonas, 4 particiones, 500 memorias de eventos |
3 |
1 |
Batería de respaldo de 12 volt. - 7 amp |
4 |
1 |
Sirena 30 Vatios |
5 |
1 |
Transformador de 16 Vatios |
6 |
1 |
Sensores de movimiento tipo infrarrojos, TAMPER y de procesamiento digital |
7 |
1 |
Sensor de apertura tipo magnético |
8 |
1 |
Botón de pánico tipo bancario |
9 |
1 |
Interruptor de control de rondas |
10 |
1 |
Sistema de comunicación GPRS vía celular, en aquellos lugares donde no haya cobertura celular, se permitirá el sistema de comunicación IP |
11 |
1 |
Caja metálica de instrumentos |
Visitas de verificación en las instalaciones de los proponentes
Durante el término de verificación de las propuestas el comité técnico designado por la entidad, realizará una visita a las instalaciones con que cuenten los proponentes, con el fin de verificar la capacidad técnica y operativa para la prestación del sistema de alarma monitoreada.
En dicha visita, el comité verificará los siguientes aspectos, los cuales son de obligatorio cumplimiento por parte de los proponentes:
Deberá contar con una sala y/o central de monitoreo, donde pueda comprobarse que existen los medios técnicos para prestar servicio de alarma monitoreada, la cual deberá ser operada por personal del proponente, previa verificación de que la ubicación de esta sala y/o central de monitoreo visitada, se encuentre en una sede de propiedad del proponente.
En la sala y/o central de monitoreo, los proponentes deberán demostrar que cuentan con una receptora de alarmas, la cual deberá ser un concentrador industrial, capaz de recibir señales GSM voz, GPRS datos y comunicación vía Internet, entre otros. Los funcionarios verificarán el envío y recibo de estas señales de alarma, determinando la fecha de la visita y cuáles de estos servicios se encuentra prestando el proponente.
El comité responsable de llevar a cabo la verificación técnica, en dicha visita analizará en cada caso la procedencia de solicitar aclaraciones a los proponentes.
Vehículos: El proponente deberá disponer de mínimo cinco vehículos operativos de propiedad de la empresa para supervisión ( vehículos o motocicletas)
OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA
Realizar visitas de inspección dos (2) veces en la noche y dos (2) veces durante el día, para los servicios requeridos en la ciudad de Bogotá, y demás ciudades capitales de departamento y sedes provinciales de la Procuraduría, registrándolas en la minuta de puesto.
Tener permanente contacto vía Avantel o celular con la sala de control del Nivel Central de la Procuraduría en Bogotá – se dejarán constancias en una minuta de servicios y en detalle, se registrarán las novedades que se presenten durante el mismo.--
Presentar al supervisor del contrato a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del mismo, una relación de las armas que se destinarán a la prestación del servicio, acompañada de los salvoconductos vigentes de las mismas armas, expedidos por la autoridad competente a nombre del contratista (es decir de la empresa: NO se aceptan armas a nombre de personas naturales).
Presentar los permisos para portes de armas de fuego, cuando dentro del desarrollo del contrato y las necesidades del servicio así lo exijan en forma excepcional para determinados servicios.
Suministrar el número de vigilantes adicionales que considere necesarios la Procuraduría General de la Nación, teniendo en cuenta las calidades tanto de estudios, experiencia, conocimientos y pericia requeridos por la Entidad en el pliego de condiciones. Así como también, el suministro de vigilancia para servicios especiales de seguridad, no especificados en el cuadro de servicios.
Presentar para el momento del inicio de la ejecución del contrato las certificaciones y documentos que acrediten los estudios, cursos, actualizaciones, experiencia, conocimientos y pericia, así como las hojas de vida de los vigilantes y operadoras, con documentos soportes solicitados, en donde demuestre la experiencia requerida, así como los estudios de seguridad del personal de vigilantes por parte de la empresa, sin perjuicio que sean reemplazadas para la ejecución del contrato, previa autorización del supervisor del contrato o el Jefe de la División de Seguridad. En todo caso, en el evento de variaciones del personal propuesto al momento de suscripción del contrato, el nuevo personal deberá cumplir con las mismas o mejores calidades del ofrecido en la oferta, dependiendo del puesto al que se vaya a asignar.
Presentar para el inicio de la ejecución del contrato, las credenciales de los supervisores y el personal de vigilantes.
Presentar para el inicio de la ejecución del contrato los certificados de antecedentes judiciales expedidos por departamento Administrativo de Seguridad DAS, de antecedentes disciplinarios expedidos por la Procuraduría General de la nación para el Coordinador del contrato, el supervisor y los vigilantes.
Presentar para los vigilantes y para el inicio de la ejecución del contrato la Libreta Militar o Cédula Militar.
Presentar dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de suscripción del acta de iniciación del contrato, un plan de contingencia del servicio, en el cual se debe indicar que ninguno de los puestos de trabajo se descuidará durante la prestación del servicio, para garantizar el nivel de seguridad de la Procuraduría General de la Nación y que en las horas de almuerzo habrá personal disponible para efectuar los relevos correspondientes, con el fin de que los titulares, además de tomar sus descansos y alimentos de manera decorosa, puedan tener acceso a descansos periódicos por la extensa jornada laboral y tener acceso a la asistencia médica que requieran sin que sufra menoscabo el servicio
Inspeccionar y examinar el sitio y los alrededores de las diferentes dependencias de la Entidad, presentando dentro de los cuarenta y cinco (45) días después de haberse suscrito el acta de inicio, el análisis de riesgo y el estudio de seguridad.
Posteriormente, el contratista dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la fecha del acta de iniciación del contrato, deberá presentar un plan de seguridad para las diferentes instalaciones de la Procuraduría General de la Nación, donde se recomienden estrategias y medidas de seguridad que puedan ser adoptadas por la Entidad, para minimizar los riesgos que puedan afectar la integridad de los funcionarios o los bienes de la entidad.
Una vez suscrito el contrato, el contratista se obliga a cumplir con todas la leyes y reglamentos que le sean aplicables respecto a salud ocupacional y medio ambiente, de manera tal que se proteja la seguridad y salud de sus empleados, de terceras personas involucradas en sus operaciones, de los funcionarios que laboran en las instalaciones de la Procuraduría General de la Nación y del público en general. Así mismo, realizará las actividades que sean necesarias, tendientes a la protección del medio ambiente. Ello incluye, la autorización del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social para que los empleados trabajen horas extras. (Art. 13 Decreto 356/94).
Disponer y presentar dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de suscripción del acta de inicio del contrato, de un protocolo de servicio al cliente que le permita a la Entidad una directa interlocución que garantice una verificación e investigación pronta de las quejas e inconformidades que la Procuraduría pudiese tener en relación con la calidad y oportunidad en la prestación del servicio
Para el caso del sistema de alarma monitoreada, garantizar que los equipos serán instalados y programados a la central de monitoreo del contratista, dentro de un plazo máximo de dos (2) días hábiles contados a partir de la fecha de iniciación del contrato. Estos equipos serán siempre de propiedad del contratista, los cuales deben ser retirados una vez culmine el contrato. La entidad únicamente pagará el valor de cada uno de los servicios.
Garantizar la correcta prestación del servicio del sistema de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía celular, cumpliendo con lo siguiente:
Enlace a la central de monitoreo del contratista durante las veinticuatro (24) horas del día, la receptora de alarmas deberá ser un concentrador industrial capaz de recibir señales voz y datos a través de lo estándares de comunicación GSM y GPRS , entre otros, así como, actualizarse por software de manera segura.
Atender en el menor tiempo posible las solicitudes de la Entidad, relacionadas con la interrupción del servicio y funcionamiento de los equipos.
Atender las solicitudes de realización de pruebas de funcionamiento de las alarmas en cada uno de los puestos solicitados, cuando así lo considere conveniente el interventor del contrato.
Examinar de manera periódica los dispositivos y elementos que conforman cada sistema de alarma, efectuando las pruebas y los mantenimientos preventivos y correctivos que sean necesarios.
Atender durante las veinticuatro (24) horas del día y en forma inmediata, las llamadas y señales de emergencia.
Avisar en forma inmediata a la entidad y a las diferentes autoridades, las emergencias que se lleguen a presentar.
Enviar avisos tipo mensajes de texto cuando se active la alarma, y en los eventos necesarios, además de a su propia Central de monitoreo, a la sala de control de la Procuraduría y por lo menos a una persona en la dependencia donde se produzcan los mismos.
Prestar el servicio de reacción motorizada y tener comunicación directa con la Policía Nacional, en caso de cualquier anomalía, alarma, activación o emergencia. Este servicio será obligatorio para los puestos ubicados en la ciudad de Bogotá. En otras ciudades, se deberá garantizar la inmediata comunicación con las respectivas autoridades.
Cuando suceda un evento como apertura no autorizada o intrusión, el oferente deberá garantizar la prestación del servicio de vigilancia en el lugar, hasta que se solucione la anomalía de la puerta o ventana violentada.
Elaborar un reporte mensual de las novedades que se presenten (aperturas, cierres y eventos especiales)
Entregar un protocolo de manejo y seguridad del sistema al interventor del contrato y a los funcionarios encargados en cada sede a nivel territorial por cada puesto solicitado.
Vigilar que todos los elementos que se encuentren dentro de las instalaciones y oficinas no sean objeto de sustracción o daño.
Verificar que los sábados, domingos, festivos y días de vacancia judicial, no ingresen personas ajenas a la Entidad o servidores públicos sin la respectiva autorización del funcionario competente.
Controlar el ingreso y salida de bienes y elementos de la Entidad y que aquellos que sean de propiedad de la Procuraduría o por los cuales ésta, cuente con la respectiva autorización para el efecto.
Responder porque el personal que utilice en la prestación del servicio, porte el respectivo carné y el uniforme aprobado por la Empresa por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
Mantener vigente por todo el período de ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo las licencias, autorizaciones y demás documentos que acreditan su capacidad para ejercer la prestación del servicio.
Cumplir con los principios, deberes y obligaciones que rigen la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada, según la normatividad relacionada con la misma.
Responder por la pérdida y/o daños ocasionados a las instalaciones donde se presta el servicio.
Tener en cuenta que todos los bienes que se encuentren en las instalaciones de la Procuraduría donde se preste el servicio de vigilancia y seguridad, quedan bajo su custodia, razón por la cual debe responder directamente por cualquier reclamación que efectúe la Entidad por siniestros o hurtos ocurridos durante el tiempo de ejecución del contrato, previa investigación tanto del mismo servicio vigilado para constatar si uno de sus dependientes se ve involucrado por acción o por omisión en hechos que atenten contra los bienes o personas a las cuales se brinda vigilancia o protección, como también de las autoridades de la república para determinar las circunstancias de modo, lugar y tiempo en que se sucedieron los hechos y los presuntos responsables de lo sucedido. Para el efecto se levantará el acta de acuerdo que determine la cuantía del bien a reponer, o la reposición del mismo. Se excluyen los bienes de propiedad de las personas que se encuentren en las instalaciones, excepto aquellos equipos que previamente se registren en la planilla dispuesta para tal fin, la cual debe ser diligenciada exclusivamente, por el personal de vigilancia suministrado por el contratista.
Pagar los deducibles a que haya lugar por siniestros o hurtos ocurridos en las instalaciones objeto de la prestación del servicio, que se reclamen a la compañía de seguros. Igualmente cuando al valor de la reclamación no sea posible por el deducible, el contratista repondrá el bien por uno con iguales o mejores características al extraviado, en un término máximo de tres (3) días hábiles. Lo anterior sin perjuicio de las acciones legales que lleve a cabo la Compañía de Seguros frente al contratista.
3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE LA SELECCIÓN
Atendiendo lo consagrado por las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y el Decreto Reglamentario 2474 de 2008 y teniendo en cuenta que según el análisis que soporta el valor del contrato, éste se estimó en la suma de $7.249.941.226.00, cantidad que según el presupuesto asignado a la Entidad supera la menor cuantía, la selección del contratista debe hacerse por la modalidad de Selección denomina Licitación Pública, de acuerdo con lo señalado en la Ley 1150 de 2007, artículo 2, numeral 1 y el Decreto 2474 de 2008, artículo 2.
Teniendo en cuenta el objeto del proceso de selección, cual es la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada, le son aplicables normas relacionadas con la materia tales como el Decreto Ley 356 de 1994, Decreto 1979 de 2001 por medio del cual se expide el Manual de Uniformes y Equipos para el personal de los servicios de Vigilancia y Seguridad Privada, el Decreto 2187 de 2001 que reglamentó el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada, el Decreto 71 de 2002 que dicta normas sobre cuantías mínimas de patrimonio que deberán mantener y acreditar los servicios de vigilancia y seguridad privada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, el Decreto 3222 de 2002 que reglamentó el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada, el Decreto 4650 de 2006 que reglamentó la Ley 1111 de 2006, y en el Decreto 4950 de 2007 que fijó las tarifas mínimas para el cobro de los servicios de vigilancia y seguridad privada prestados por las empresas y/o cooperativas de vigilancia y seguridad privada. Así mismo se aplican las circulares expedidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, especialmente la No. 001 del 13 de enero de 2011.
4. ANALISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
4.1 ANALISIS ECONOMICO
4.1.1 SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
Conforme a lo establecido en el Decreto 4950 de 2007 y, su forma de aplicación reguladas mediante la resolución No 000224 de 2008 y la circular externa No. 01 de enero 13 de 2011, expedidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, se relacionan a continuación los valores aproximados del servicio de vigilancia y seguridad privada para el periodo comprendido entre el 11 de junio de 2011 y el 31 de diciembre de 2013, así:
Para calcular el valor mensual del servicio para el año 2011 se tiene en cuenta la tarifa mensual de este año por los 60 servicios de vigilancia (Anexo 3) y se multiplica por el tiempo en meses y días, y para los años 2012 y 2013, según lo establecido en el Marco Fiscal de Mediano Plazo se proyecta un incremento en el IPC de un 3%.
VIGENCIA |
VALOR MES (Incluido IVA) |
TIEMPO MESES |
VALOR TOTAL AÑO (incluido IVA) |
Año 2011 |
$ 226,398,918 |
6 mese 20 días |
$ 1,509,326,128 |
Año 2012 (incremento 3% IPC proyectado) |
$ 233,190,885 |
12 |
$ 2,798,290,620 |
Año 2013 (incremento 3% IPC proyectado) |
$ 240,186,611 |
12 |
$ 2,882,239,332 |
PRESUPUESTO PROYECTADO |
$ 7,189,856,080 |
Nota, se estima como fecha de iniciación del contrato el día 11 de junio de 2011, como quiera que el contrato actual 028 de 2008, se prorrogo hasta el día 10 de junio de 2011, lo anterior sin perjuicio de aumentarse o disminuirse otros servicios que afecten dicho presupuesto.
4.1.2 SERVICIO DE ALARMA MONITOREADA
SERVICIO DE ALARMA MONITOREADA |
|||||
VIGENCIA |
VALOR MENSUAL (Incluido IVA) |
CANTIDAD |
VALOR TOTAL MENSUAL(incluido IVA) |
TIEMPO MESES |
VALOR TOTAL AÑO (incluido IVA) |
Año 2011 |
$ 172,000 |
11 |
$ 1,892,000 |
6 meses 20 días |
$ 12,613,326 |
Año 2012 (incremento 3% IPC proyectado) |
$ 177,160 |
11 |
$ 1,948,760 |
12 |
$ 23,385,120 |
Año 2013 (incremento 3% IPC proyectado) |
$ 182,475 |
11 |
$ 2,007,225 |
12 |
$ 24,086,700 |
PRESUPUESTO PROYECTADO |
$ 60,085,146 |
Así las cosas, conforme a los valores estimados para el año 2011 y teniendo en cuenta que se estima como plazo de ejecución del contrato treinta (30) meses veinte (20) días, el valor aproximado de los servicios de vigilancia y seguridad privada para los años 2011, 2012 y 2013, ascenderían a la suma de SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS PESOS.
$ 7.249.941.226.00 |
Sistema de alarma monitoreada.
Para determinar el precio aproximado de costo del servicio monitoreado del Sistema de Alarma Monitoreada con comunicación GPRS, vía celular, y poder establecer el RANGO entre los cuales debe el proponente cotizar este servicio se solicitó cotización a las siguientes firmas:
VIGILANCIA SANTAFEREÑA Y CIA. LTDA
SEGURIDAD CENTRAL LTDA.
TELESENTINEL
INTEGRA SECURITY SISTEMS
Presentaron cotización las firmas, SEGURIDAD CENTRAL LTDA, TELESENTINEL e INTEGRA SECURITY SISTEMS, Las cuales se detallan a continuación:
OFERENTE |
VALOR |
SEGURIDAD CENTRAL LTDA |
$160.000.00 |
TELESENTINEL |
$172.000.00 |
INTEGRA SEGURITY SISTEMS |
$130.000.00 |
4.1.3. BÚSQUEDA JERÁRQUICA CUBS
A) 2. Servicio
2.27 Servicios Generales y de conserjería
2.27.6 Servicios de Guardia y vigilancia
2.27.6.1 VIGILANCIA FISICA
2.27.6.1.1 Servicio de vigilancia física con medio humano, con arma, sin canino con jornada laboral mes/24 horas.
B) 2. Servicio
2.27 Servicios Generales y de conserjería
2.27.6 Servicios de Guardia y vigilancia
2.27.6.1 VIGILANCIA FISICA
2.27.6.1.2 Servicio de vigilancia física con medio humano, con arma, sin canino con jornada laboral mes/12 horas diurnas.
C) 2. Servicio
2.27 Servicios Generales y de conserjería
2.27.6 Servicios de Guardia y vigilancia
2.27.6.1 VIGILANCIA FISICA
2.27.6.1.3 Servicio de vigilancia física con medio humano, con arma, sin canino con jornada laboral mes/12 horas nocturnas.
4.1.4. PRECIO INDICATIVO
Código CUBS: 2.27.6.1.1
Descripción Producto: Servicio de Vigilancia física con medio humano, con arma, sin canino, con jornada laboral mes /24 horas
Código precio indicativo: 506562950
Localización: Bogotá, D.C.
Precio Indicativo. $23.210.123.4
Fecha de Consulta: 2011 -04-11
Código CUBS: 2.27.6.1.2
Descripción Producto: Servicio de Vigilancia física con medio humano, con arma, sin canino, con jornada laboral mes /12 horas diurnas
Código precio indicativo: 506556001
Localización: Bogotá, D.C.
Precio Indicativo. $28.226.679.31
Fecha de Consulta: 2011 -04-27
Código CUBS: 2.27.6.1.3
Descripción Producto: Servicio de Vigilancia física con medio humano, con arma, sin canino, con jornada laboral mes /12 horas nocturnas
Código precio indicativo: 506563004
Localización: Bogotá, D.C.
Precio Indicativo. $34.447.226.53
Fecha de Consulta: 2011 -04-27
5. JUSTIFICACIÓN FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITEN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE
El procedimiento de selección del contratista está sometido a los principios de transparencia, selección objetiva e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de condiciones.
El pliego de condiciones forma parte esencial del contrato; es la fuente de derechos y obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración, pues contiene la voluntad de la administración a la que se someten los proponentes y el futuro contratista.
La ley 1150 de 2007, artículo 5, numeral 2 estipula que: “La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos. (…)”
El Decreto 2474 de 2008, artículo 12, numeral 3 que reglamenta el ofrecimiento más favorable a que se refiere el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007, consagra que “En los procesos de selección por licitación, la oferta más ventajosa será la que resulte de aplicar alguna de las siguientes alternativas: a. La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes y fórmulas señaladas en el pliego de condiciones (…).
Así las cosas, la ponderación de los elementos de calidad y precio serán señalados en estos estudios previos y en el pliego de condiciones.
Para la verificación y como requisitos habilitantes, la entidad tendrá en cuenta las capacidades jurídica, financiera, de organización, la experiencia probable, la experiencia acreditada y el cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas. Para la evaluación, se tendrá en cuenta el precio ofrecido por el sistema de alarma monitoreada, el cumplimiento de los requisitos exigidos al coordinador del contrato, la ejecución del servicio, medios de supervisión y control y el estimulo a la Industria Nacional.
REQUISITOS HABILITANTES
De conformidad con las necesidades de la Entidad, las condiciones mínimas que deberán acreditar los proponentes serán: la capacidad Jurídica, financiera, de organización, experiencia probable y acreditada y el cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas. Estos requisitos serán verificables por los integrantes de los diferentes comités, analizando si los proponentes CUMPLEN O NO CUMPLEN con los requisitos y especificaciones exigidos por la entidad en el pliego de condiciones; si los proponentes no cumplen con estos requisitos, el ofrecimiento será rechazado.
5.1 CAPACIDAD JURIDICA
En cuanto a la capacidad jurídica, se verificarán entre otros los siguientes aspectos:
Los interesados en participar en este proceso, deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 1150 de 2007 y el Decreto Reglamentario 1464 de 2010.
Los proponentes deben allegar el certificado de inscripción, calificación y clasificación en el RUP, expedido por la respectiva Cámara de Comercio dentro de los quince (15) días hábiles anteriores al cierre de la presente Licitación Pública, donde conste que se encuentran inscritos en la siguiente actividad, especialidad y grupos:
ACTIVIDAD |
03: PROVEEDOR |
ESPECIALIDAD |
23: SERVICIOS |
GRUPO |
02: SERVICIO DE VIGILANCIA |
La correspondiente clasificación deberá acreditarse por el respectivo oferente.
Si la propuesta se presenta en forma individual o conjunta, el oferente y cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión temporal deben cumplir con la inscripción, calificación y clasificación de la actividad, especialidad y grupo, exigido para el presente proceso de selección.
De conformidad con lo consagrado por el Decreto 1464 de 2010, artículo 6, la inscripción del proponente debe encontrarse vigente para el momento de la verificación de este requisito. El oferente debe tener en cuenta que en virtud de la renovación que por ministerio de la Ley debe realizarse anualmente de este certificado, el mismo debe encontrarse vigente por el tiempo de ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo.
La capacidad residual es la capacidad real de contratación que resulta de restarle a la capacidad máxima de contratación (k) que figura en su registro de proponentes, la sumatoria de los valores de los contratos que tenga en ejecución el proponente al momento de presentar la oferta, incluyendo los que tenga por su participación en sociedades, consorcios o uniones temporales.
El proponente persona natural, persona jurídica nacional, extranjera domiciliada o con sucursal en Colombia, consorcio o unión temporal, que se encuentre interesado en presentar propuesta dentro del presente proceso de selección, debe allegar con su oferta debidamente diligenciado el anexo adjunto al pliego de condiciones que trata sobre la capacidad residual, de donde se obtendrá la capacidad residual o capacidad real de contratación que tiene en la actualidad.
El proponente debe tener en cuenta que para efectos de la capacidad residual, la entidad tendrá en cuenta el valor total de los contratos, incluidas las adiciones y el valor del salario mínimo a aplicar será el del presente año. Para el cálculo de la capacidad residual, la entidad tendrá en cuenta para los contratos celebrados y perfeccionados a la fecha de cierre de este proceso el cien por ciento del valor del mismo y de aquellos contratos no finalizados, el porcentaje que falte por ejecutar y que indique el oferente.
En propuestas conjuntas, cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, en forma separada, deberá suministrar la información relacionada con este requisito.
El anexo debe ser diligenciado directamente por la persona natural, por el representante legal de la persona jurídica o el administrador de la sucursal en Colombia.
Los interesados en participar en el proceso de licitación, deberán tener la siguiente capacidad residual al momento de presentar la propuesta:
DENOMINACION |
ACTIVIDAD |
CAPACIDAD RESIDUAL MÍNIMA |
SERVICO DE VIGILANCIA DE SEGURIDAD PRIVADA |
PROVEEDOR |
18.551.00 SMMLV |
Si la propuesta se presenta en forma individual, el oferente debe cumplir en forma total con la capacidad residual mínima exigida y en el evento que la propuesta la presente un consorcio o unión temporal, se acepta que en conjunto los integrantes cumplan con la capacidad residual mínima exigida.
Con los datos suministrados por el proponente, la entidad recalculará la capacidad residual informada. En caso de presentarse diferencia, se tendrá en cuenta para efectos de la capacidad residual, el valor corregido.
El proponente debe presentar fotocopia del acto administrativo por medio del cual se le conceda la licencia de funcionamiento que lo habilita para prestar el servicio hasta por cinco (5) años, con las modalidades específicas y a través de los medios determinados.
El proponente deberá presentar copia de la Resolución expedida por el Ministerio de Comunicaciones, en la cual se haga constar que se le ha otorgado el permiso para usar el espectro radioeléctrico, la cual debe encontrarse vigente.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes de estas personas conjuntas, deben allegar la copia de este documento.
No obstante lo anterior, el proponente favorecido con la adjudicación de la presente licitación, le debe garantizar a la Procuraduría General de la Nación, las comunicaciones con todos y cada uno de los servicios descritos en el Anexo Técnico, durante las 24 horas del día, con equipos avanteles y/o celulares. En el caso de Bogotá los celulares deben tener planes ilimitados de tiempo. Para el nivel regional y provincial, se requiere un mínimo de 200 minutos que garanticen los reportes obligatorios diarios de las novedades que se llegaren a presentar.
De conformidad con lo establecido en el Decreto 1979 del 17 de septiembre de 2001 y Resoluciones Nos. 510 de 2004 del 16 de marzo de 2004; 2852 del 8 de agosto de 2006 y 5351 del 6 de diciembre de 2007 de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, por medio de las cuales se establecen los diseños, colores, materiales, condiciones de uso y demás disposiciones de los uniformes y distintivos utilizados para el personal de vigilancia y seguridad privada, el proponente anexará copia de la resolución por la cual, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada le autoriza el uso de uniformes y distintivos.
Si el proponente ha solicitado ante la Superintendencia alguna modificación a sus uniformes y distintivos, allegará además de la fotocopia de la resolución el respectivo documento con recibo de radicación ante dicha Superintendencia.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes de estas
Certificado de afiliación a la red de apoyo
El proponente deberá anexar certificado de afiliación a la red de apoyo y solidaridad ciudadana expedida por la Policía Metropolitana de Bogotá, D. C., la cual debe encontrarse vigente.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes de estas personas conjuntas, deberán allegar los documentos requeridos.
Como el objeto del contrato se ejecutará a nivel nacional, el proponente debe allegar carta de compromiso por medio de la cual se compromete a que para la ejecución del contrato, en el caso que sea favorecido, se afiliará a la red de apoyo y solidaridad ciudadana de la Policía Nacional, mínimo en las ciudades de Cali, Barranquilla, Medellín, Bucaramanga y Valledupar, afiliación que se debe realizar máximo dentro del mes siguiente a la adjudicación del contrato.
En todo caso, y dada la importancia del tema, la entidad se reserva el derecho durante la ejecución del contrato, de solicitar al proponente favorecido, la afiliación a la red de apoyo y solidaridad ciudadana hasta en cinco (5) ciudades capitales de departamento, adicionales a las antes mencionadas.
Formato Único de hoja de vida
El proponente debe allegar el formato único de hoja de vida adoptado por el Departamento Administrativo de la Función Pública.
Certificado de paz y salvo de cuota de contribución, multas y sanciones
El oferente debe allegar certificación expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, vigente a la fecha de cierre del proceso licitatorio, en la que conste el pago de contribución de los dos últimos años, multas y sanciones impuestas en los últimos cinco (5) años.
5..2 CAPACIDAD FINANCIERA
Para verificar este aspecto se tendrán en cuenta el capital de trabajo y el índice de endeudamiento, señalados por la División Financiera.
5.3 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El proponente debe cumplir con todas las especificaciones técnicas señaladas en este mismo documento con antelación
CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN
La verificación de la capacidad de organización de cada proponente, se realiza según los parámetros señalados por la División Financiera.
5.5. CONDICIONES DE EXPERIENCIA
5.5.1 EXPERIENCIA PROBABLE:
La verificación de la experiencia acreditada de cada proponente, para la actividad de proveedores solicitada, se determinará de acuerdo con la información establecida en el RUP, la cual deberá ser mínimo de 100 puntos.
Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, cada uno de los integrantes debe acreditar la experiencia acreditada exigida por la Entidad en el presente proceso licitatorio.
5.5.2. EXPERIENCIA ACREDITADA:
Los proponentes deben acreditar con las certificaciones respectivas expedidas por los contratantes, la celebración, ejecución y terminación de mínimo cinco (5) contratos celebrados con entidades públicas u otros clientes dentro de los cinco (5) años anteriores a la apertura de este proceso contractual, cuyo objeto sea de la misma naturaleza al de la Licitación en curso.
Al momento de efectuar la verificación, sólo se tendrá en cuenta las primeras cinco (5) certificaciones de acuerdo al orden de numeración de los folios de la propuesta original, las cuales deberán cumplir con las siguientes condiciones:
Señalar el nombre o razón social de la entidad que certifica, dirección, teléfono y nombre de la persona que expide la certificación.
La fecha de iniciación de los contratos deben haber sido suscritos a partir de 1 de enero de 2006.
Los oferentes deberán acreditar mediante certificaciones, que han celebrado y cumplido contratos en los que tienen por lo menos 42 puestos o servicios, de los cuales mínimo 30 de ellos, deberán ser de 24 horas. Cuando se certifiquen servicios mayores a doce (12) horas, pero inferiores a veinticuatro (24) horas, ejemplo:- catorce (14), dieciséis (16), dieciocho (18) o veinte horas (20),entre otros, estos servicios, no se tendrán en cuenta para acreditar los servicios de veinticuatro (24) horas y en ningún caso serán susceptibles de acumularse o computarse.
Fecha de terminación: Se aceptan certificaciones de contratos actuales en los que se haya cumplido un 85% del tiempo pactado con concepto satisfactorio y sin reservas de ninguna clase por parte de la entidad que certifica.
En cada una de las certificaciones deberá mencionarse que el servicio fue prestado con armas.
De las cinco certificaciones que se solicitan, por lo menos tres (3) de ellas deben corresponder a servicios prestados a nivel nacional. Entiéndase por estos servicios, los suministrados en por lo menos cinco (5) departamentos, entre los cuales se incluya la ciudad de Bogotá, D.C.
Así mismo, de las cinco (5) certificaciones que se solicitan, por lo menos una (1) de ellas deberá acreditar la prestación del servicio de vigilancia de alarma monitoreada.
Tratándose de Consorcios o Uniones temporales, por lo menos uno de los integrantes debe cumplir las condiciones establecidas en este numeral tanto para la cantidad de servicios y la cobertura, como para el servicio de sistema de alarma monitoreada.
La entidad no acepta que cada prórroga de un contrato se cuente como un nuevo contrato, en el entendido que el contrato es uno solo y el hecho de prorrogarlo o adicionarlo, no significa que se celebre un nuevo negocio contractual. De esta forma, su cumplimiento se verifica desde el inicio hasta la culminación del mismo. Entendiendo que ha finalizado cuando ha terminado su ultima prórroga si hubo lugar a ello.
ASPECTOS EVALUABLES
PROPUESTA ECONÓMICA SERVICIOS DE SISTEMA DE ALARMA MONITOREADA CON COMUNICACIÓN GPRS VÍA CELULAR.
En concordancia con lo establecido en la parte técnica, relacionada con el equipo mínimo requerido para cada sistema de alarma monitoreada, la oferta económica deberá presentarse de la siguiente manera:
DESCRIPCION DEL SERVICIO |
VALOR UNITARIO MENSUAL |
SERVICIO DE ALARMA MONITOREADA CON COMUNICACIÓN GPRS VIA CELULAR |
|
IVA 1.6% |
|
VALOR TOTAL DEL SERVICIO MENSUAL |
|
Teniendo en cuenta el valor cotizado por el proponente y en caso de llegar a necesitarse, la Entidad podrá requerir a título de servicio adicional para otras sedes, el cual se pagará conforme al valor ofertado.
El valor de este servicio se incrementara para los años 2012 y 2013, teniendo en cuenta el porcentaje en que se incremente para cada año el salario mínimo mensual legal vigente.
Rangos
El proponente deberá cotizar los servicios de Sistema de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía celular, para cualquier sede de la Procuraduría a nivel nacional, dentro de los siguientes rangos:
SERVICIO MENSUAL DE MONITOREO |
PAGO MÍNIMO |
PAGO MÁXIMO |
Sistema de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía celular, para cualquier sede de la Procuraduría a nivel nacional. |
$130.000. |
$172.000 |
La entidad, una vez elaborado el estudio de mercado del presente proceso contractual, ha estimado que los precios ofrecidos para este componente, por debajo del mínimo establecido, se considerarán como artificialmente bajos, caso en el cual si algún proponente presente ofrecimiento por debajo de dicho precio, la entidad rechazará de plano la oferta y descalificará al oferente
5.7 COORDINADOR DEL CONTRATO
La Entidad calificará este aspecto, siempre y cuando el proponente cumpla con los requisitos mínimos exigidos al coordinador del contrato, en el presente estudio, otorgando el respectivo puntaje sobre los siguientes aspectos:
El proponente puede acreditar que el coordinador ofrecido, acredita mayor experiencia en el manejo de servicios de vigilancia y seguridad, por encima de los cinco años mínimos exigidos. Quien acredite el mayor número de años obtiene el mayor puntaje, los demás oferentes se calificarán proporcionalmente de acuerdo a una regla de tres simple.
El proponente puede acreditar que el coordinador ofrecido, tiene experiencia en manejo de contratos de vigilancia con cobertura igual o superior a 25 sedes dentro del mismo contrato, caso en el cual obtendrá el mayor puntaje; los demás oferentes se calificarán proporcionalmente aplicando una regla de tres simple.
Para tal efecto el proponente deberá anexar con su propuesta las certificaciones de las respectivas empresas donde prestó sus servicios debidamente suscritas por la persona competente.
5.8 EJECUCIÓN DEL SERVICIO
Se calificará con mayor puntaje, al oferente que posea la mayor cantidad de agencias o sucursales. Los demás oferentes se calificarán en proporción al número de agencias que posean, según una regla de tres Simple.
En el caso de los consorcios o uniones temporales, esas agencias pueden ser certificadas por la sumatoria de las que posean todos los miembros que las constituyen.
El proponente debe allegar la autorización expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en la que se acredite el establecimiento de la sucursal o agencia.
5.9 MEDIOS DE SUPERVISIÓN Y CONTROL
Se otorgará el mayor puntaje a la empresa que acredite la propiedad de al menos un vehículo operativo en la mayor cantidad de municipios sede de la Entidad en los que se contratará el servicio de vigilancia, para los demás se aplicará una regla de tres simple.
5.10 ESTIMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Se evaluará y asignará el respectivo puntaje a los proponentes que acrediten mediante certificación de cámara de comercio vigente el cual acredite que la prestación del servicio se efectuará por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia, de conformidad con lo consagrado por la ley 816 de 2003 en concordancia con la ley 1150 de 2007, artículo 2, parágrafo segundo, numeral 3 y el artículo 11 del Decreto 679 de 1994.
De igual manera, conforme con lo establecido en el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003, se otorgará tratamiento de servicio de origen nacional a aquellos servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. Este último caso se demostrará con informe de la respectiva Misión Diplomática Colombiana que debe indicar por los menos los siguientes aspectos:
a) País de origen.
b) Funcionario competente (nombre, cargo y firma). Citación de la disposición legal que lo autoriza para expedir la certificación.
c) Indicación de ley interna del país extranjero o del documento referente al trato igualitario a los proponentes colombianos en materia de acceso a contrataciones estatales.
Para la asignación del puntaje de que trata este numeral el proponente debe presentar con la propuesta una certificación de cámara de comercio vigente del oferente el cual acredite que la prestación del servicio se efectuará por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia o aplica principio de reciprocidad
Teniendo en cuenta la información sobre multas que obre en la certificación expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, la Procuraduría realizará el descuento del número de puntos sobre el puntaje total obtenido por el oferente
FACTORES DE ESCOGENCIA
FACTOR |
PUNTAJE |
Sistema de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía Celular, para cualquier sede de la Procuraduría general de la Nación |
25 PUNTOS |
Coordinador del Contrato |
25 PUNTOS |
Ejecución del Servicio |
20 PUNTOS |
Medios de supervisión y control servicio |
20 PUNTOS |
Estimulo a la Industria Nacional |
10 PUNTOS |
Total puntos |
100 PUNTOS |
5.12.1 PONDERACIÓN DE LOS FACTORES DE ESCOGENCIA
5.12.1.1 Propuesta económica servicios de sistema de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía celular, para cualquier sede de la procuraduría a nivel nacional (puntaje máximo 25 puntos).
Para la evaluación de este factor como propuesta económica, se tendrá en cuenta la información suministrada por el proponente para este aspecto. Se otorgará el máximo puntaje de veinticinco (25) puntos, a la propuesta que ofrezca el menor valor total, y a los demás en forma proporcional descendente, utilizando para ello una regla de tres simple.
5.12.1.2.Coordinador del Contrato (puntaje máximo 25 puntos)
La ponderación de este factor de calificación se efectuará de la siguiente manera:
La ponderación de este factor de calificación se efectuará de la siguiente manera:
Si el coordinador ofrecido acredita mayor experiencia en el manejo de servicios de vigilancia y seguridad, por encima de los cinco años mínimos exigidos. |
13 puntos |
Si el coordinador ofrecido acredita experiencia en manejo de contratos de vigilancia con cobertura igual o superior a 25 sedes dentro del mismo contrato. |
12 puntos
|
PUNTAJE MÁXIMO |
25 puntos
|
5.12.1.3 EJECUCIÓN DEL SERVICIO (máximo 20 puntos)
Se calificará con el mayor puntaje (20 puntos), al oferente que posea la mayor cantidad de agencias o sucursales. Los demás oferentes se calificarán en proporción al número de agencias que posean, según una regla de tres Simple.
5.12.1.4 MEDIOS DE SUPERVISIÓN Y CONTROL (máximo 20 puntos)
Se adjudicará el mayor puntaje (20 puntos), a la empresa que sobrepasando el número mínimo requerido por la Entidad, acredite la propiedad de al menos un vehículo operativo en la mayor cantidad de municipios sede de la Entidad en los que se contratará el servicio de vigilancia. Para los demás se aplica una regla de tres simple.
ESTIMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL (máximo 10 puntos
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 816 de 2003, los puntajes que se asignarán en cada uno de los casos serán:
Protección a la Industria Nacional |
Puntaje máximo |
El oferente cuya empresa se haya constituido por personas naturales de Colombia o por residentes en Colombia de acuerdo con la legislación nacional o aplica principio de reciprocidad |
10 |
El oferente cuya empresa se haya constituido por personas naturales de Colombia o por residentes en Colombia y personas extranjeras de acuerdo con la legislación nacional sin aplicación principio de reciprocidad |
9 |
El oferente cuya empresa se haya constituido por personas extranjeras de acuerdo con la legislación nacional |
5 |
5.13 Descuento por sanciones
La entidad verificará si el proponente o cualquiera de los miembros del consorcio o unión temporal ha sido sancionado con multa en los cinco (5) años anteriores al cierre de la presente licitación, tanto por entidades públicas como por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con el fin de efectuar el respectivo descuento de la calificación final que obtenga cada proponente (cinco puntos por multa).
6. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO.
A continuación se describen las circunstancias que se consideran, constituyen riesgos que en un futuro puedan afectar el equilibrio económico del contrato, determinando su tipificación, estimación y asignación, teniendo en cuenta la ocurrencia de los mismos en las contrataciones que por el mismo objeto se llevaron a cabo en la Entidad y las que operan en el mercado.
RIESGOS OPERATIVOS
TIPIFICACION DEL RIESGO |
ASIGNACIÓN DEL RIESGO |
ESTIMACION DEL RIESGO |
|
PROBABILIDAD DE OCURRENCIA |
VALORACION |
||
No disponibilidad de los bienes, equipos e insumos necesarios para llevar a cabo el objeto del contrato |
Contratista |
Medio |
25% |
Prestación del servicio con equipos defectuosos |
Contratista |
Bajo
|
10% |
Daños o pérdidas de los bienes de propiedad del contratista, causados en el lugar de ejecución del contrato |
Contratista |
Bajo
|
10% |
No presentación del personal que prestará los diferentes servicios |
Contratista |
bajo |
20% |
Presentación del personal en condiciones no aptas en el sitio de trabajo |
Contratista |
bajo |
20% |
Incumplimiento de las obligaciones por parte del personal a cargo del contratista |
Contratista |
bajo |
20% |
Accidente laboral sufrido en el sitio de ejecución del contrato por el personal que presta el servicio y riesgos profesionales |
Contratista |
Medio |
25% |
Causación de daños materiales o deterioros durante la prestación del servicio a terceros. |
Contratista |
Bajo |
20% |
No cumplimiento de las obligaciones de salarios, prestaciones sociales y aportes al sistema de seguridad social del personal a su cargo.
|
Contratista |
Medio |
25% |
Violación de la confidencialidad y mal manejo de la información a la que tenga acceso el contratista, debiendo asumir en su totalidad las consecuencias patrimoniales y penales que se deriven del manejo indebido de la información que obtenga por causa y con ocasión de la ejecución del contrato.
|
Contratista |
Medio |
25% |
RIESGOS FINANCIEROS
TIPIFICACION DEL RIESGO |
ASIGNACIÓN DEL RIESGO |
ESTIMACION DEL RIESGO |
|
PROBABILIDAD DE OCURRENCIA |
VALORACION |
||
No pago o retrasos en los pagos del valor del contrato |
Contratante |
Bajo |
10% |
Ausencia de disponibilidad presupuestal (vigencias futuras) |
Contratante |
Bajo |
10% |
Efectos derivados de la existencia del daño emergente del contratista, por la ocurrencia de hechos de fuerza mayor o caso fortuito en los términos del contrato y de la legislación existente |
Contratante |
Bajo
|
10% |
Los efectos originados por nuevas normas durante la ejecución del contrato y que sean aplicables al proyecto |
Contratante |
Bajo
|
10% |
Incremento de los precios o tarifas de los servicios prestados por el contratista, decretados oficialmente por el Gobierno Nacional |
Contratante |
Bajo |
10% |
Incrementos de impuestos que afectan a todos los contribuyentes y a todas las actividades |
Contratista |
Bajo |
10% |
Estimación inadecuada de los costos |
Contratista |
Bajo |
20% |
Financiamiento del contrato por parte del contratista para el pago de salarios, prestaciones sociales, aportes al sistema integral de salud y parafiscales |
Contratista |
Bajo |
20% |
No obstante lo anterior, en la audiencia programa dentro del proceso de selección de análisis de riesgos, los posibles oferentes o interesados en participar en el proceso deberán manifestar a la Entidad, teniendo en cuenta el conocimiento que tienen como expertos en su actividad ordinaria, la existencia de posibles riesgos asociados a la ejecución del contrato que puedan afectar el equilibrio económico del mismo de conformidad con lo expresado por el artículo 863 del código de comercio, según el cual, las partes deberán proceder de buena fe exenta de culpa en el periodo precontractual, so pena de indemnizar los perjuicios que se causen.
En consecuencia, la Entidad no aceptará reclamaciones relacionadas con circunstancias previsibles por el contratista que afecten dicho equilibrio económico y que no hayan sido manifestadas en desarrollo del proceso licitatorio.
NOTA: Debe entenderse que los mecanismos contenidos en el contrato, permiten mantener las condiciones económicas y financieras existentes al momento de la presentación de la propuesta por parte del contratista y consecuentemente, están diseñados para restablecer y mantener la ecuación de equilibrio contractual, en los términos señalados en la Ley 80 de 1993.
7. MECANISMO DE COBERTURA QUE GARANTIZA LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y DEL CONTRATO A CELEBRAR.
A continuación se señalas las garantías destinadas a amparar los perjuicios de naturaleza contractual o extracontractual, derivados del incumplimiento del ofrecimiento o del contrato:
Seriedad del ofrecimiento: El valor de esta garantía será del 10% del monto del presupuesto oficial estimado y su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios del contrato.
Cumplimiento: Por un 30% del valor total del contrato, con vigencia del tiempo de ejecución del contrato y seis meses más, contados a partir de la fecha de firmado el contrato.
Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por un valor del 20% equivalente al valor total del contrato, con vigencia de tiempo de ejecución del contrato y tres años más, contados a partir de la fecha de firmado el contrato.
Responsabilidad extracontractual, que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del contratista y que protejan a la entidad de las eventuales reclamaciones de terceros, por valor equivalente al 5% del valor del presupuesto oficial estimado con vigencia por todo el período de ejecución del contrato.
Esta póliza deberá contener en forma expresa y en adición a la cobertura básica de predios, labores y operaciones, los amparos estipulados por el Decreto No. 4828 de 2008, artículo 16, numerales 16.2.1 a 16.2.5.
De igual forma se exige que en esta póliza, se contrate el anexo de responsabilidad contractual que cubra a la Procuraduría General de la Nación los riesgos de pérdidas de sus bienes por causas imputables a la deficiencia en el servicio, por valor asegurado del 5% del valor del contrato.
8. CONDICIONES DEL CONTRATO A CELEBRAR
Plazo estimado.
El plazo estimado es de veinte (20) meses o hasta agotar el presupuesto asignado, contados a partir de la fecha de inicio del contrato.
Lugar de ejecución.
Será en la ciudad de Bogotá, D. C. y en las ciudades a nivel regional y provincial, en aquellas sedes donde se haya determinado y se determine la instalación de los servicios.
Forma de pago
La Procuraduría cancelará el valor del contrato, por mensualidades vencidas, de acuerdo al servicio prestado, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la radicación en el Grupo de Cuentas de la División Financiera de la factura comercial, acompañada de la certificación que sobre la prestación integral del servicio expida el funcionario designado por la entidad para ejercer la interventoría del contrato, y de la certificación donde se verifique el cumplimiento por parte del CONTRATISTA de las obligaciones con el sistema general de seguridad social (sistema de salud, riesgos profesionales, pensiones) y aportes parafiscales (cajas de compensación familiar, ICBF y SENA). En todo caso, los pagos estarán sujetos a la disponibilidad del PAC.
Supervisión del contrato
Para ejercer la supervisión del respectivo contrato, se requiere como mínimo un profesional que tenga conocimiento y experiencia relacionada en los siguientes temas:
Actividades relacionadas con la vigilancia y seguridad privada.
Experiencia en el manejo de personal y operación de los servicios que componen el objeto del contrato.
Conocimiento y experiencia en los sistemas de alarma monitoreada.
Conocimiento y experiencia en el manejo de temas administrativos, relacionados con la vigilancia y seguridad privada, entre otros como cobro de las tarifas de los servicios y la reglamentación expedida principalmente por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
Por otra parte, el funcionario deben tener la idoneidad para atender las solicitudes, requerimientos y la ocurrencia de eventualidades, relacionadas con la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada.
Adicional a lo anterior y conforme a las directrices impartidas por la Entidad sobre la materia, es necesario establecer en el cuerpo del contrato, que el Jefe de la División de Seguridad tendrá a su cargo la dirección, vigilancia, supervisión, control y coordinación de las labores que realicen o deban realizar supervisores designados para el presente contrato.
Cordialmente,
GERMAN ARTURO MEDINA PIRAJÁN
Coordinador Estudios Técnicos
División de Seguridad
Vo. Bo. JUAN PABLO ZULUAGA HURTADO
Jefe División de Seguridad
Estudios previos para la contratación del servicio de Vigilancia y Seguridad Privada para algunas sedes de la Entidad ubicadas en el nivel central, regional y provincial – año 2011 a 2013
INGENIERÍA EN DESARROLLO E INNOVACIÓN EMPRESARIAL EN
LICENCIATURA EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO EN COMPETENCIAS
PROYECTO DE COOPERACION PARA EL DESARROLLO DEL MARKETING
Tags: desarrollo de, en desarrollo, señalado, desarrollo