ANEXO 3 º INFORMACIÓN SITUACIÓN ACADÉMICA ORDEN FORAL 42017

 ANEXO ANEXO 1 11 COCHRANE LIBRARY VITAMIN AND
ANEXO XII MODELO DE GARANTIA DE PERFORMANCE (ENGLISH
ANEXO I – CASOS DE USO PILOTO

0 COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO ANEXO
11 ANEXO II DEFINICIONES PARA LA INTERPRETACIÓN
12 ANEXO II TABLAS ADUANERAS DEL SISTEMA

ANEXO V

ANEXO 3 º. INFORMACIÓN



SITUACIÓN ACADÉMICA



ORDEN FORAL 4/2017, de 20 de enero, del Consejero de Educación, por la que se regula la evaluación, promoción y titulación del alumnado que cursa la Educación Secundaria Obligatoria.


Disposición adicional quinta. Formación parcial en el extranjero.


1. Una vez matriculado, el alumnado que durante un tiempo inferior a un curso vaya a realizar en el extranjero enseñanzas equivalentes a un curso de la Educación Secundaria Obligatoria deberá informar al centro educativo de tal circunstancia, así como del nombre, localidad y país del centro educativo al que se traslada. Estos datos se registrarán en los documentos oficiales de evaluación, de forma provisional.


2. A su vuelta, el alumno o alumna presentará la documentación suficiente que permita al centro cotejar la información registrada de forma provisional, para así poder hacerla definitiva.


3. Cuando la estancia en el extranjero se prolongue durante la primera y/o segunda evaluación, el registro de las calificaciones de las materias en dichas evaluaciones trimestrales se realizará mediante las siglas FPEX (Formación parcial en el extranjero). El registro de la tercera evaluación y de la evaluación final se realizará teniendo en cuenta lo establecido en las correspondientes programaciones didácticas y se utilizará la escala de calificaciones del artículo 3 de la presente Orden Foral.


4. En caso de que la estancia en el extranjero incluya también la tercera evaluación, el registro de las calificaciones de las materias en dicha evaluación se realizará mediante las siglas FPEX. El registro de la evaluación final se realizará mediante la escala de calificaciones dispuesta en el artículo 3 de la presente Orden Foral teniendo en cuenta lo establecido en las correspondientes programaciones didácticas.


5. El alumnado que haya realizado formación en el extranjero durante todo el curso no será calificado en la evaluación final, y en su reincorporación se matriculará en el curso correlativo. No obstante, el centro educativo, tras la evaluación inicial pertinente y teniendo en cuenta además su edad y los resultados académicos obtenidos en ambos sistemas educativos, podría trasladar la matrícula a un curso inferior.


6. Si el curso completo realizado en el extranjero fuese cuarto curso, el centro educativo no podrá proponer al alumno para la obtención del título. El alumno o alumna deberá presentar la documentación académica requerida en la Delegación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el reconocimiento de los estudios realizados en el extranjero.



CALENDARIO ESCOLAR PARA LA ZONA DE AQUITAINE (ZONA A)


Primer día de clase

Miércoles 1 de septiembre de 2021.

Vacaciones de la Toussaint

16 de octubre al lunes 1 de noviembre de 2021.

Vacaciones de Navidad

18 de diciembre de 2021 al domingo 2 de enero de 2022.

Vacaciones de invierno

12 de febrero al domingo 26 de febrero 2022.

Vacaciones de primavera

9 de abril al domingo 24 de abril de 2022.

Puente de l'Ascension

26 de mayo, jueves, al domingo 30 de mayo de 2022

Principio de las vacaciones de verano

2 de julio de 2022.




GASTOS





TRANSPORTE


Las familias asumirán íntegramente la organización y los costes derivados del transporte escolar. El Departamento de Educación no intervendrá en estas negociaciones.


ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES


El alumnado escolarizado en Francia durante el curso 2020-21 no podrá realizar actividades extraescolares fuera del centro escolar francés.

Los centros escolares franceses disponen de una oferta de actividades extraescolares en las que podrá participar el alumnado navarro. Dichas actividades pueden conllevar algún pequeño suplemento.


ALERGIAS ALIMENTICIAS Y TRATAMIENTOS MÉDICOS


Serán atendidas sólo si cumplen con los requisitos del protocolo establecido por el centro francés. Las dietas pueden incluir algún pequeño extra del servicio de comedor. También cualquier tratamiento médico del alumno deberá ser notificado al centro y será objeto del protocolo de administración individual establecido por el sistema educativo y el centro francés.


2 ANEXO 1 CONSTITUCIÓN CAPÍTULO I
3 LEGSGOCO3505034510 ANEXO ÚNICO EL PROGRAMA DESARROLLO
79 ANEXO 3 LISTA DE BIENES


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