DECRETO SUPREMO Nº 0162002RE APRUEBAN LA POLÍTICA NACIONAL ANTÁRTICA

DECRETO 202003 DE 28 DE FEBRERO REGLAMENTO DE
DECRETO Nº 369997 IMPLEMENTACION DE LA SECCION
(DECRETO 22012 DE 10 DE ENERO DE 2012 JUNTA

(LOGOTIPO O MARCA) ALEGACIONES AL PROYECTO DE DECRETO POR
(MODELO) ANEXO III DECLARAÇÃO DO ART 27 DO DECRETO
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DECRETO SUPREMO Nº 016-2002-RE

DECRETO SUPREMO Nº 016-2002-RE


Aprueban la Política Nacional Antártica


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:


Que, el Perú es Estado Parte del Tratado Antártico desde el 10 de abril de 1981, fecha de su adhesión a dicho instrumento;


Que, la Política Nacional respecto a la Antártida, propuesta por la Comisión Nacional de Asuntos Antárticos -CONAAN- y aprobada por el Gobierno mediante Decreto Supremo Nº 009-87/RE de fecha 7 de octubre de 1987, requiere ser actualizada en razón de la evolución del Sistema del Tratado Antártico ocurrida en la última década, de las mayores responsabilidades que corresponden al Perú en su calidad de Parte Consultiva de dicho tratado, adquirida en 1989, de los logros y experiencias acumulados hasta el momento y de la necesidad de adecuar los objetivos, las políticas y estrategias del Perú en dicho continente a las realidades y exigencias actuales;


Que, la Comisión Nacional de Asuntos Antárticos -CONAAN- en cumplimiento de sus funciones y en consideración a los intereses del Perú en la Antártida, ha presentado a consideración del Poder Ejecutivo, un proyecto de Política Nacional Antártica que actualiza los objetivos, políticas y estrategias nacionales antárticas, que es necesario aprobar a fin de preservar sus intereses en dicha región, para consolidar en ella su presencia activa y permanente en concordancia con su status de Parte Consultiva del Tratado Antártico; proteger el medio ambiente antártico, inclusive por su relación directa o indirecta con el medio ambiente y el ecosistema nacional; coadyuvar al mantenimiento de la Antártida como zona de paz y reserva natural consagrada a la ciencia y para promover la formación de recursos humanos especializados en la temática antártica;


De conformidad con las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 009-83-RE, de 11 de julio de 1983;


DECRETA:


Artículo 1.- Apruébase la Política Nacional Antártica de conformidad con los objetivos, políticas y estrategias propuestos por la Comisión Nacional de Asuntos Antárticos, la que, como documento anexo, forma parte del presente Decreto Supremo.


Artículo 2.- La Comisión Nacional de Asuntos Antárticos -CONAAN- organismo multisectorial rector de la gestión antártica, es responsable de velar por la aplicación de la Política Nacional Antártica.


Artículo 3.- Deróguese el Decreto Supremo Nº 09-87/RE de fecha 7 de octubre de 1987 y toda norma que se oponga a la presente.


Artículo 4.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores.


Dado en la Casa de Gobierno, a los veintisiete días del mes de febrero del año 2002.


ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República


ROBERTO DAÑINO ZAPATA

Presidente del Consejo de Ministros


DIEGO GARCÍA-SAYÁN LARRABURE

Ministro de Relaciones Exteriores


POLÍTICA NACIONAL ANTÁRTICA


Objetivo general:


Consolidación de la presencia activa y permanente del Perú en la Antártida y de su status de Parte Consultiva del Tratado Antártico.


- Políticas


1. Perfeccionar y adecuar la actual institucionalidad del Estado en materia de asuntos antárticos a los avances logrados en la última década.


2. Promover la participación de las instituciones del Estado y de la sociedad civil en general, en la difusión de la importancia de la Antártida para el país y en la formación de una conciencia nacional antártica.


3. Promover la investigación científica nacional con niveles de excelencia orientada a la profundización del conocimiento antártico en sus aspectos teóricos y prácticos, en disciplinas que, vinculadas a las grandes tendencias, concentran la atención de la comunidad científica internacional y son de interés prioritario para el Perú.


4. Contar con infraestructura y equipamiento adecuados para posibilitar la presencia activa y permanente del Perú en la Antártida y en apoyo de las actividades científicas.


- Estrategias de la Política 1


1.1 Promover la participación de la Sociedad Civil en el tratamiento de los diversos temas relacionados con el continente blanco y realizar permanentes coordinaciones con los demás sectores, instituciones y Ministerios involucrados en la problemática antártica.


1.2 Fortalecer la Comisión Nacional de Asuntos Antárticos (CONAAN), a través de la incorporación de otros miembros, replanteando sus objetivos y adecuando sus funciones a fin de consolidar la creciente presencia del Perú dentro del Sistema del Tratado Antártico.


1.3 Crear una institución ejecutora del programa nacional antártico, con presupuesto propio y autonomía que permita la continuidad de las actividades en la Antártida.


1.4 Expedir la legislación adecuada relativa a la nueva institucionalidad antártica.


- Estrategias de la Política 2


2.1 Promover la participación de los medios de comunicación y ONG especializadas en el tema ambiental, en acciones de difusión sobre la Antártida.


2.2 Continuar con la realización periódica de las campañas científicas a la Antártida.


2.3 Promover la participación creciente del Perú en las reuniones, foros y mecanismos de consulta y trabajo vinculados a los diversos instrumentos del Sistema del Tratado Antártico.


2.4 Estimular el conocimiento antártico en los sectores competentes de la administración pública.


- Estrategias de la Política 3


3.1 Coordinar con las universidades e instituciones científicas peruanas de reconocido prestigio, para la realización de investigaciones y actividades científicas relacionadas con la Antártida.


3.2 Propiciar el desarrollo de tesis de grado y de maestrías y doctorados en temas relacionados con la Antártida.


3.3 Concentrar las investigaciones en las áreas en las que el Perú ha desarrollado ventajas comparativas frente a otros países.


3.4 Fomentar el establecimiento de centros de investigación en las diversas disciplinas vinculadas a la Antártida y su participación en el desarrollo de proyectos y programas científicos.


3.5 Gestionar el ingreso del Perú como Miembro Pleno del Comité Científico de Investigaciones Antárticas - SCAR.


- Estrategias de la Política 4


4.1. Implementar progresivamente a la Estación Científica “Machu Picchu” conforme a estándares en materia de construcciones antárticas y requisitos de protección ambiental y a las necesidades de la investigación científica nacional, con miras a acrecentar su eficiencia y hacerla operativa por períodos más prolongados.


4.2. Promover la cooperación logística y técnica con países miembros del Tratado Antártico, para hacer más eficientes y eficaces las actividades logísticas de apoyo a la actividad científica en la Antártida.


4.3. Promover el apoyo del sector privado para el desarrollo de las actividades antárticas.


Objetivo específico 1:


Cautelar los intereses nacionales en los campos estratégico y geopolítico relacionados a la Antártida.


Políticas


1. Propiciar el fiel cumplimiento del Tratado Antártico y contribuir al fortalecimiento del sistema emanado de éste, para coadyuvar al mantenimiento de su vigencia.


2. Apoyar y/o propiciar el establecimiento de todo régimen favorable a los intereses nacionales en los aspectos políticos, jurídicos, económicos y medioambientales.


- Estrategias de la Política 1


1.1 Propiciar o apoyar entre las Partes, acciones conducentes al desarrollo, fortalecimiento y más eficiente funcionamiento del Tratado Antártico.


1.2 Impulsar el establecimiento de una Secretaría Permanente del Tratado Antártico.


1.3 Neutralizar u oponerse a las acciones o tendencias contrarias al régimen internacional para la Antártida actualmente vigente.


- Estrategias de la Política 2


2.1 Realizar cuidadoso seguimiento y adecuada participación en el examen de la cuestión antártica por foros internacionales distintos a los creados por el Sistema del Tratado Antártico.


Objetivo Específico 2:


Protección del medio ambiente antártico


Políticas


1. Considerar la protección del medio ambiente antártico y de sus ecosistemas dependientes y asociados, como aspecto central en la planificación y realización de las actividades del Perú en el continente antártico.


2. Desarrollar estudios que permitan comprender la influencia que los procesos climáticos y ecológicos en la Antártida puedan tener sobre el clima y la ecología nacional, en particular sobre los ecosistemas marinos.


3. Mantener una actitud vigilante en relación a cualquier intento de establecer algún régimen de explotación de minerales antárticos.


4. Propiciar el mantenimiento del interés en el aprovechamiento sostenible de los recursos vivos marinos de la Antártida y favorecer todo régimen que asegure su protección.


- Estrategias de la Política 1


1.1 Favorecer el estricto cumplimiento del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente y sus anexos, por el valor de la Antártida como hábitat de vida silvestre, estado natural relativamente prístino, extraordinario valor estético y como área para la realización de investigaciones científicas.


1.2 Desarrollar una activa participación en el Comité de Protección Ambiental (CEP).


1.3 Estrechar la cooperación con las partes para una mejor aplicación de la normativa sobre protección ambiental, mediante acuerdos bilaterales y/o otros arreglos interinstitucionales y activa participación en los grupos de trabajo y redes existentes.


- Estrategia de la Política 2


2.1 Incentivar a los investigadores nacionales a realizar y participar en investigaciones internacionales de alto nivel relativos al tema climático y la Antártida.


- Estrategia de la Política 3


3.1. Favorecer el mantenimiento de la prohibición de las actividades de explotación de los recursos minerales antárticos, por consideraciones ambientales y de eventual protección de la propia economía nacional.


- Estrategia de la Política 4


4.1 Realizar acciones de seguimiento y colaboración con las actividades de la Comisión de la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCMLR).


Objetivo Específico 3


Mantenimiento de la Antártida como zona de paz y reserva natural consagrada a la ciencia.


Políticas


1. Reafirmar y consolidar el interés del Perú en el principio del uso pacífico de la Antártida y en su mantenimiento como zona desmilitarizada y desnuclearizada, por ser una de las bases políticas fundamentales del tratado, garantía de su vigencia y supuesto de la libertad de investigación científica y de la cooperación entre las Partes.


- Estrategia de la Política 1


1.1. Buscar el perfeccionamiento de los mecanismos del Tratado Antártico y del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente.


Objetivo Específico 4


Promover la formación de recursos humanos especializados en temas antárticos.


Política


1. Propiciar la formación de cuadros de especialistas antárticos en los ámbitos científico, logístico y de medio ambiente.


- Estrategias de la Política 1


1.1 Realizar alianzas estratégicas con el Ministerio de Educación y las universidades para introducir el tema antártico en las respectivas currícula de estudios.


1.2 Utilizar la cooperación internacional en sus diversas modalidades para la formación de recursos humanos en materias relacionadas con la Antártida.


1.3 Propiciar el intercambio de experiencias en materia antártica, a través de pasantías y entrenamientos de corto plazo para profesionales y estudiantes graduados en instituciones antárticas, de otros países.


1.4 Gestionar becas de estudios en temas relacionados con la Antártida, en países de mayor desarrollo y experiencia para jóvenes graduados universitarios.



Nombran Vicecónsul Honorario del Perú en la ciudad de Kiev, República de Ucrania


RESOLUCION SUPREMA Nº 079-2002-RE


Lima, 26 de febrero de 2002


Visto el Facsímil Nº 235, del 3 de diciembre de 2001, de la Embajada del Perú en la ciudad de Moscú, Federación de Rusia, mediante el cual se comunica que, a través de la Nota Nº 202/20-140-1747, la Dirección de Protocolo Estatal del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Ucrania comunicó que el señor Juan Olivas Cornejo está acreditado como Vicecónsul Honorario del Perú en la ciudad de Kiev, República de Ucrania;


Con la opinión favorable de la Dirección General de Asuntos Consulares, en el sentido que hay que proceder al nombramiento del señor Juan Olivas Cornejo, como Vicecónsul Honorario del Perú en la ciudad de Kiev, República de Ucrania;


De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118, inciso 11), de la Constitución Política del Perú; en los Artículos 115, 132, 136, 138 y 147 del Reglamento Consular del Perú; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y,


Estando a lo acordado;


SE RESUELVE:


1.- Nombrar Vicecónsul Honorario del Perú en la ciudad de Kiev, República de Ucrania, al señor Juan Olivas Cornejo, con jurisdicción en todo el país.


2.- Extender las correspondientes Letras Patentes.


Regístrese, comuníquese y publíquese.


Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República


DIEGO GARCÍA-SAYÁN LARRABURE

Ministro de Relaciones Exteriores



Dan por terminadas funciones de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Marsella, República Francesa


RESOLUCION SUPREMA Nº 080-2002-RE


Lima, 22 de febrero de 2002


Vista la Resolución Suprema Nº 385-2000-RE, del 14 de agosto de 2000, que nombra al señor Jean Paul Altieri, como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Marsella, República Francesa;


Visto el Facsímil Nº 005, del 2 de enero de 2002, del Consulado General del Perú en la ciudad de París, República Francesa, mediante el cual se comunica la renuncia del señor Jean Paul Altieri al cargo de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Marsella, República Francesa;


Con la opinión favorable de la Dirección General de Asuntos Consulares, en el sentido que hay que proceder a dar por terminadas las funciones del señor Jean Paul Altieri, como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Marsella, República Francesa;


De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118, inciso 11), de la Constitución Política del Perú; y,


Estando a lo acordado;


SE RESUELVE:


1.- Dar por terminadas las funciones del señor Jean Paul Altieri, como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Marsella, República Francesa, a partir del 1 de marzo de 2002.


2.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes.


3.- Darle las gracias por los servicios prestados a la Nación.


Regístrese, comuníquese y publíquese.


Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República


DIEGO GARCÍA-SAYÁN LARRABURE

Ministro de Relaciones Exteriores



Dan por terminadas funciones de Cónsul del Perú en Macará, República del Ecuador


RESOLUCION SUPREMA Nº 081-2002-RE


Lima, 26 de febrero de 2002


Vista la Resolución Suprema Nº 0090-RE, de 3 de marzo de 1998, que nombró al servidor administrativo STB, Carlos Miranda Rodríguez, Cónsul del Perú en Macará, República del Ecuador;


Considerando que el citado servidor ha cumplido cinco años en el servicio exterior, por lo tanto debe ser trasladado a prestar funciones de su categoría en la Cancillería;


De conformidad con el Artículo 57 del Decreto Supremo Nº 0009-88-RE, de 19 de octubre de 1988, modificado por el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 0025-92-RE, de 16 de noviembre de 1992; el Artículo 169 del Decreto Supremo Nº 0002-RE, de 17 de enero de 1979;


SE RESUELVE:


Artículo Primero.- Dar por terminadas las funciones del servidor administrativo STB, Carlos Miranda Rodríguez, como Cónsul del Perú en Macará, República del Ecuador, a partir del 31 de marzo de 2002.


Artículo Segundo.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes.


Artículo Tercero.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.


Regístrese, comuníquese y publíquese.


Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República


DIEGO GARCÍA-SAYÁN LARRABURE

Ministro de Relaciones Exteriores


01127ABRIL1933 DECRETO QUE REFORMA LA FRACCIÓN X DEL ARTÍCULO
02909NOV1940 DECRETO QUE ADICIONA EL PÁRRAFO SEXTO DEL ARTÍCULO
04529DIC1947 DECRETO QUE ADICIONA LA FRACCIÓN X DEL ARTÍCULO


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