GSPSNEU60 3 NOTIFICACIÓN 1 MIEMBRO QUE NOTIFICA

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NOTIFICACIÓN NOTIFICACIÓN NOTIFICACIÓN

G/SPS/N/EU/60

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NOTIFICACIÓN

1.

Miembro que notifica: UNIÓN EUROPEA

Si procede, nombre del gobierno local de que se trate:

2.

Organismo responsable: Comisión Europea, Dirección General de Sanidad y Protección de los Consumidores

3.

Productos abarcados (número de la(s) partida(s) arancelaria(s) según se especifica en las listas nacionales depositadas en la OMC; deberá indicarse además, cuando proceda, el número de partida de la ICS): Diversos productos incluidos en el capítulo 44 (madera, carbón vegetal y manufacturas de madera)

4.

Regiones o países que podrían verse afectados, en la medida en que sea procedente o factible:

[X] Todos los interlocutores comerciales

[ ] Regiones o países específicos:

5.

Título del documento notificado: Commission Implementing Directive amending Annexes I, II, III, IV and V to Council Directive 2000/29/EC on protective measures against the introduction into the Community of organisms harmful to plants or plant products and against their spread within the Community (Directiva de ejecución de la Comisión por la que se modifican los anexos I, II, III, IV y V de la Directiva 2000/29/CE del Consejo, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o los productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad). Idioma(s): inglés. Número de páginas: 38

http://members.wto.org/crnattachments/2013/SPS/EEC/13_4809_00_e.pdf

6.

Descripción del contenido: En el proyecto de propuesta legislativa notificado se introducen modificaciones a los anexos de la Directiva fitosanitaria de la UE (Directiva del Consejo 2000/29/CE) en la que se enumeran los organismos nocivos reglamentados en la UE (plagas de cuarentena vegetal) y en los anexos por los que se establecen disposiciones relativas a la introducción y circulación en la Unión de vegetales, sus productos y otros objetos.

Se introducen o se modifican los requisitos de importación para vegetales y sus productos de los siguientes órdenes, géneros o especies: Acer saccharum Marsh., Aegle Corrêa, Aeglopsis Swingle, Afraegle Engl, Amyris P. Browne, Apium graveolens L., Atalantia Corrêa, Balsamocitrus Stapf, Burkillanthus Swingle, Calodendrum Thunb., Capsicum L., Casimiroa La Llave, Castanea Mill., Choisya Kunth, Citropsis Swingle & Kellerman, Citrus L., Clausena Burm. f., Coniferales (coníferas), Dendranthema (DC) Des. Moul., Dianthus L., Eremocitrus Swingle, Eryngium L., Esenbeckia Kunth., Ficus L., Fortunella Swingle, Fraxinus L., Glycosmis Corrêa, Gypsophila L., Hibiscus L., Juglans ailantifolia Carr., Juglans mandshurica Maxim., L., Limnophila Limonia L., Manihot esculenta Crantz., Medicago sativa L., Merrillia Swingle, Microcitrus Swingle, Momordica L., Murraya J. Koenig ex L., Naringi Adans., Ocimum L., Orchidaceae, Pamburus Swingle, Pelargonium l'Hérit. ex Ait., Platanus L., Poncirus Raf., Populus L., Pterocarya rhoifolia Siebold & Zucc., Quercus L., Severinia Ten., Solanum melongena L., Solidago L., Swinglea Merr., Tetradium Lour., Toddalia Juss., Triphasia Lour., Ulmus davidiana Planch., Vepris Comm, Vitis L. y Zanthoxylum L.

También se modifican en los requisitos de importación de las siguientes clases generales de vegetales: vegetales destinados a la plantación, vegetales con raíz y vegetales de especies herbáceas.

Se añaden los siguientes organismos nocivos a la lista de plagas de cuarentena vegetal de la UE: Agrilus anxius Gory, Anthonomus eugenii Cano, Dryocosmus kuriphilus Yasumatsu y Thaumatopoea processionea L.

Se eliminan los siguientes organismos de la lista de plagas de cuarentena vegetal de la UE (desregulación): Ciborinia camelliae Kohn, enación nerval de los cítricos (agalla leñosa) y Monilinia fructicola (Winter) Honey.

7.

Objetivo y razón de ser: [ ] inocuidad de los alimentos, [ ] sanidad animal, [X] preservación de los vegetales, [ ] protección de la salud humana contra las enfermedades o plagas animales o vegetales, [ ] protección del territorio contra otros daños causados por plagas

8.

¿Existe una norma internacional pertinente? De ser así, indíquese la norma:

[ ] de la Comisión del Codex Alimentarius (por ejemplo, título o número de serie de la norma del Codex o texto conexo)

[ ] de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) (por ejemplo, número de capítulo del Código Sanitario para los Animales Terrestres o del Código Sanitario para los Animales Acuáticos)

[X] de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (por ejemplo, número de NIMF) NIMF N° 1: "Principios fitosanitarios para la protección de las plantas y la aplicación de medidas fitosanitarias en el comercio internacional" y NIMF N° 15: "Reglamentación del embalaje de madera utilizado en el comercio internacional"

[ ] Ninguna

¿Se ajusta la reglamentación que se propone a la norma internacional pertinente?

[X] Sí [ ] No

En caso negativo, indíquese, cuando sea posible, en qué medida y por qué razón se aparta de la norma internacional:

9.

Otros documentos pertinentes e idioma(s) en que están disponibles: El texto refundido de la Directiva del Consejo 2000/29/CE está disponible en: http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:2000L0029:20130411:ES:PDF (en español)

10.

Fecha propuesta de adopción (día/mes/año): Marzo de 2014

Fecha propuesta de publicación (día/mes/año): Por determinar

11.

Fecha propuesta de entrada en vigor: [ ] Seis meses a partir de la fecha de publicación, y/o (día/mes/año): 3 días después de la fecha de publicación

[ ] Medida de facilitación del comercio

12.

Fecha límite para la presentación de observaciones: [X] Sesenta días a partir de la fecha de distribución de la notificación y/o (día/mes/año): 11 de febrero de 2014 Solo se recibirán observaciones relativas a las partes de la Directiva modificadas.

Organismo o autoridad encargado de tramitar las observaciones: [X] Organismo nacional encargado de la notificación, [X] Servicio nacional de información. Dirección, número de fax y dirección de correo electrónico (si la hay) de otra institución:

Comisión Europea

Dirección General de Sanidad y Consumidores, Unidad G-6 - Relaciones Internacionales Multilaterales

Rue Froissart 101

B-1049 Bruselas Bélgica

Teléfono: +(32 2) 29 54263; Fax: +(32 2) 29 98090

Correo electrónico: [email protected]

13.

Textos disponibles en: [X] Organismo nacional encargado de la notificación, [X] Servicio nacional de información. Dirección, número de fax y dirección de correo electrónico (si la hay) de otra institución:

Comisión Europea

Dirección General de Sanidad y Consumidores, Unidad G-6 - Relaciones Internacionales Multilaterales

Rue Froissart 101

B-1049 Bruselas Bélgica

Teléfono: +(32 2) 29 54263; Fax: +(32 2) 29 98090

Correo electrónico: [email protected]






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