A NEXO I PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO GENERAL EMPRESAS DE

2 AGRES 2262 (XXXVIIO07) PROTOCOLO DE
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( LOGOTIPO DA INSTITUIÇÃO ESTRANGEIRA) PROTOCOLO DE INTENSIONES

02 PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN DE EMERGENCIAS (PAS) NOMBRE FECHA
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12 VERSIÓN 10 (SEPTIEMBRE 25) PROTOCOLO PARA LA ELABORACIÓN

PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO GENERAL SERVICIO DE PROTECCIÓN DE PERSONAS

AA NEXO I PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO GENERAL EMPRESAS DE NEXO I

PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO GENERAL

EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA - GOBIERNO VASCO


1. OBJETIVOS

Tras la observación y análisis del trabajo realizado por el personal de las empresas de Seguridad Privada en el desempeño de su actividad laboral como escoltas para personas amenazadas sujetas al plan de protección del Gobierno Vasco, se precisa implementar un Protocolo de Funcionamiento General.

La Unidad de Protección de la Ertzaintza establecerá los criterios de actuación para operativizar este Protocolo en función de las particularidades del servicio. El contenido íntegro de estas Órdenes será notificado puntualmente y por escrito, a través de la Jefatura de la Unidad de Protección de la Ertzaintza.

2. FUNDAMENTOS BÁSICOS

Como consecuencia de la existencia de personas amenazadas, se hace necesario garantizar la protección de estos colectivos de riesgo en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Para ello, actualmente, la Ertzaintza por medio de sus agentes y de las empresas de seguridad privada está dando cobertura a las demandas suscitadas.

En los servicios de Protección de personas con escoltas de Seguridad Privada, la Gestión y Supervisión del servicio se lidera desde la Unidad de Protección de la Ertzaintza con criterios únicos en procedimientos de seguridad.

Para el correcto desarrollo del servicio se requiere la obligada aplicación de los fundamentos básicos de seguridad que contemplan, entre otros, los siguientes aspectos:


3. ASPECTOS RELATIVOS A CUESTIONES OPERATIVAS

3.1.- Operativa del Servicio con personas en situación de riesgo:

3.2.- Operativa del Servicio con personas amenazadas por Violencia Doméstica o de Género:

3.2.1.- Normas de actuación:

3.2.2.- Comunicación de Incidencias durante el servicio de Violencia Doméstica o de Género:

1.- Persona agresora en inmediaciones del lugar en que se encuentre la víctima.

2.- Persona agresora entra en contacto con la víctima por encuentro consentido.

3.- Servicios previstos a los que la víctima no acuda, ni responda a los intentos del servicio de escolta por contactar con ella.

4.- Imposibilidad del servicio de escolta para realizar la protección, por pérdida voluntaria o no del contacto con la víctima.

En estos casos, el escolta comunicará de manera inmediata a ARDATZ (Órgano policial encargado de canalizar las llamadas externas, tramitar incidentes, aplicar las tácticas y protocolos, supervisar las actuaciones, asumir el mando operativo cuando corresponda, e informar a los órganos correspondientes), la situación generada. Caso de necesitarlo durante la tramitación del incidente, la Jefatura de Operaciones de la Comisaría podrá contactar directamente con el escolta.

Posteriormente el escolta realizará un informe que se hará llegar por parte de la empresa a la Unidad de Protección a través de los canales y en los plazos establecidos al efecto.

Posteriormente, el escolta realizará un informe que se hará llegar por parte de la empresa a la Unidad de Protección a través de los canales y en los plazos establecidos al efecto.

3.3.- Comunicaciones:

En lo relativo a procedimientos y comunicaciones se enviará la siguiente información, recogida en el anexo de “Requisitos Tecnológicos”:

3.3.1.- Comunicaciones relativas al Servicio:

- Fecha de alta.

- Fecha de baja.

- TIP, Nombre, Apellidos, DNI, Domicilio, Teléfono.


- INICIO SERVICIO

- INICIO CV

- FIN CV

- TOMA CONTACTO

- ENTRADA VIP

- RECOGIDA VIP

- PRESCINDE

- SALIDA CAPV

- RETORNO CAPV

- FIN CONTACTO

- CIERRE

Para que los eventos se reporten de una forma adecuada y uniforme por todos los servicios, a continuación se detallan las circunstancias en las que se debe reportar cada uno de ellos:

- INICIO SERVICIO: Este evento se reportará en el momento en el que el escolta inicie el servicio diario.

- INICIO CV: Se reportará en el momento en el que se inicie la contravigilancia en los alrededores del domicilio o lugar de recogida de la persona a proteger.

- FIN CV: Se reportará en el momento en el que finalice la contravigilancia anterior. Este estado hay que reportarlo siempre, salvo en el caso en el que la persona a proteger salga de forma irregular antes de haber finalizado la CV.

- TOMA CONTACTO: Se reportará en el momento en el que el escolta entra en contacto con la persona a proteger por primera vez en la jornada, bien cuando sale del domicilio, cuando regresa de un viaje fuera de la CAPV, etc…

- ENTRADA VIP: Se reportará cada vez que la persona a proteger entre en su centro de trabajo. Si entra en su domicilio pero tiene previsto volver a salir, también se dará este evento.

Se recuerda que si es un lugar seguro, el escolta deberá permanecer en las inmediaciones con un tiempo de respuesta máximo de 10 minutos y siempre con el servicio abierto. Si el lugar no está asegurado, como norma general deberá permanecer en el interior de los centros o si esto no es posible, controlando los accesos.

- RECOGIDA VIP: Se reportará cuando la persona a proteger salga de alguno de los lugares anteriores.

- PRESCINDE: Se reportará cada vez que la persona a proteger manifieste al escolta su expresa voluntad de prescindir de la escolta en un lugar “no seguro”. Se trata de una situación irregular en la que la persona a proteger no desea ser escoltado. Este estado irá seguido siempre del evento “Cierre” del servicio.

- SALIDA CAPV: Se usará siempre en el momento en el que el equipo de protección abandone la CAPV con la persona a proteger. Si la persona a proteger sale de la CAPV sin el servicio de protección, no se usará este estado, sino que se dará el estado “FIN CONTACTO” y se cerrará el servicio.

- RETORNO CAPV: Se usará siempre en el momento en el que el equipo de protección regrese a la CAPV con la persona a proteger.

- FIN CONTACTO: Se usará siempre en el momento en el que se deje al protegido en su domicilio, hotel o similar al finalizar la jornada, o tras haber abandonado el protegido la CAPV sin el servicio de escolta.

- CIERRE: Este estado se dará para finalizar el servicio y siempre después del “PRESCINDE” o del “FIN CONTACTO”. Se entenderá como finalización del servicio, la entrada de la persona protegida en su domicilio al finalizar la jornada, o en el momento en que ésta así lo determine.

Se deberá asimismo introducir en el sistema la previsión dada por la persona protegida para la siguiente apertura de servicio. Caso de no facilitarla se harán constar los motivos.

Es obligatorio reportar todos y cada uno de los eventos anteriores en el momento en el que se produzcan. Estos eventos deberán ser reportados de forma individualizada por cada uno de los escoltas que componen el servicio.

En el caso excepcional de que por falta de cobertura u otros problemas técnicos no sea posible reportar el evento por parte del escolta, éste deberá ponerse inmediatamente en contacto con su empresa para que se reporte el evento de forma remota.

Si por cualquier causa añadida a lo anterior, y de forma absolutamente excepcional, no se pudiera reportar el evento de forma remota por parte de la empresa, se solicitará autorización a la Unidad de Protección para la inclusión del evento no reportado, siguiendo el protocolo establecido al efecto. Se comunicará de forma inmediata con el teléfono de guardia de la Unidad de Protección poniendo en su conocimiento la disfunción y sus causas. Posteriormente, y antes de 24 horas, se remitirá un correo electrónico solicitando autorización para la inclusión del evento no reportado, siguiendo el protocolo establecido al efecto. Estas comunicaciones tendrán la consideración de “URGENTE”, según lo establecido en el Anexo I de este Protocolo.

3.2.2.- Comunicación de incidencias durante el Servicio:

Las incidencias se notificarán a ARDATZ. El concepto de incidencias engloba tanto las ocurridas durante las actividades realizadas por la persona a proteger en el transcurso de la jornada, como otros hechos de interés, en especial:

En ambos casos, se permanecerá a la espera, antes de continuar el Servicio de Seguridad, de las indicaciones de ARDATZ o recurso policial presente.

3.3.- Otras consideraciones del servicio:

3.3.1.- Activación nuevos servicios:

Durante la activación de nuevos servicios de protección, únicamente accederá a la reunión con la protegida el escolta asignado al servicio, así como el responsable de la empresa, haciéndolo en el momento en el que así lo indique el personal de la Unidad de Protección allí presente, para proceder a su presentación a la persona protegida e intercambiar la información necesaria para dar inicio al servicio.

3.3.2.- Cambios de personal:

En la activación se hará la presentación del Equipo de trabajo “estable” que se le asigna al protegido, que no cambiará salvo ausencias justificadas (Bajas, Licencias, Vacaciones,…).

En todo caso, un miembro del Equipo “estable” deberá estar activo en el servicio, excepto en casos de causa mayor como bajas / licencias.

En ningún caso se hará un cambio de los Equipos de trabajo asignados a un Protegido sin autorización de la Unidad de Protección.

Como criterio general se procurará que el número de correturnos de cada servicio sea el mínimo imprescindible.

3.3.3.- Servicios fuera de la CAPV:

La prestación del servicio de escolta fuera de la CAPV lo será con carácter excepcional y autorizado previamente por la Unidad de Protección, previa solicitud de la persona a proteger o en su caso del/la responsable de seguridad de la organización/empresa a la que perteneciera. En ningún caso será la empresa prestataria la responsable de presentar y/o gestionar dicha autorización. La Unidad de Protección comunicará a la empresa interesada, en su caso, la autorización previa a la salida.

En el momento en que se proceda a la salida de la CAPV con el servicio de escolta, los miembros del servicio enviarán el evento “SALIDA CAPV” para dejar constancia de tal circunstancia.

En las salidas/entradas de la CAPV de la persona a proteger sin el servicio de escolta, se le realizará acompañamiento hasta/desde un lugar seguro en el límite de la CAPV / aeropuerto / estación….

3.3.4.- Servicio de chóferes:

Los casos en los que se requiera la participación de un conductor profesional se estudiarán y autorizarán individualmente por la Jefatura de la Unidad de Protección.

3.3.5.- Incidentes durante el servicio:

En los casos de incidencias operativas, la empresa vendrá obligada a comunicarlo de acuerdo a lo contemplado en el Anexo I de este documento, de acuerdo a su calificación.

3.3.6.- Inspecciones:

Se realizarán por Inspectores de la empresa, los cuales velarán por el adecuado cumplimiento del Protocolo de Funcionamiento General por parte de todos los servicios a su cargo. Estos inspectores en ningún caso estarán asignados en un servicio de escolta.

Las inspecciones se formalizarán cumplimentando por parte de los Inspectores de las empresas adjudicatarias la aplicación informática destinada al efecto.

La Unidad de Protección, a través de sus propios recursos policiales, realizará todas aquéllas inspecciones de servicios que se consideren oportunas para comprobar que se cumple el Protocolo General de Funcionamiento. Tanto las empresas de seguridad como sus empleados, deberán colaborar con los agentes de la Unidad de Protección en la realización de las citadas inspecciones siempre que éstos lo soliciten.

Caso de detectarse irregularidades o incumplimientos del Protocolo de Funcionamiento General, se realizará el correspondiente informe para el inicio, si procede, del correspondiente expediente sancionador.

4. ASPECTOS RELATIVOS AL MATERIAL Y ELEMENTOS DEL SERVICIO

4.1.- Vehículos:

Los vehículos asignados a servicios lo serán de acuerdo a la gama contratada. En el caso de servicios en los cuales la amenaza sea distinta a VD/VG, deberán ser cambiados (o rotados), de modelo y color, al menos una vez al mes, o cuando por deterioro sean individualizados de los modelos normales de sus características.

En ningún caso se cambiará la gama adjudicada o modelo de vehículo en negociación directa de las empresas y los protegidos.

Los vehículos asignados al servicio de protección tienen como función especifica la de transporte y seguridad de la persona a proteger durante el tiempo de servicio activo.

Corresponde al conductor del vehículo la observancia debida de las normas y el reglamento de circulación, y al equipo de trabajo velar por la seguridad y cuidado del vehículo,

En los servicios de un escolta sin vehículo, en ningún caso estará en las tareas de éste la de conducir. Sólo podrá conducirse el vehículo por parte del escolta con expresa autorización de la Unidad de Protección.

4.2.- Telefonía:

Es obligatoria la asignación al servicio -y no al escolta- de un número (o números en el caso de servicios dobles) de abonado de telefonía móvil. Asimismo, cada escolta tendrá disponible un terminal habilitado con la aplicación informática para el envío de eventos.

Desde dicho teléfono, se realizarán todas las comunicaciones con el Centro de Coordinación de la Ertzaintza, así como con la persona protegida. También se enviarán desde dicho teléfono todos los eventos del servicio.

Al citado teléfono se dirigirán así mismo todas las comunicaciones, bien telefónicas, bien avisos "SMS" relativos al servicio.

Cualquier modificación de dicho número deberá ser comunicada con anterioridad a la Unidad de Protección de forma motivada.

Para la interlocución del servicio de protección con la persona protegida o con la Ertzaintza, no se permitirá el uso de teléfonos particulares de los escoltas u otros teléfonos de empresa no asignados al servicio.

4.3.- Material del Departamento de Seguridad:

En el caso de que el Departamento de Seguridad facilite material a la empresa para la prestación del servicio -especialmente en el caso de los inhibidores de frecuencia- la empresa se hará responsable de su custodia y buen uso. Dicho material será asignado a un servicio concreto y deberá ser devuelto a la finalización de éste. En caso de deterioro, pérdida o sustracción, la empresa pondrá los hechos en conocimiento de la Unidad de Protección para su posible reposición y asignación de las responsabilidades derivadas.

En relación a los diferentes miembros, material y elementos del servicio (tales como vehículos, teléfonos, inhibidores, etc.), la empresa vendrá obligada a presentar la información sobre cualquiera de ellos a solicitud de la Unidad de Protección.

La empresa de seguridad estará obligada a presentar el material para su revisión cuando así se requiera desde la Unidad de Protección.

5. ASPECTOS RELATIVOS A LA DOCUMENTACIÓN OPERATIVA

5.1.- Interlocución:

Las comunicaciones entre las empresas adjudicatarias y la Unidad de Protección se realizaran a dos niveles:

1.- Desde la Jefatura de la Unidad de Protección, con un responsable de la empresa a nivel del conjunto de la C.A.P.V. para asuntos de ámbito general (disfunciones, activaciones o modificaciones de servicios, incidencias,…). Cuando desde la Jefatura de Unidad de Protección se realicen comunicaciones o se solicite información, se entenderá como general para todos los Territorios en los que la empresa adjudicataria tenga adjudicados servicios. Este responsable deberá estar disponible las 24 horas para asuntos operativos o administrativos de carácter urgente.

2.- Desde el Centro de Gestión de la Unidad de Protección, con un responsable de la empresa a nivel territorial, para asuntos que afecten a cuestiones administrativas y operativas de rutina concretas en horario de oficina, y manteniendo por parte de la Unidad de Protección un servicio de inspección de guardia las 24 horas con un teléfono único para incidencias operativas fuera de la jornada de oficina.

Las empresas contratistas remitirán a la Unidad de Protección un organigrama de su empresa en el que harán constar su estructura. Este organigrama se volverá a enviar cada vez que se produzca algún cambio en la citada estructura. También se harán constar las direcciones postales, correo electrónico y números de FAX de la Delegación de la CAPV, a que se refiere el pliego de cláusulas administrativas.


ANEXOS

ANEX

ANEXO I. CALIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN

A los efectos de comunicación entre las empresas prestatarias y el Departamento de Seguridad y en especial, el Centro de Coordinación Ertzaintza y la Unidad de Protección, se considerará la información según los siguientes criterios:

1. URGENTE:

Se considera urgente la siguiente información:

1.- Todos aquellos incidentes relevantes en cuanto a la integridad física de la persona a proteger o su equipo de seguridad.

2.- Toda aquella relativa a eventos que afecten a la prestación o continuidad del servicio,

3.- La relativa a deficiencias accidentales del equipo humano y/o material que afecten al mismo.

Todas éstas deberán ser comunicadas de inmediato mediante llamada telefónica a ARDATZ por parte de los miembros del equipo de protección y a la Unidad de Protección por parte de la empresa correspondiente, bien a la Oficina de Gestión en Iurreta, bien al Jefe de Operaciones, según el horario en el que se produjeran.

A posteriori, se respaldarán estas comunicaciones mediante los correspondientes informes escritos, que serán remitidos a la Unidad de Protección, debidamente supervisados, sellados y firmados por el responsable de servicio correspondiente, en el plazo de 24 horas.

Toda aquella información que sea reclamada como tal -"URGENTE"- a las empresas prestatarias, deberá ser contestada al solicitante en el plazo de 24 horas, salvo indicación expresa en contra.

2. IMPORTANTE:

Se considerará importante toda aquella información:

1.- La relativa a los puntos 2 y 3 contenidos en el apartado anterior y que por su menor premura no sea considerada URGENTE.

Estas se comunicarán en primera instancia mediante llamada telefónica a la Unidad de Protección o en su defecto al Jefe de Operaciones, que determinará si deberá ser tratada como URGENTE. En caso contrario, se estará al tratamiento general de este tipo de información.

La información calificada como IMPORTANTE deberá ser remitida en el plazo de 72 horas al solicitante, salvo indicación en contra.

3. ORDINARIA:

Se considerará como ORDINARIA toda aquella información no incluida en los apartados anteriores, así como las solicitudes realizadas por la Unidad de Protección en las que no se especifique el carácter de "URGENTE"

En cuanto a los plazos y soportes de la comunicación se estará a lo indicado en cada una de las solicitudes.

3

Alto Azazeta s/n, Berrozi (Araba-Álava). Telf. 945.064.165 - Fax 945.064.156

[email protected]



16 PROTOCOLO PARA LA ELABORACIÓN DE ABONOS ORGÁNICOS PARA
170909go70protocolo
2 PROTOCOLO PARA TEST DE BENDER KOPPITZ (PSIª


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