FORMULARIO PARA CONFIRMAR ANUALMENTE EL ESTATUS DE LOS MIEMBROS

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Short Questionnaire for the annual reconfirmation of the CBPP disease status of OIE Members (submit during the month of November each year)

Formulario para confirmar anualmente el estatus de los Miembros de la OIE

respecto de la perineumonía contagiosa bovina


El Delegado deberá completar, fechar y firmar este cuestionario y enviarlo a [email protected] durante el mes de noviembre de cada año


AÑO ________

PAÍS ________________________





FORMULARIO PARA CONFIRMAR ANUALMENTE EL ESTATUS DE LOS MIEMBROS


De conformidad con la Resolución No. 15 del Procedimiento adaptado de 2020 y otras Resoluciones anteriores pertinentes, los Miembros que dispongan de un estatus zoosanitario o categoría de riesgo oficialmente reconocido deberán volver a confirmar cada año, durante el mes de noviembre, que dicho estatus sigue siendo el mismo.


PREGUNTA

NO

  1. ¿Ha habido algún brote de perineumonía contagiosa bovina durante los últimos doce meses?



  1. ¿Se ha encontrado algún indicio de infección por la perineumonía contagiosa bovina durante los últimos doce meses?



  1. ¿Se ha vacunado contra la perineumonía contagiosa bovina durante los últimos doce meses?



  1. ¿La vigilancia de la perineumonía contagiosa bovina se lleva a cabo de acuerdo con las disposiciones de los Artículos 11.5.13. a 11.5.17.?



  1. ¿Se han modificado las medidas normativas para la detección, prevención y control de la perineumonía contagiosa bovina durante los últimos doce meses?



  1. ¿Se ha introducido algún animal vacunado contra la perineumonía contagiosa bovina desde que cesó la vacunación?



  1. ¿Ha habido cambios en la situación epidemiológica u otros episodios significativos respecto a la perineumonía contagiosa bovina durante los últimos doce meses?



Por favor, añada todo comentario adicional y/o adjunte material pertinente asociado con su confirmación anual de País libre de PCB




El abajo firmante certifica que los datos presentados son correctos.


Fecha: Firma del/de la Delegado/a:

[Referencia al correspondiente artículo del capítulo del Código sanitario para los animales terrestres (2021) relativo a la perineumonía contagiosa bovina]


Artículo 11.5.3.

País o zona libre de perineumonía contagiosa bovina

Para ser incluido en la lista de países y zonas libres de perineumonía contagiosa bovina, un País Miembro deberá:

  1. haber demostrado celeridad y regularidad en la declaración de las enfermedades animales;

  2. enviar a la OIE una declaración en la que certifique que:

    1. no se ha registrado ningún brote de perineumonía contagiosa bovina durante los 24 últimos meses,

    2. no se ha detectado ningún indicio de infección por la perineumonía contagiosa bovina durante los 24 últimos meses,

    3. no se ha vacunado a ningún animal contra la perineumonía contagiosa bovina durante los 24 últimos meses,

y adjuntar pruebas documentadas de que la perineumonía contagiosa bovina es objeto de una vigilancia acorde con lo contemplado en el presente capítulo y se han tomado medidas reglamentarias para la prevención y el control de la enfermedad;

  1. no se ha importado ningún animal vacunado contra la perineumonía contagiosa bovina desde que se suspendió la vacunación.

El país o la zona se incluirán en la lista sólo previa aceptación por la OIE de las pruebas presentadas. Para permanecer en la lista deberán volver a presentar todos los años a la OIE la información indicada en los apartados 2 a), 2 b) y 2 c) y en el apartado 3) anteriores y señalarle con la mayor brevedad cualquier cambio de su situación epidemiológica o episodio sanitario significativo que se produzca, de acuerdo con el Capítulo 1.1.


Formulario para confirmar anualmente el estatus de los Miembros de la OIE

respecto de la perineumonía contagiosa bovina



El Delegado deberá completar, fechar y firmar este cuestionario y enviarlo a [email protected] durante el mes de noviembre de cada año


AÑO ________

PAÍS _____________

ZONA_________________________________




FORMULARIO PARA CONFIRMAR ANUALMENTE EL ESTATUS DE LOS MIEMBROS

De conformidad con la Resolución No. 15 del Procedimiento adaptado de 2020 y otras Resoluciones anteriores pertinentes, los Miembros que dispongan de un estatus zoosanitario o categoría de riesgo oficialmente reconocido deberán volver a confirmar cada año, durante el mes de noviembre, que dicho estatus sigue siendo el mismo.

PREGUNTA

NO

  1. ¿Ha habido algún brote de perineumonía contagiosa bovina durante los últimos doce meses?



  1. ¿Se ha encontrado algún indicio de infección por la perineumonía contagiosa bovina durante los últimos doce meses?



  1. ¿Se ha vacunado contra la perineumonía contagiosa bovina durante los últimos doce meses?



  1. ¿La vigilancia de la perineumonía contagiosa bovina se lleva a cabo de acuerdo con las disposiciones de los Artículos 11.5.13. a 11.5.17.?



  1. ¿Se han modificado las medidas normativas para la detección, prevención y control de la perineumonía contagiosa bovina durante los últimos doce meses?



  1. ¿Se ha introducido algún animal vacunado contra la perineumonía contagiosa bovina en una zona libre desde que cesó la vacunación?



  1. ¿Ha habido cambios en la situación epidemiológica u otros episodios significativos respecto a la perineumonía contagiosa bovina durante los últimos doce meses?



Por favor, añada todo comentario adicional y/o adjunte material pertinente asociado con su confirmación anual de zona libre de PCB




El abajo firmante certifica que los datos presentados son correctos.


Fecha: Firma del/de la Delegado/a:

[Referencia al correspondiente artículo del capítulo del Código sanitario para los animales terrestres (2019) relativo a la perineumonía contagiosa bovina]


Artículo 11.5.3.

País o zona libre de perineumonía contagiosa bovina

Para ser incluido en la lista de países y zonas libres de perineumonía contagiosa bovina, un País Miembro deberá:

  1. haber demostrado celeridad y regularidad en la declaración de las enfermedades animales;

  2. enviar a la OIE una declaración en la que certifique que:

    1. no se ha registrado ningún brote de perineumonía contagiosa bovina durante los 24 últimos meses,

    2. no se ha detectado ningún indicio de infección por la perineumonía contagiosa bovina durante los 24 últimos meses,

    3. no se ha vacunado a ningún animal contra la perineumonía contagiosa bovina durante los 24 últimos meses,

y adjuntar pruebas documentadas de que la perineumonía contagiosa bovina es objeto de una vigilancia acorde con lo contemplado en el presente capítulo y se han tomado medidas reglamentarias para la prevención y el control de la enfermedad;

  1. no se ha importado ningún animal vacunado contra la perineumonía contagiosa bovina desde que se suspendió la vacunación.

El país o la zona se incluirán en la lista sólo previa aceptación por la OIE de las pruebas presentadas. Para permanecer en la lista deberán volver a presentar todos los años a la OIE la información indicada en los apartados 2 a), 2 b) y 2 c) y en el apartado 3) anteriores y señalarle con la mayor brevedad cualquier cambio de su situación epidemiológica o episodio sanitario significativo que se produzca, de acuerdo con el Capítulo 1.1.




2021 Formulario para la reconfirmación anual del estatus de la perineumonía contagiosa bovina 4


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