A N U N C I O EL CONSEJO

SEXTA REUNIÓN DEL CONSEJO ASESOR EMPRESARIAL ETAPA MIPYMES II
NACIDOS PARA PERDER III PARTE “CONSEJOS
0 32838 DECIMOPRIMERA REUNION DEL CONSEJO ANDINO

0 32838 DECIMOPRIMERA REUNION DEL CONSEJO ANDINO
0 CONSEJO PERMANENTE DE LA OEASERG ORGANIZACIÓN
0 CONSEJO PERMANENTE DE LA OEASERG ORGANIZACIÓN

INFORME SOBRE LA NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES “LAS FUENTEZUELAS” DURANTE EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE OCTUBRE Y 31 DE DICIEMBRE DE 2011

A N U N C I O EL CONSEJO










A N U N C I O


El Consejo Rector del Patronato Municipal de Deportes de Jaén, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de diciembre de 2015, adoptó el acuerdo, por unanimidad de todos los asistentes, de prestar su aprobación a la siguiente:


"PROPUESTA DE ACUERDO DEFINITIVO RELATIVO A LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO Y PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD FÍSICO-DEPORTIVA EN LA CIUDAD DE JAÉN A FAVOR DE PERSONAS FÍSICAS, CONFEDERACIONES, FEDERACIONES, ASOCIACIONES E INSTITUCIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO. EJERCICIO 2015


Examinado el expediente de la Convocatoria de subvenciones para el presente ejercicio 2015, en el que constan los siguientes,

ANTECEDENTES

PRIMERO.- Con fecha 7 de mayo de 2015, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén la Resolución del Sr. Presidente de este Patronato de Deportes, de fecha 10 de abril de 2015, convocando, para el ejercicio 2015, subvenciones para el fomento y promoción de la actividad físico-deportiva en la ciudad de Jaén, a favor de personas físicas, confederaciones, federaciones, asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, abriéndose el plazo de presentación de solicitudes al día siguiente.

SEGUNDO.- Dentro del plazo habilitado al efecto, cuyo vencimiento tuvo lugar el día 8 de julio, se presentaron a dicha convocatoria diecisiete solicitudes pertenecientes a distintos clubes o asociaciones sin ánimo de lucro de la ciudad de Jaén. Solicitudes que, tras su examen inicial, fueron subsanadas o completadas con la documentación no aportada en su momento por las entidades requeridas para ello, conforme a lo previsto en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de las Bases de concesión y al amparo de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento común.

TERCERO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ordenanza reguladora de las Bases para la concesión de las subvenciones, se constituyó el órgano colegiado encargado del examen y valoración de las solicitudes, que, tras la reunión deliberatoria celebrada el 29 de octubre de 2015, emitió el informe de evaluación de las solicitudes con arreglo a los criterios de valoración establecidos en el artículo 12 de la referida Ordenanza reguladora, en el que se contienen las solicitudes, por orden de prelación en función de la puntuación total obtenida, los solicitantes, la denominación del proyecto o actividad y la propuesta de financiación que, según el referido órgano, procede asignar a cada uno de ellos.

CUARTO,- Con fecha 13 de noviembre de 2015 se dictó la propuesta de resolución provisional conteniendo la relación de beneficiarios y los importes de financiación propuestos con arreglo a la valoración realizada por el órgano colegiado. Tras su notificación a los interesados, los beneficiarios han dispuesto de un plazo de diez días hábiles para realizar las alegaciones que tuvieran por convenientes y, en su caso, reformular sus solicitudes ajustándolas a los compromisos y condiciones de la subvención otorgable.

FUNDAMENTOS LEGALES

I.- En lo esencial, la normativa aplicable está constituida por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones; la Ordenanza reguladora de las Bases de Concesión de subvenciones para el fomento y promoción de la actividad físico-deportiva en la ciudad de Jaén, a favor de personas físicas, confederaciones, federaciones, asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro (BOP nº. 47 de 26/02/10) y la Resolución del Presidente del Patronato de Deportes convocándolas para el ejercicio 2015 (BOP nº. 86 de 07/05/15).

II.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 8 de la Ordenanza reguladora de las Bases de concesión citada anteriormente, la convocatoria e instrucción del procedimiento corresponde a la Presidencia de este Patronato de Deportes, añadiendo el artículo 10 del mencionado texto normativo que el órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional.

III.- El artículo 10 referido anteriormente dispone, igualmente, que examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva al Consejo Rector del Patronato Municipal de Deportes.

IV.- Existe consignación suficiente con cargo a la aplicación presupuestaria 34000–48900 (Transferencias: Actividades Deportivas Instituciones sin fines de lucro) del Presupuestos de Gastos de este Organismo Autónomo, para hacer frente a la cuantía de las subvenciones propuestas.

Examinados los preceptos legales invocados y demás normativa de pertinente aplicación, se propone al Consejo Rector del Patronato Municipal de Deportes de Jaén que adopte el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Conceder a los beneficiarios que se relacionan a continuación las subvenciones, para el fomento y promoción de la actividad físico-deportiva en la ciudad de Jaén a favor de personas físicas, confederaciones, federaciones, asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro. Ejercicio 2015, que se indican:

Or.

Entidad

Solicitante

CIF

Denominación del

proyecto, programa o actividad

Total

Punt.

Propuesta de

financiación

1

Club Deportivo Athenas de Jaén

G23437841

Desplazamiento competiciones

77

1.200,00 €

2

Club Caja de Jaén de Atletismo

G23067648

Campeonato clubes 1ª división femenina

63

6.000,00 €

3

Club Jaén Fútbol Sala

G23069396

Participación Primera División Liga Nacional Fútbol Sala

62

40.000,00 €

4

F.C.F. Atlético Jiennense

G23345424

Fútbol 7 y fútbol sala femenino (competición)

57

1.000,00 €

5

C.D. Bad-Flay

G23211311

Badminton (competición)

51

2.000,00 €

6

Jaén Club Baloncesto.

G23218688

Participación en actividades físico-deportivas (Competición)

47

20.000,00 €

7

Club Jaén Rugby

G23244791

Fomento de la práctica de Rugby en Jaén (Competición)

42

20.000,00 €

8

Asoc. Deport. La Circunstancia

G23384290

Participación activ. deport. fútbol, fútbol 7 y fútbol sala

35

2.500,00 €

9

Club Peña Deportiva Jiennense

G23434509

Actividad deportiva de fútbol base

27

3.000,00 €

10

Club Natación Jaén

G23200058

Actividades deportivas de natación, waterpolo y triatlón

26

10.000,00 €

11

Atlético Jaén F.C.

G23284409

Participación en actividades físico-deportivas (competición)

26

20.000,00 €

12

Club Deportivo Judo Jaén

G23551633

Judo Base (competición)

22

1.500,00 €

13

A.J.P.M.D. Luna

G23577786

Curso natación terapéutica adaptada a mujeres con discap.

20

1.100,00 €

14

Club Aikido Jaén

G23319825

XVI Curso de Aikido Ciudad de Jaén

17

1.000,00 €

15

C.A. Alcazaba Jaén

G23537475

Participación en actividades deportivas (competición)

17

1.500,00 €

16

AD: Vandelvira-La Gloria

G23357486

Partic. competiciones Fed. Jiennense fútbol y fútbol sala

15

20.000,00 €

.17

As. Andaluza Prom. Fútbol Sala

G11325560

Gestión y organización competiciones fútbol sala

9

900,00 €




TOTAL


151.700 € *


SEGUNDO.- Los beneficiarios deberán destinar la subvención exclusivamente a la realización de las actividades incluidas en el proyecto.

TERCERO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ordenanza reguladora de las Bases para su concesión, la justificación se realizará mediante la presentación de una cuenta justificativa simplificada del gasto realizado.

El plazo para la presentación de la documentación justificativa estará abierto hasta el día 15 de febrero del año 2016.

CUARTO.- El pago de la subvención, conforme a lo prevenido en el artículo 14 de la Ordenanza reguladora de las Bases para su concesión y en el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se realizará previa justificación, por el beneficiario, de la realización de la actividad, proyecto, objetivo o adopción del comportamiento para el que se concede.

Quedan expresamente prohibidos los pagos a cuenta y los pagos anticipados.

QUINTO.- Notificar el acuerdo adoptado a los beneficiarios de las subvenciones otorgadas, en la forma establecida el artículo 11 de la Ordenanza regulada de las Bases para su concesión, y a la Intervención de Fondos."

Jaén, 18 de diciembre de 2015

LA PRESIDENTA

DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES,







Rosario Morales de Coca





Instalaciones Deportivas “La Salobreja” – Av. Granada, s/n. 23001 JAÉN - Teléfonos 953 23 91 26 - Fax 953 23 91 27



0 CONSEJO PERMANENTE DE LA OEASERKXVI ORGANIZACIÓN
0 DÉCIMO SÉPTIMA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO
0 ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS CONSEJO


Tags: consejo rector, al consejo, consejo