ORDENANZA N° 106718 “EXIMICIÓN TASA POR ACTIVIDAD INDUSTRIAL SR

(NOMBRE DEL AYUNTAMIENTO) APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA FISCAL…… HABIENDO SIDO
10 ORDENANZA Nº 114872010 EXPTENº 40042010HCD VISTO LA VIGENCIA
10 ORDENANZA NRO1018696 EXPTENRO997396HCD VISTO LA NECESIDAD DE PREVEER

14 ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA Y PROTECCION
14 ORDENANZA Nº106682003 EXPTENº 16712003HCD VISTO EL EXPEDIENTE Nº
2 ORDENANZA Nº 1037999 EXPTENº 1148499HCD VISTO LA NOTA

RESOLUCION Nro


ORDENANZA N° 106718 “EXIMICIÓN TASA POR ACTIVIDAD INDUSTRIAL SR



ORDENANZA N° 1067/18

Eximición Tasa por Actividad Industrial. Sr. González”




VISTO:

La Ley Orgánica Municipal N° 8.102, Ordenanza N° 1015/17 “Tarifaria 2018”, el Decreto N° 156/14, la Nota del Sr. Gerardo González D.N.I 8.464.805 Y;

CONSIDERANDO:

Que la Nota, el Sr. Gerardo González solicita la eximición de la contribución que incide sobre la actividad Comercial, Industrial y de Servicios; y de los canones iniciales relacionados con la habilitación de un taller.

Que el destino del mencionado taller es la realización de maquinas que tratan las fibras lanares en el paso previo al hilado, denominada “cardadora”.

Que la actividad llevada adelante se encuentra íntimamente relacionada con el Proyecto de interés del Municipio, como lo es el desarrollo textil de la lana.

Que toda actividad que se desarrolle dentro del ejido municipal, tenga o no fines de lucro, debe poseer habilitación municipal para funcionar, de acuerdo a la normativa vigente, en virtud de que se verifique el cumplimiento de las condiciones de seguridad y salubridad.

Por todo ello; y en uso de las atribuciones que le son propias;


EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE TANTI

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1º: Exímese al Sr. González Gerardo D.N.I 8.464.805 del pago de la contribución que incide sobre la actividad Comercial, Industrial y de Servicios; y de los canones iniciales relacionados con la habilitación de un taller de fabricación de “Cardadoras”, en el inmueble ubicado en calle Viedma 58 de esta localidad.


Artículo 2º: Comunicar a los interesados.


Articulo 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al D.E.M, al Registro Municipal y archívese.


Dada en sala de

Sesiones el 22/08/18

S/Acta Nº 22/18












2 ORDENANZA Nº 1039599 EXPTENº 1172799HCD VISTO LA NECESIDAD
2 ORDENANZA Nº 1042000 EXPTENº 1152199 HCD VISTO LA
2 ORDENANZA Nº 104532000 EXPTENº 1462000HCD VISTO Y CONSIDERANDO


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