Modelos de solicitud de suspensión de ejecución hipotecaria
Seriamente
comprometido con el drama social que viven los afectados por
desahucios derivados de ejecuciones hipotecarias, la Sección
de Consumo del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga desea
difundir entre todos los colegiados, una nueva estrategia jurídica
para la defensa de los afectados por las ejecuciones hipotecarias que
nos ha hecho llegar CEACCU (Confederación española de
organizaciones de amas de casa, consumidores y usuarios).
El
éxito de la suspensión de la ejecución
hipotecaria, al margen de la resolución de la cuestión
formulada ante el TJUE, radica en el planteamiento de una auténtica
cuestión prejudicial civil directa por el afectado, con plena
identidad subjetiva entre las partes (afectado y entidad financiera).
Por ello, remitimos un modelo de demanda de nulidad individual de
condiciones generales de la contratación ante el Juzgado de lo
Mercantil, que deberá ser presentado ante la ejecución
hipotecaria para ser esgrimido como cuestión prejudicial civil
directa en el Juzgado de Primera Instancia que conozca el proceso de
desahucio.
Adjuntamos, con la presente, los dos modelos
elaborados: a) Modelo
de demanda de nulidad individual de condiciones generales de la
contratación;
y b) Modelo
de solicitud de suspensión de ejecución hipotecaria
basada en cuestión prejudicial civil directa del afectado
(elaborado a partir del escrito primigenio de la Abogacía).
Así
mismo, convencidos de que entrada en vigor de Ley de Tasas
Judiciales, por el que se regulan determinadas tasas en el ámbito
de la Administración de la Justicia, en los términos
establecidos, constituye un veto sin precedentes en el derecho de
acceso a la justicia de millones de consumidores y usuarios, vaciando
de contenido el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en
el artículo 24.1 de nuestra Carta Magna y artículo 6
del Convenio Europeo, se incorpora en ambos escritos, por otrosí,
petición de planteamiento de cuestión de
constitucionalidad por parte del juzgador ante el TC, conforme a la
habilitación dispuesta en el artículo 163 de nuestra
Carta Magna, en concordancia con lo previsto en el artículo
5.3 LOTC.
INSTRUCCIONES
PARA LA SUSPENSIÓN DE LANZAMIENTOS EN EJECUCIONES HIPOTECARIAS
OBJETIVO:
El objetivo de esta acción es la consecución de la
suspensión de los lanzamientos en ejecuciones hipotecarias.
DESTINATARIOS:
Cualquier usuario afectado por ejecuciones hipotecarias.
ESTRATEGIA
JURÍDICA:
se basa en tres cimientos, ampliamente fundamentada en los escritos
que se facilitan:
a) Cuestión prejudicial civil
directa por acción individual de nulidad de condiciones
generales de la contratación.
b) Cuestión
prejudicial civil refleja derivada del planteamiento de cuestión
prejudicial C415/2011.
c) Solicitud de formulación de
cuestión de constitucionalidad frente a la Ley 10/2012, de 20
de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito
de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de
Toxicología y Ciencias Forenses.
PASOS
A SEGUIR POR LOS LETRADOS DE LOS AFECTADOS:
1º) Cumplimentar y presentar demanda en ejercicio de
acción individual de nulidad de condiciones generales de la
contratación ante el Juzgado de lo Mercantil siguiendo el
modelo facilitado como ejemplo (las cláusulas prácticamente
son idénticas entre todas las entidades financieras) aportando
poder general o designación de oficio y copia del contrato de
préstamo hipotecario.
2º) Cumplimentar y
presentar el modelo de escrito razonado de suspensión de la
ejecución ante el Juzgado de 1ª Instancia que conoce la
ejecución frente al afectado adjuntado copia sellada de la
demanda de acción individual de nulidad de condiciones
generales de la contratación (y si es posible por razón
del tiempo, de reparto al Juzgado o admisión a trámite.
12 los Nuevos Modelos de Familia Ante la Ética
3 UNA CLASIFICACIÓN DE LOS MODELOS PARA SUPERAR LOS
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