PLIEGO DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS YU OBSERVACIONES A LAS

15 AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SA PLIEGO DE
3 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA
“2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES”” PLIEGO

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CLÁUSULA PRIMERA OBJETO
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES (PARTE I) OBJETO PLIEGO
1 INTRODUCCIÓN EN EL PRESENTE PLIEGO ABARCA LA INSTALACIÓN

PLIEGO DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y/U OBSERVACIONES A LAS BASES


ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 037-2012-MINSA

ADQUISICION DE EXTINTORES PARA EL NUEVO INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO – SNIP 66253”


OBSERVACION N° 01:


Marcar con aspa (X) si corresponde a una consulta o una observación



CONSULTA



OBSERVACIÓN

X


1.-EMPRESA (Nombre o Razón Social)


INDUSTRIAL PRODEX S.A.


2.- REFERENCIA(S) DE LAS BASES


Numeral (es):Capítulo II- Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos

Anexo(s): ITEM 01-E-17A EXTINTOR DE AGUA – ITEM 02 EXTINTORES DE CO2 – ITEM 03-E-15 EXTINTOR DE POLVO QUÍMICO SECO

Página(s): 22



3.-ANTECEDENTES / SUSTENTO

PARA LOS ITEMS MENCIONADOS EN REFERENCIA NO SE MENCIONAN QUE CERTIFICACION DEBEN CUMPLIR LOS EXTINTORES A ADQUIRIR, DANDO A ENTENDER QUE LOS PARTICIPANTES PUEDEN OFERTAR EXTINTORES DE PROCEDENCIA CHINA, EUROPEA Y OTROS, LOS QUE NO CUMPLEN CON LA NORMA TÉCNICA PERUANA NI LA NFPA.



4.- CONSULTA Y/U OBSERVACIONES


SUGERIMOS QUE EN LA BASES SE AGREGUE EL CUMPLIMIENTO OBLIGATORIA DE LA CERTIFICACIÓN UL (UNDERWRITERS LABORATORIES INC.)



RESPUESTA:

Se acoge la Observación.

De acuerdo a lo indicado por el área usuaria mediante Oficio N° 1285-2012-DGIEM/MINSA se precisa que los extintores a ofertar DEBERÁN CUMPLIR CON LA CERTIFICACIÓN UL.

Tal requerimiento se acreditará mediante la presentación de una copia simple del certificado UL o mediante la presentación de una declaración jurada suscrita por el postor donde se precise el cumplimiento de la certificación UL.

Sin perjuicio de lo mencionado en el párrafo anterior, el postor ganador de la buena pro deberá presentar a la entrega del bien el certificado UL correspondiente.









OBSERVACION N° 02:


Marcar con aspa (X) si corresponde a una consulta o una observación



CONSULTA



OBSERVACIÓN

X


1.-EMPRESA (Nombre o Razón Social)


ABC IMPORTACIONES Y SERVICIOS S.R.L.


2.- REFERENCIA(S) DE LAS BASES


Numeral (es):Capítulo II- Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos

Anexo(s):

Página(s): 22



3.-ANTECEDENTES / SUSTENTO

No existen extintores de Agua Destilada ni en la Norma Técnica Peruana ni en la NFPA 10. Los extintores cotizados en el resumen ejecutivo, cuyo precio se ha tomado como referencial, son de Agua Presurizada, los mismos que existen en la NTP 350.043 y en la NFPA 10. Si alguien coloca agua destilada en un extintor de agua presurizada estaría incurriendo en una actividad fuera de norma y además los únicos extintores de agua destilada denominados también, desionizada o desmineralizada, son los extintores de agua PULVERIZADA y que tienen certificación UL de ser NO conductores eléctricos hasta 100,000 voltios (rating 2ª:C). Este no es el caso de los extintores de agua presurizada que SON conductores eléctricos y tienen Rating 2ª.



4.- CONSULTA Y/U OBSERVACIONES


Por lo anterior debe reemplazar AGUA DESTILADA por AGUA PRESURIZADA.



RESPUESTA:

Se acoge la Observación.

De acuerdo a lo indicado por el área usuaria mediante Oficio N° 1285-2012-DGIEM/MINSA se precisa que se está solicitando EXTINTORES AGUA PRESURIZADA.













OBSERVACION N° 03:


Marcar con aspa (X) si corresponde a una consulta o una observación



CONSULTA



OBSERVACIÓN

X


1.-EMPRESA (Nombre o Razón Social)


ABC IMPORTACIONES Y SERVICIOS S.R.L.


2.- REFERENCIA(S) DE LAS BASES


Numeral (es):Capítulo II- Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos

Anexo(s):

Página(s): 22



3.-ANTECEDENTES / SUSTENTO


  1. Tanto en la NFPA 10, que es el antecedente de las normas de extintores portátiles en todos los países de América Latina, como de nuestra Norma NTP 350.043, existen 2 condiciones para que un extintor portátil de Agua Presurizada, Gas Carbónico o polvo químico seco, puede ser seleccionado para cubrir riesgos de incendio:

  1. Certificar un potencial de extinción en las pruebas indicadas, tanto en la norma ANSI/UL 711, como en la NTP 350.062 en fuego Clase A y B. Igualmente certificar NO conductividad eléctrica para Fuegos energizados hasta 100,000 voltios para asignarles la clasificación C.

  2. Certificar el cumplimiento de las siguientes normas ANSI/UL de requisitos de fabricación siguientes:

  • Extintores de Polvo Químico Seco ABC: ANSI/UL 299.

  • Extintores de Dióxido de Carbono (CO2): ANSI/UL 154.

  • Extintores de Agua Presurizada: ANSI/UL 626.


  1. En el resumen ejecutivo todas las cotizaciones corresponden con extintores con certificación de ‘Underwriters’ Laboratories (UL). Es decir, que los extintores cotizados y cuyos precios se han tomado como referencia cuentan todos con las certificaciones anteriormente mencionadas.

Estas cotizaciones obedecen al requisito de certificar que los extintores cumplan el rating 2A para Agua Presurizada, 10B:C para Gas Carbónico, y 4A:80B:C para extintores de Polvo Químico Seco.

Los extintores, por ejemplo, los que vienen de China, no aprueban las normas técnicas peruanas350.062, 350.043 ni 350.021 y sus precios de importación son inferiores a la quinta parte de los extintores certificados por UL.


  1. Considerando el Pronunciamiento N° 384-2008/DOP, Licitación Pública N° 004-2008-INSN. “…pudiendo la Entidad establecer como REQUERIMIENTO TÉCNICO MÍNIMO que los equipos que oferten los postores cumplan con los estándares internacionales requeridos originalmente, siempre que se precise que estándares y que se establezca que tal requerimiento se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada suscrita por el postor …”



4.- CONSULTA Y/U OBSERVACIONES


Por lo anterior y para que los equipos correspondan con lo cotizado en el Resumen Ejecutivo, no sean contrarios a norma peruana y largamente inferiores de calidad, perjudicando gravemente la seguridad de la Entidad, se debe colocar el requisito que los extintores deben tener certificaciones UL.



RESPUESTA:

Se acoge la Observación.

De acuerdo a lo indicado por el área usuaria mediante Oficio N° 1285-2012-DGIEM/MINSA se precisa que los extintores a ofertar DEBERÁN TENER LA CERTIFICACIÓN UL.

Tal requerimiento se acreditará mediante la presentación de una copia simple del certificado UL o mediante la presentación de una declaración jurada suscrita por el postor donde se precise el cumplimiento.

Sin perjuicio de lo mencionado en el párrafo anterior, el postor ganador de la buena pro deberá presentar a la entrega del bien el certificado UL correspondiente.



CONSULTA N° 01:


Marcar con aspa (X) si corresponde a una consulta o una observación



CONSULTA


X


OBSERVACIÓN



1.-EMPRESA (Nombre o Razón Social)


INDUSTRIAL PRODEX S.A.


2.- REFERENCIA(S) DE LAS BASES


Numeral (es):Capítulo II- Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos

Anexo(s): ITEM 01-E-17A EXTINTOR DE AGUA

Página(s): 22



3.-ANTECEDENTES / SUSTENTO

A01- Agente (Agua Destilada)

A06- Apto para fuegos de clase A (Clasificación Rating 2A), esta clasificación corresponde a extintores de carga de agua presurizada.


4.- CONSULTA Y/U OBSERVACIONES


¿Están solicitando extintores de Agua Presurizada H2O u otro tipo de extintor?



RESPUESTA:

De acuerdo a lo indicado por el área usuaria mediante Oficio N° 1285-2012-DGIEM/MINSA se precisa que se está solicitando EXTINTORES CON AGUA PRESURIZADA H2O.



Lima, 20 de noviembre del 2012


FIRMADO EN ORIGINAL ----------------------------------------------------------


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Ing. Pio Vladimir Cabrejos Barragán

Presidente del Comité Especial



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Ing. Enrique Antonio Torres Bocanegra Srta. María Magdalena Montes Aroni

Miembro del Comité Especial Miembro del Comité Especial










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1.-MODELO-INSTRUCCIONES-PLIEGO-PRESCRIPCIONES-TECNICAS-copia
10 0010PLT JMSAA PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA


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