VENEZUELA LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO SE

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Los principios fundamentales del sistema educativo venezolano se encuentran contenidos en la Constitución Nacional y en la Ley Orgánica de Educación. A partir de la primera, se indica que la educación es un derecho humano y un deber social fundamental, definida, a su vez, como democrática, gratuita y obligatoria. El Estado deberá garantizar que estos preceptos sean cumplidos para todos los habitantes del país. Complementariamente, la Ley Orgánica señala que la educación es un derecho irrenunciable, además de asegurar su gratuidad en todos los niveles y modalidades que se impartan en instituciones dependientes del Estado.


Según indicadores de 2005, la tasa de analfabetismo en Venezuela corresponde al 6% de la población, mientras que la tasa de escolarización (nivel de primaria completa) comprende el 88%.






A partir de su Ley Orgánica, Venezuela organiza el sistema educativo en niveles y modalidades.


Son niveles:


  1. Educación pre-escolar.


  1. Educación básica.


  1. Educación media diversificada y profesional.


  1. Educación superior.



Son modalidades del sistema educativo:








La educación pre-escolar constituye la fase previa a la educación básica. En esta etapa se asistirá y protegerá al niño en su crecimiento y desarrollo y lo orientará en las experiencias socio-educativas propias de la edad; atenderá sus necesidades e intereses en las áreas de la actividad física, afectiva, de inteligencia, de voluntad, de moral, de ajuste social, de expresión de su pensamiento y desarrollo de su creatividad, destrezas y habilidades básicas y le ofrecerá, como complemento del ambiente familiar, la asistencia pedagógica y social que requiera para su desarrollo integral.


La educación básica, con una duración no menor a nueve años, tiene como finalidad contribuir a la formación integral del educando mediante el desarrollo de sus destrezas y de su capacidad científica, técnica, humanística y artística; cumplir funciones de exploración y de orientación educativa y vocacional e iniciarlos en el aprendizaje de disciplinas y técnicas que le permitan el ejercicio de una función socialmente útil; estimular el deseo de saber y desarrollar la capacidad de ser de cada individuo, de acuerdo con sus aptitudes.


La educación media diversificada y profesional tendrá una duración no menor de dos años. Su objetivo es continuar el proceso formativo del alumno iniciado en los niveles precedentes, ampliar el desarrollo integral del educando y su formación cultural; ofrecerle oportunidades para que defina su campo de estudio y de trabajo, brindarle una capacitación científica, humanística y técnica que le permita incorporarse al trabajo productivo y orientarlo para la prosecución de estudios en el nivel de Educación superior.


Finalmente, la educación superior tendrá como base los niveles precedentes y comprenderá la formación profesional y de postgrado. La ley especial establecerá la coordinación e integración de las instituciones del nivel de educación superior, sus relaciones con los demás niveles y modalidades, el régimen, organización y demás características de las distintas clases de institutos de educación superior, de los estudios que en ellos se cursan y de los títulos y grados que otorguen y las obligaciones de orden ético y social de los titulados.



Las principales leyes que regulan el sistema educativo venezolano son:




Sistema educativo de Venezuela en base a la clasificación CINE97*.


CINE 97

Clasificación CINE 97

Clasificación Nacional

0

Enseñanza pre-primaria

Educación Pre-escolar

1

Enseñanza primaria o primer ciclo de la educación básica


Educación Básica

2

Primer ciclo de educación secundaria o segundo ciclo de educación básica

3

Segundo ciclo de educación secundaria

Educación Media Diversificada y Profesional


5

Primer ciclo de la educación terciaria

Educación Superior

6

Segundo ciclo de la educación terciaria

Educación de Postgrado


Esta clasificación se ha realizado a partir de la Ley Orgánica de Educación (Ley – 24.195) de la República de Venezuela.


* Clasificación Internacional Normalizada de Educación 1997, UNESCO. Acceda al documento.




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Documento preparado por la secretaría de la Red de Parlamentarios


587 VENEZUELA 608 THE INTERAMERICAN COMMISSION ON HUMAN RIGHTS
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