4 D IVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Nº 07190 LEVPROH

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D4 D IVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Nº 07190 LEVPROH IVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA


07190




LEV-PROH Nº 008-2006


CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José, a las once horas del siete de junio del dos mil seis.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Solicitud de levantamiento de prohibición presentada por el licenciado Alan Thompson Chacón, mayor, vecino de Curridabat, abogado y notario, portador de la cédula de identidad 2-383-865, tendente a que se le habilite para participar válidamente en los procedimientos de contratación administrativa que promueva la Administración Pública en general.-----------------------------------------

RESULTANDO

I. En la gestión presentada, el señor Thompson Chacón indica que es hermano del señor Roberto Hernán Thompson Chacón (aporta certificaciones del Registro Civil de las doce horas del siete de junio del dos mil seis); quién actualmente ostenta el cargo de Viceministro de la Presidencia, nombramiento que se dio a partir del 8 de mayo de 2006 (ver Acuerdo No. 001-P, publicado en La Gaceta 101 del 26 de mayo de 2006). Por ese motivo, afirma, se configura en una prohibición legal para participar en los procedimientos de contratación administrativa que promueva la Administración pública en general, de conformidad con lo que disponen los incisos c), h) y i) del artículo 22 bis de la Ley de la Contratación Administrativa.--------------------------------------------------

III. La presente resolución se adopta dentro del plazo previsto por el artículo 25.4 del Reglamento General de Contratación Administrativa.-------------------------------------------------------------------------

CONSIDERANDO

  1. Hechos probados: Para la resolución de esta gestión se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que Alan Thompson Chacón es hijo de Roberto Thompson P. y de Maruja Chacón P. (Ver certificación del Registro Civil de las doce horas del siete de junio del dos mil seis. 2) Que Roberto Hernán Thompson Chacón es hermano de Alan Thompson Chacón. (Ver certificación del Registro Civil de las doce horas del siete de junio de dos mil seis). 3) Que Roberto Hernán Thompson Chacón fue nombrado como Viceministro de la Presidencia. (Ver La Gaceta 101 del 26 de mayo de 2006). 4) Que el señor Alan Thompson Chacón ejerce como abogado desde 1985 y como notario público desde el año 1987. (Ver certificaciones emitidas por el Colegio de Abogados de las quince horas con cincuenta y tres minutos del nueve de mayo de dos mil seis y de la Dirección Nacional de Notariado de las catorce horas veintisiete minutos del doce de mayo de dos mil seis). -----------------------------------------II.-Sobre el fondo: El artículo 22 bis, incisos h) de la Ley de la Contratación Administrativa dispone que están inhibidos de participar, directa o indirectamente, como oferentes en los procedimientos de contratación administrativa: “… h) “El cónyuge, el compañero o la compañera en la unión de hecho, de los funcionarios cubiertos por la prohibición, así como sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado inclusive...”. Por su parte, el artículo 23 de la citada Ley dispone que “ la prohibición expresada en los incisos h) e i) del artículo anterior podrá levantarse en los siguientes casos: a) Cuando se demuestre que la actividad comercial desplegada se ha ejercido por lo menos un año antes del nombramiento del funcionario que origina la prohibición (...) Mediante el trámite que se indicará reglamentariamente, la Contraloría General de la República acordará levantar la incompatibilidad (…) Asimismo, el artículo 25 del Reglamento General de Contratación Administrativa, reitera lo que señala el numeral 23 antes citado e indica la forma cómo debe gestionar el interesado. Vistos los hechos que se han tenido como demostrados, se tiene que, efectivamente, el licenciado Alan Thompson Chacón (hechos probados 1, 2 y 3) se vería afectado por la prohibición contenida en el artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, reformada por ley 8422, dado que su hermano ostenta el cargo de Viceministro de la Presidencia y está en relación de segundo grado por consaguinidad con él (hecho probado 2). Interesa determinar, si al señor Thompson Chacón se dedica en forma habitual, por lo menos un año antes del surgimiento del supuesto de inhibición, a desarrollar la actividad potencialmente objeto de una contratación administrativa. Según lo acreditado ante este Despacho, el gestionante se ha dedicado, en forma habitual a prestar servicios de abogacía y de notariado por más de diez años (ver hecho probado 4), con lo cual se cumple el supuesto de ley que exige que la actividad sea desarrollada con una antelación mínima de un año a la fecha de




surgimiento del supuesto de inhibición que, en el caso bajo examen, es el nombramiento, a partir del pasado 8 de mayo de 2006 (véase hecho probado 3); por lo que es procedente otorgar el levantamiento. Asimismo, advertimos que en las posibles contrataciones de servicios de abogacía y notariado, en que esté interesado participar el petente, deberá guardarse la necesaria objetividad y transparencia en los procedimientos promovidos en el Ministerio de La Presidencia para el cual labora como Viceministro de La Presidencia, el señor Roberto Hernán Thompson Chacón y por ello, deberá tenerse presente lo que dispone el artículo 38, de la Ley 8422, en su inciso c). La presente resolución tiene vigencia a partir del día siguiente a su notificación, de modo que no avala la participación del gestionante en procedimientos de contratación administrativa anteriores a esta resolución.--------------------------------------------------

POR TANTO

De conformidad con lo expuesto y lo que disponen los artículos 22 bis, inciso h); y 23 de la Ley de Contratación Administrativa (reformados por Ley N° 8422, La Gaceta #212 de 29 de octubre del 2004), y 25 del Reglamento General de Contratación Administrativa se resuelve: Levantar la prohibición al licenciado Alan Thompson Chacón, para que, a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, pueda participar válidamente en los procedimientos de contratación administrativa, que dentro del ramo de servicios de abogacía y notariado, sean promovidos por la Administración Pública.------------------------------------------------------------------------------------------------

NOTIFIQUESE.--------------------------------------------------------------------------------------------------------




Lic. Jesús Mora Calderón Licda. Maritza Chacón Arias

Gerente Asociado Fiscalizadora


MCHA/mst

Ni: 12193, 13139

DCA-1565

Ci: Archivo Central

G: 2006002856-1





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