COMÚN
PARA TODAS LAS CATEGORÍAS:
Fotocopia
del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente.
Certificado
de vida laboral.
Declaración
responsable de no haber sido separados/as mediante expediente
disciplinario del servicio en ninguna de las administraciones
públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de
funciones públicas.
Declaración
bajo juramento o promesa de no padecer enfermedad o defecto
físico o psíquico que le impida desarrollar las
funciones propias del puesto demandado.
REQUISITOS
ESPECÍFICOS DE TITULACIÓN (sólo categorías
indicadas):
COORDINADOR/A
DE AZAFATAS/OS Y DE GUÍAS TURISTICOS/AS: Estar
en posesión del título de Diplomado Universitario o
Grado en Turismo y estar
en posesión de títulos oficiales acreditativos de
conocimientos de inglés o portugués.
GUÍA
TURÍSTICO/A y AZAFATA/O: Estar
en posesión del Graduado Escolar o Equivalente.
PEONES
Y AUXILIAR DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y MOVILIDAD:
Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o
Equivalente.
REQUISITOS
ESPECÍFICOS PARA PEONES/AS DE LIMPIEZA VIARIA Y SERVICIOS
GENERALES, PEONES/AS DE LIMPIEZA y AUXILIAR DE VIGILANCIA Y
MOVILIDAD:
Certificado
de prestación actual expedidos
por el correspondiente Servicio Público de Empleo
competente, tanto de la persona solicitante como de aquellos
miembros que formen parte de la unidad familiar en edad laboral
(estos últimos sólo para los supuestos de
valoración de cargas familiares).
Fotocopia
compulsada del libro de familia y certificado de convivencia.
Certificado
de grado de discapacidad y/o resolución de reconocimiento
de la situación de dependencia de familiar a su cargo.
Certificado
de pensiones públicas, expedido por el INSS y Órgano
de la Administración Autónoma, para el supuesto de
alegar discapacidad, tanto del solicitante como de cualquier
miembro de la unidad familiar.
REQUISITOS
ESPECÍFICOS PARA GUÍA TURÍSTICO/A, AZAFATA/O
Y COORDINADOR/a DE AZAFATAS/OS Y DE GUÍAS:
Para
valoración de Formación:
Fotocopias
compulsadas de titulaciones u habilitaciones relacionadas con el
puesto a desempeñar, así como de cursos de
formación, idiomas y perfeccionamiento relacionados con
las funciones de la plaza a la que se participa.
Para
valoración experiencia profesional:
En
su caso, para acreditar la experiencia laboral en el sector
público, será necesario presentar original o
fotocopia compulsada de certificados o documento que corresponda,
según proceda, de los servicios prestados, con indicación
de la especialidad y categoría profesional, fecha de
inicio y finalización.
En
su caso, para acreditar la experiencia laboral en el sector
privado y por cuenta ajena, será necesario presentar
además originales o fotocopias compulsadas de los
contratos de trabajo en los que conste la categoría
profesional y especialidad de los puestos desempeñados. En
defecto de contrato, podrá presentarse certificado de
empresa. Si existiese contradicción entre el contrato y el
informe de vida laboral en cuanto a la categoría laboral,
se estará a la definición que por este concepto
figure en el contrato laboral. En caso de omitirse la categoría
laboral en el contrato se estará al grupo de cotización
que figure en el informe de vida laboral.
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