LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE TACNA
NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
Fecha de Publicación: 08/03/2017
La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado con D.S. Nº 133-2013-EF modificado con Ley N° 30264, cumple con NOTIFICAR a la persona detallada en el cuadro:
Administrado |
Documento de Determinación |
Sumilla |
DAMIÁN VÍCTOR JOFRÉ JOFRÉ identificado con cedula de identidad chilena N° 5.874.918-4 |
Resolución Jefatural de División N° 172-3G0100/2017-000007 del 13.01.2017. |
Mediante la Resolución Jefatural de División N° 172-3G0100/2017-000007, ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO del vehículo AUTOMOVIL de matrícula FBGC.76-K, marca HYUNDAI, modelo VERNA 1.5 AUT, año 2001, motor N° G4EA1067205 y chasis N° KMHCG41FP1U275887, por haber excedido el plazo de permanencia en el Perú. ARTÍCULO SEGUNDO.- Otorgar a DAMIÁN VÍCTOR JOFRÉ JOFRÉ identificado con cedula de identidad chilena N° 5.874.918-4, un plazo de diez (10) días hábiles, computados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución, para que proceda a entregar el citado vehículo al área de almacén más cercana de la SUNAT, precisando que el incumplimiento del presente plazo será sancionable con una multa igual al valor FOB del vehículo, según lo previsto en el último párrafo del artículo 197° de la LGA. ARTÍCULO TERCERO.- Oficiar y remitir copia de la presente Resolución a la Policía Nacional del Perú para que disponga la captura a nivel nacional del vehículo detallado en el artículo primero de la presente resolución. ARTÍCULO CUARTO.- Oficiar y remitir copia de la presente Resolución a la SUNARP para prevenir la posible inmatriculación del vehículo detallado en el artículo primero de la presente resolución. |
5 PRONUNCIAMIENTO Nº 2322013DSU ENTIDAD SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN
5 TD8390765 OPINIÓN Nº 0972016DTN ENTIDAD SUPERINTENDENCIA DE BANCA
7 TD 7054033 OPINIÓN Nº 1392015DTN ENTIDAD SUPERINTENDENCIA NACIONAL
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