MODELO DE ACUERDO ENTRE BENEFICIARIOS |
PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO:
ACRÓNIMO: ...............................
TÍTULO: ……………………………
REUNIDOS:
D./ Dña. ...................... en calidad de (función) .................... representante legal de (nombre de la entidad) .......................... , designada por el presente documento como Beneficiario Principal del Proyecto,
D./ Dña. ...................... en calidad de (función) .................... representante legal de (nombre de la entidad) .......................... , como beneficiario nº 2 del Proyecto,
D./ Dña. ...................... en calidad de (función) ....................representante legal de (nombre de la entidad) .......................... , como beneficiario nº 3 del Proyecto,
....... (añadir tantas líneas como socios tenga el proyecto)
VISTO el Reglamento (CE) Nº 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006 por el que se establecen las disposiciones generales relativas a los Fondos Estructurales, que contempla en los artículos 3 y 4 para el Objetivo de Cooperación territorial europea la intensificación de la cooperación transfronteriza a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), y el artículo 7 en el que se establecen las zonas subvencionables a efectos de la cooperación transfronteriza.
VISTO EL Reglamento (CE) Nº 1989/2006 que modifica el anexo III del Reglamento (CE) Nº 1083/2006.
VISTO el Reglamento (CE) Nº 1341/2008 del Consejo de 18 de diciembre de 2008 por el que se modifica el Reglamento (CE) 1083/2006 en lo que respecta a determinados proyectos generadores de ingresos.
VISTO el Reglamento (CE) Nº 284/2009 del Consejo de 7 de abril de 2009 por el que se modifica el Reglamento (CE) 1083/2006 por lo que se refiere a determinadas disposiciones relativas a la gestión financiera.
VISTO el Reglamento (CE) Nº 1080/2006 del Parlamento y del Consejo de 5 de julio de 2006 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, que recoge en su artículo 6 las prioridades de la Cooperación territorial europea, y en el Capítulo III las “disposiciones particulares en relación con el Objetivo de Cooperación territorial europea”.
VISTO el Reglamento (CE) Nº 397/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 6 de mayo de 2009 que modifica el Reglamento (CE) 1080/2009 por lo que se refiere a la subvencionabilidad de las inversiones en eficiencia energética y energías renovables en las viviendas.
VISTO el Reglamento (CE) Nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, que fija las normas de desarrollo para el Reglamento (CE) Nº 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondos Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) Nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y su corrección de errores del 15 de febrero de 2007.
VISTO el Reglamento (CE) Nº 846/2009 de la Comisión de 1 de septiembre de 2009 que modifica al Reglamento (CE) Nº 1828/2006.
VISTO el Programa Operativo de Cooperación Transfronteriza España – Portugal, aprobado por la Comisión Europea mediante la Decisión C(2007) 5165 de 25 de octubre de 2007 y modificado por las Decisiones C(2008) 749, de 25 de noviembre de 2008, y C(2009) 7886, de 14 de octubre de 2009, que define los objetivos y las finalidades de la cooperación entre las regiones subvencionables.
VISTA la convocatoria aprobada por el Comité de Seguimiento del Programa en su reunión del día 23 de febrero de 2010 en Faro y por la cual se establecen las modalidades de presentación de los proyectos para a su financiación con cargo al Programa Operativo de Cooperación Transfronteriza España – Portugal.
CONSIDERANDO que los firmantes del presente convenio han redactado de forma conjunta el proyecto (ACRÓNIMO) para el cual solicitan financiación con cargo al Programa Operativo de Cooperación Transfronteriza España – Portugal, y en concreto en su eje prioritario......
CONSIDERANDO que según el artículo 20 del Reglamento (CE) Nº 1080/2006 del Parlamento y del Consejo de 5 de julio de 2006 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, los beneficiarios de cada operación nombrarán un beneficiario principal, que será el encargado de la gestión financiera y de la coordinación de los diversos beneficiarios de la operación.
CONVIENEN:
ARTÍCULO 1 – OBJETO
El presente convenio define las modalidades de cooperación entre las partes firmantes y determina sus responsabilidades respectivas en la ejecución del proyecto de cooperación transfronteriza denominado (ACRÓNIMO) cuyo contenido ha sido aprobado por todos los beneficiarios, tal y como se define en el formulario de candidatura del proyecto.
La solicitud de financiación pública con cargo al eje prioritario ............, el formulario de proyecto y sus respectivos anexos forman parte del presente convenio.
El proyecto prevé un coste total elegible de ........................ €.
ARTÍCULO 2 – DESIGNACIÓN DEL BENEFICIARIO PRINCIPAL
Los beneficiarios de común acuerdo designan a (ENTIDAD) como Beneficiario Principal, siendo ésta la responsable del proyecto ante la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación y la Autoridad de Auditoría y coordinando el trabajo de los demás beneficiarios.
ARTÍCULO 3 – OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO PRINCIPAL
El Beneficiario Principal presenta, en nombre de todos los beneficiarios, la solicitud de subvención comunitaria para la realización del proyecto mencionado en el artículo 1 y se compromete a:
responder, en tanto que referente único de conformidad con el resto de los beneficiarios, a las solicitudes que pudiera requerir la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación, la Autoridad de Auditoría y el Secretariado Técnico Conjunto del Programa,
coordinar a todos los beneficiarios firmantes del presente convenido en todos los aspectos que dependen de la gestión técnica, administrativa y financiera del proyecto,
canalizar la comunicación del proyecto con las estructuras de gestión del Programa a través del Secretariado Técnico Conjunto,
comunicar puntualmente a los demás beneficiarios los resultados de la instrucción y las decisiones adoptadas por el Comité de Gestión y/o Comité Territorial competente, así como toda la información necesaria para la gestión y desarrollo del proyecto,
comunicar a la Autoridad de Gestión las decisiones y modificaciones adoptadas por el conjunto de los beneficiarios,
velar por la puesta en marcha y la ejecución del proyecto conforme a lo expuesto en el formulario de candidatura del proyecto, respetando los plazos previstos,
firmar, junto con la Autoridad de Gestión, el Acuerdo entre Autoridad de Gestión y Beneficiario Principal
garantizar el inicio coordinado del proyecto e informar a la Autoridad de Gestión de la puesta en marcha del mismo,
garantizar la ejecución de la operación en su integridad y que el gasto declarado por los beneficiarios participantes ha sido realizado con la finalidad de ejecutar la operación y corresponde a las actividades acordadas,
comprobar que el gasto declarado por los beneficiarios ha sido validado por los responsables del control,
organizar el expediente de declaración de gastos y la ayuda FEDER del conjunto del proyecto,
garantizar ante la Autoridad de Gestión la disponibilidad de una contabilidad separada para la operación cofinanciada,
suministrar, a la Autoridad de Gestión información periódica de avance físico, administrativo y financiero, en el formato que sea necesario para la implementación del sistema de seguimiento,
conservar y tener disponible durante los tres años siguientes al cierre del programa operativo, todos los documentos justificativos (originales o copias certificadas conformes) relacionados con los gastos y con las auditorías correspondientes, en previsión de solicitudes por parte de la Comisión, de la Autoridad de Gestión, de Certificación o de Auditoría, conforme al artículo 90 del Reglamento (CE) Nº 1083/2006, sin perjuicio del cumplimiento de plazos más dilatados, de conformidad con las disposiciones administrativas particulares de cada Estado Miembro.
ARTÍCULO 4 – OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS DEL PROYECTO
Los beneficiarios aceptan la coordinación técnica, administrativa y financiera del Beneficiario Principal con el fin de facilitar sus obligaciones ante las Autoridades de Gestión, Certificación y Auditoría.
Además todos los beneficiarios (incluido el Beneficiario Principal) se comprometen a:
contestar rápidamente a las solicitudes de información, así como facilitar los documentos necesarios para la instrucción,
ejecutar las actividades que les son asignadas en el formulario de candidatura en los plazos propuestos.
facilitar la documentación necesaria para los controles de ejecución del proyecto y la certificación de gastos,
asumir la responsabilidad en caso de cualquier irregularidad en el gasto que se haya declarado (según establece el apartado 2.a) del artículo 20 del Reglamento (CE) Nº 1080/2006.
asegurar la publicidad de la participación europea según las disposiciones establecidas por el Reglamento (CE) Nº 1828/2006 en vigor,
respetar las políticas comunitarias, y especialmente las reglas de:
competencia y contratación,
protección del medio ambiente,
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
Por su parte, los beneficiarios se comprometen a:
comunicar su aceptación de las decisiones y eventuales modificaciones que pueda adoptar el Comité de Gestión y/o Comité Territorial competente y que le sean comunicadas por el Beneficiario Principal,
transmitir al Beneficiario Principal información periódica de avance físico, administrativo y financiero de cara a la alimentación del sistema de seguimiento,
enviar al Beneficiario Principal las certificaciones de gastos con vistas a la solicitud de los pagos intermedios y final,
enviar al Beneficiario Principal la documentación correspondiente a la ejecución del proyecto,
ARTÍCULO 5 – ESTRUCTURA DEL PARTENARIADO
El Beneficiario Principal y los restantes beneficiarios garantizarán el sistema de seguimiento del proyecto a través de la estructura de partenariado que se expone en el formulario de candidatura.
ARTÍCULO 6 – OBLIGACIONES FINANCIERAS DEL BENEFICIARIO PRINCIPAL Y DE LOS BENEFICIARIOS
El Beneficiario Principal y los demás beneficiarios se comprometen a:
llevar una contabilidad separada correspondiente a la ejecución del proyecto, tanto para la financiación FEDER como para las correspondientes contrapartidas,
conservar una copia de toda la documentación relativa a la ejecución del proyecto,
aceptar el control de las estructuras de control del Programa, de los servicios comunitarios competentes y de las administraciones que cofinancien el proyecto, en todo lo relativo a la ejecución del proyecto y a la utilización de las subvenciones concedidas.
ARTÍCULO 7 – CUADRO FINANCIERO DEL PROYECTO
El Beneficiario Principal y los demás beneficiarios acuerdan el cuadro financiero que se incluye en el formulario de candidatura y en el cual se indica que el coste total elegible del proyecto será de .............. €, de los cuales .........€ se solicitan como ayuda FEDER (completar cuadro financiero).
ARTÍCULO 8 – CIRCUITO FINANCIERO FEDER
El Beneficiario Principal será responsable de ordenar la transferencia de la contribución FEDER a los beneficiarios que participen en la operación.
La transferencia de la ayuda FEDER a los beneficiarios, previa autorización del Beneficiario Principal a la Autoridad de Certificación, bajo reserva de la disponibilidad de los fondos FEDER, únicamente se efectuará cuando se complete el circuito de control de la validación de los gastos, es decir:
se presenten declaraciones y justificantes de gastos remitidos por cada uno de los beneficiarios al beneficiario principal utilizando los formularios específicos del Programa.
sean verificados y validados por los servicios de control
se transmita un informe de avance físico de realización del proyecto.
La recepción de los gastos en los servicios encargados del control y validación de los mismos se hará de manera continua a lo largo del año.
ARTÍCULO 9 – COFINANCIACIÓN NACIONAL
La cofinanciación nacional correspondiente a la ayuda FEDER otorgada esta garantizada de la forma que queda recogida en el cartas de compromiso de participación del formulario de candidatura y en el formulario financiero.
ARTÍCULO 10 – REEMBOLSO DE LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS
Cada beneficiario participante en la operación asumirá la responsabilidad en caso de cualquier irregularidad en el gasto que haya declarado.
Por lo tanto:
En caso de incumplimiento por un(os) beneficiario(s) de las cláusulas del presente Acuerdo y en particular, de la no ejecución total o parcial de la parte del proyecto que le(s) incumbe, de la modificación del plan de financiación o del programa de los trabajos sin autorización previa, de la utilización de fondos no conforme al objeto del presente convenio o de la negativa a someterse a los controles; el Beneficiario Principal deberá exigir el reintegro parcial o total de los importes FEDER pagados a su(s) beneficiario(s).
En los casos citados anteriormente, el (los) beneficiario(s) en cuestión se compromete(n) a proceder al reintegro de los fondos FEDER indebidamente percibidos en el más breve plazo vía Beneficiario Principal y, como muy tarde en los 30 días que siguen al recibo de la orden reembolso remitida al Beneficiario Principal por la Autoridad de Gestión
ARTÍCULO 11 – GESTIÓN DE CONFLICTOS EN EL MARCO DEL PARTENARIADO
Es responsabilidad del partenariado formado por los beneficiarios tratar los litigios entre beneficiarios, incluyendo los que pudiera existir entre los beneficiarios y el Beneficiario Principal. Si, pese a todo, las diferencias no pueden solucionarse en el seno del partenariado, serán objeto de análisis y decisión por los órganos de gestión del Programa.
ARTÍCULO 12 – CONTENCIOSOS
Este convenio se rige según la legislación vigente en el país donde se encuentre la sede social del Beneficiario Principal, con la salvedad de las disposiciones del acuerdo sobre las leyes aplicables a las obligaciones contractuales 80/934/CEE firmado en Roma el 19 de junio de 1980. El tribunal competente será el correspondiente a la sede social del Beneficiario Principal.
ARTÍCULO 13 – VIGENCIA DEL ACUERDO
La vigencia de este convenio está condicionada a todos los efectos a la aprobación de la candidatura del proyecto para su financiación en el marco del Programa Operativo de Cooperación Transfronteriza España – Portugal.
Toda modificación de este convenio durante la ejecución del proyecto deberá ser aprobada por el Comité de Gestión y comunicada por escrito a la Autoridad de Gestión, a través del Secretariado Técnico Conjunto, de forma previa a su aplicación.
Redactado en ................................. el día ............. de ............. de 200....
Los abajo firmantes declaran haber leído y aceptado el presente convenio.
Nombre de la Entidad |
Nombre y Función del Firmante |
Firma y Sello |
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M odelo de acuerdo entre beneficiarios
HOE KUN JE DEZE BOVENREGIONALE MODELOVEREENKOMST GEBRUIKEN?
MODELO DE SOCIEDAD CIVIL EN (CIUDAD) A
NOTAS PREVIAS A LOS MODELOS DE CONTRATOS EL
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