BUENOS AIRES … DE ………………… DE 2015 SEÑORES FULL

4 INTSUB2851 FORO DE LA OMC BUENOS
NUEVO TRATAMIENTO UNA PIEL MÁS SUAVE BUENOS AIRES
Revista Digital Buenos Aires año 7

1 GUIA BUENOS DÍAS ESTAMOS ACERCÁNDONOS A LA NAVIDAD
1 UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES 2 FACULTAD DE FILOSOFÍA
10 ANDRÉ GIDE DIARIO [18891949] BUENOS AIRES LOSADA 1963

MODELO F DE CARTA DE GARANTIA DE CONTENEDORES GENERAL CMA-CGM : COSTA ESTE - NORTE DE EUROPA - FAR EAST - MEDITERRANEO

Buenos Aires, … de ………………….. de 2015


Señores

FULL CARGO S.R.L.

Marcelo T. de Alvear 1354 6th Floor Suite "A"

C1058AAV - Buenos Aires - Argentina


De nuestra consideración:


En nuestra condición de tenedores legítimos de los Conocimientos de Embarque frecuentemente emitidos por vuestra empresa o sus agentes representantes en el exterior, confirmamos que trasladaremos por nuestra cuenta y riesgo, al depósito en la calle:______________________________Nº_______de la Localidad de ________________________los contenedores que en cada caso retiremos a los efectos de su desconsolidación.


La recepción y devolución de los contenedores sujetos a locación quedarán determinados por los formularios interchange que se extiendan como parte integrante de este contrato. Por la presente me constituyo en fiador liso y llano del tenedor legítimo del/los B/L a nosotros consignados, garantizando en forma personal su cumplimiento contractual, obligándome solidariamente e irrevocablemente ante ustedes a:


1) Devolver el/los contenedor/es en la plazoleta a designar por el armador dentro de la cantidad de días libres corridos otorgados por el armador, contados a partir del momento en que fue/fueron puesto/s a nuestra disposición; caso contrario responderemos por la demora pagando la multa que se detalla más abajo, en concepto de mora. El solo vencimiento de plazo señalado nos constituye automáticamente en mora, sin que sea necesario intimación alguna. Nos comprometemos a respetar los días y horarios establecidos por la plazoleta, para la devolución de contenedores, sin perjuicio de ello notificaremos la restitución con 24 horas de anticipación..


2) Asumir todos los costos y riesgos directos e indirectos que puedan resultar desde el preciso momento en que el/los contenedores fué/ron puesto/s a nuestra disposición, hasta su formal devolución.


3) Restituir el/los contenedor/es vacío/s en el mismo estado y condición en que por Uds. fueron entregado/s, caso contrario nos responsabilizaremos por los costos de su reparación y/o por los daños y perjuicios ocasionados por su indebido uso.


4) Abonar a Uds. previo a la devolución tardía, los cargos por demoras que resultan del cuadro tarifario que a continuación se detalla:


Sin cargo hasta 7 días corridos a contar desde el 1er. día siguiente a la finalización de la descarga del buque. Previo a la devolución tardía, abonaremos los cargos por demora que resultan del siguiente cuadro:






CONTENEDORES


Type

Free Time Days

8 day -> 10 - (US$)

11 day -> (US$)

 

 

DV20

7

75,00

110,00

 

DV40

7

90,00

115,00

 

HC40

7

90,00

115,00

 

 

 

 

 

 

EE20

7

75,00

85,00

 

EE40

7

95,00

95,00

 

EEHC

7

95,00

95,00

 

 

 

 

 

 

 

Free Time Days

4 day -> 6 - (US$)

7 day -> (US$)

 

 

RE20

3

85,00

120,00

 

RE40

3

120,00

165,00

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DV : Dry container, High Cube and Non Operative Reefer

 

EE : Special Container (Open Top, Flat Rack, Ventilated; Plataform)

 

RE : Reefer Container


5) Si por cualquier motivo el/los contenedor/es se perdieren, inutilizaren o su devolución resultare imposible nos obligamos a abonarles, sin perjuicio de lo previsto anteriormente, en carácter de indemnización, la suma que resulte de la aplicación de los valores indicados en el siguiente cuadro.


Equipos

Valor en USD

DV20

4.900,00

DV40

8.300,00

HC40

8.900,00

HC45

8.900,00

OT20

7.400,00

OT40

9.900,00

FR20

7.500,00

FR40

10.000,00

RE20

27.500,00

RE40

37.500,00

RH40

32.000,00

TA20

32.000,00

GS00

27.800,00






6°) El consignatario declara conocer los términos contemplados en la ley 24921 y en especial su artículo Nro. 46, asumiendo en consecuencia la total responsabilidad de abonar multas y/o gastos y/o honorarios que por el retardo en la restitución del/los contenedor/es a que se hace referencia en la Cláusula 1° pudiere ser exigible a FULL CARGO S.R.L.










Asimismo autorizamos a nuestro Despachante de Aduana: Señor/es _____________________Registro Nº __________________ Teléfono ______________________ a firmar el/los respectivo/s Container Interchange con el objeto de establecer el estado de/l lo/s contenedores de referencia al momento que los recibimos.


La presente carta garantía tiene vigencia desde el ….. de ……………….. de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2015




Saludamos a Uds. atentamente.







Firma (Certificada ante banco o escribano)

Aclaración:

DNI:


10 SUSANA ZANETTI (UNIVERSIDADE DE BUENOS AIRES E UNIVERSIDADE
117 BUENOS AIRES 4 DE AGOSTO DE 2005 VISTO
14 EL ESPAÑOL DE BUENOS AIRES Y LA INMIGRACIÓN


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