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FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN TÍTULO ACADÉMICO ESPECIALIDAD

FORMULARIO SOLICITUD ESTANCIA PROLONGADO O AVITUALLAMIENTO

FORMULARIO NOTIFICACIÓN:


A la Autoridad Portuaria de Vigo



En Vigo, a       de       de      


El abajo firmante       en nombre y representación de       pone de manifiesto que el Buque       con escala en este puerto nº       y atracado en el muelle de       cumple con los requisitos establecidos en el apartado 1.d) y e) del artículo 197 del RDL 2/2011, de 5 de septiembre, por lo que solicita le sea aplicado el coeficiente correspondiente a la situación abajo reseñada y en las cuantías establecidas por la Autoridad Portuaria



Buques de tráfico interior de mercancías y pasajeros exclusivamente en la zona de servicio del puerto, o en aguas marítimas interiores tales como rías o bahías.

Buques destinados al dragado y al avituallamiento.

Buques a flote en construcción, gran reparación, transformación, así como buques en desguace, fuera de un astillero. (1)

Buques a flote en construcción, gran reparación, transformación, así como buques en desguace en astillero. (1)

Buques pesqueros, cuando estén en paro biológico, o cuando alguna de sus especies objetivo estén en veda, o cuando carezcan de licencia o de permiso temporal de pesca o tengan asignada una cuota anual de pesca, incluso después de haber agotado completamente dicho cupo anual (1).

Buques en depósito judicial (1)

Buques inactivos, incluso pesqueros y artefactos flotantes.

Buques destinados a la prestación de los servicios portuarios.

Otros buques cuya estancia sea superior a un mes, a partir de que finalice dicho periodo.

(1) Debe acreditarse documentalmente la circunstancia alegada

- Se considerará estancia y utilización prolongada la que sea debida a los supuestos anteriores siempre que sea superior a siete días, salvo lo específicamente dispuesto al respecto en el último supuesto.

- En los supuestos de buques destinados a dragados, avituallamiento y de buques destinados a los servicios portuarios, serán de aplicación los valores desde el primer día de estancia en la Zona I.



- Se aplicarán los siguientes coeficientes correctores, en su caso, si:




Atraque o fondeo en Zona I para avituallarse, aprovisionarse o reparar, con estancia máxima de 48 horas.


Por el usuario/sujeto pasivo



Cumple requisitos


No cumple requisitos


Modificación situación


VºBº Autoridad Portuaria

Fdo:      


Esta notificación podrá ser presentada, firmada y sellada, en el registro de la Autoridad Portuaria, por fax al 986 268 001 o escaneada vía correo electrónico a [email protected]


FORMULARIO DE NUEVA EJECUCIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS CERTIFICADAS
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