VISADOS DE RESIDENCIA PARA INVESTIGADORES
Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización
Pueden solicitar este visado los investigadores que deseen realizar actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación en entidades públicas o privadas, en alguno de los siguientes casos:
a) El personal investigador al que se refieren el artículo 13 y la disposición adicional primera de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) El personal científico y técnico que lleve a cabo trabajos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, en entidades empresariales o centros de I+D+i establecidos en España.
c) Los investigadores acogidos en el marco de un convenio por organismos de investigación públicos o privados, en las condiciones que se establezcan reglamentariamente.
d) Los profesores contratados por universidades, órganos o centros de educación superior e investigación, o escuelas de negocios establecidos en España, de acuerdo con los criterios que se establezcan reglamentariamente
El solicitante de visado debe ser mayor de 18 años y no encontrarse en situación irregular en España. La solicitud de visado se presentará personalmente o a través de representante debidamente acreditado mediante acta notarial apostillada, aportando la siguiente documentación en original
Pasaporte vigente o título de viaje, reconocido como válido en España con una vigencia superior a un año. Original y fotocopia
DOS FORMULARIOS DE SOLICITUD DE VISADO NACIONAL cumplimentados. Descargar en:
DOS FOTOGRAFÍAS: a color, de frente, fondo blanco, tamaño credencial, recientes.
TASAS DE VISADO: pago en efectivo al momento de su cita. Consultar importe en: Tasas Consulares. )
CREDENCIAL DE ELECTOR O DOCUMENTO MIGRATORIO, con domicilio en la demarcación consular del Consulado General de España en Monterrey. Consultar la demarcación consular (original y copia)
Certificado de no antecedentes penales expedido en los últimos tres meses por la autoridad competente del país o países donde el interesado haya residido los últimos cinco años, con la apostilla de La Haya.
Autorización de residencia y trabajo para formación o investigación dictada por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Número de Identidad de Extranjero (NIE) (original y copia)
En caso de no disponer de NIE, deberá solicitarlo en el momento de presentar la solicitud de visado.
Consultar información en el apartado “Consulado” de esta página web)
Visados de residencia para familiares
También pueden solicitar visado de residencia, cuando se reúnan o acompañen al solicitante:
- cónyuge
- persona vinculada con análoga relación de afectividad
- hijos menores de 18 años o mayores que, dependiendo económicamente del titular, no hayan constituido por si mismos una unidad familiar.
- ascendientes a cargo.
Documentación necesaria:
La que figura en los requisitos generales núm. 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 8
Actas de nacimiento o matrimonio, con la apostilla de La Haya , para acreditar el parentesco.
Documentación que acredite la relación de afectividad análoga a la conyugal.
Documentación que acredite que cuenta con medios económicos suficientes para el periodo de residencia que solicita o acreditar una fuente de percepción periódica de ingresos, para si mismo y, en su caso, su familia. Se deberá acreditar un mínimo de 532 euros mensuales por cada familiar a cargo.
Seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España, por el tiempo de la estancia, justificante del pago y condiciones del seguro.
Si el familiar cuenta también con autorización de residencia como familiar de investigadores emitida por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, no será necesario presentar los requisitos relativos a medios económicos suficientes ni seguro de enfermedad.
IMPORTE DE VISADOS TURISMO 6 MESES 50 EUROS
MOTORES DE ALQUILER Y SEGUNDA MANO TOTALMENTE REVISADOS MOTORES
PROCEDIMIENTO%20GENERAL%20PARA%20LA%20SOLICITUD%20DE%20VISADOS
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