CAMBIOS EXCEPCIONALES DE ESPECIALIDAD EL REAL DECRETO 1832008 DE

19 GOBIERNOS LOCALES Y MUJERES NUEVOS CAMBIOS Y DESAFIOS
5 CAMBIOS INTRODUCIDOS EN LA ÚLTIMA EDICIÓN (NOV
7 ALGUNOS CAMBIOS EN LA ESFERA DE LA FAMILIA

8 CAMBIOS EN LA LENGUA EL CONFLICTO ENTRE LA
A ACTIVIDAD CAMBIOS TECNOLÓGICOS Y REVOLUCIÓN DE LOS TRANSPORTES
ACELERACIÓN LA ACELERACIÓN RELACIONA LOS CAMBIOS DE LA VELOCIDAD

Cambios Excepcionales de Especialidad

Cambios Excepcionales de Especialidad

El Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada, en su artículo 31 regula los cambios excepcionales de especialidad. Los requisitos para solicitar un cambio de especialidad son los siguientes:

El procedimiento que se sigue en estos casos es el siguiente:

 

La presente información no tiene carácter de resolución y se emite a los efectos informativos definidos en el artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


Reconocimiento de Periodos Formativos Previos

La Orden Ministerial de 18 de junio de 1993 (Boletín Oficial del Estado de 24 de junio), regula el reconocimiento de periodos formativos previos. Dicho procedimiento establece una serie de requisitos que son:

Según la citada Orden y el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada, el procedimiento que se sigue en estos casos es el siguiente:

No se reconocerán en ningún caso los periodos o cursos realizados en otros países ni los cursados sin autorización administrativa previa o sin la inscripción previa del interesado en el Registro Nacional de Especialistas en Formación.

 

La presente información no tiene carácter de resolución y se emite a los efectos informativos definidos en el artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

CAMBIOS EXCEPCIONALES DE ESPECIALIDAD EL REAL DECRETO 1832008 DE CAMBIOS EXCEPCIONALES DE ESPECIALIDAD EL REAL DECRETO 1832008 DE


ACTIVIDAD CAMBIO DE UNIDADES REALIZA LOS SIGUIENTES CAMBIOS DE
ACUERDO DE PROGRAMA DE INTERCAMBIOS ENTRE LA UNIVERSIDAD …………………
ADMISIÓN AMBULATORIO CONTROL DE CAMBIOS DEL DOCUMENTO VERSIÓN FECHA


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