PARA TRASLADO DE DOMINIOS DE UN PROVEEDOR HACIA OTRO

11 TRASLADO DE PACIENTE CRÍTICO DR HERIBERTO PÉREZ ALARCÓN
ADJUDICACIONES PROVISIONALES DEL CONCURSO DE TRASLADO EN ASTURIAS CUERPO
ANEXO DE TRASLADOS EXPEDIENTE ACTIVIDAD FECHA LOCALIDAD PROVINCIA COMUNIDAD

ANEXO I ESTUDIO EXPEDIENTE ACADÉMICO TRASLADO A GRADO EN
ANEXO V INFORME PERSONAL POR TRASLADO PARA LA EDUCACIÓN
ANEXO VI CERTIFICACIÓN PARA TRASLADO EN EDUCACIÓN PRIMARIA ORDEN

PARA TRASLADO DE DOMINIOS DE UN PROVEEDOR HACIA OTRO

PARA TRASLADO DE DOMINIOS DE UN PROVEEDOR HACIA OTRO.


El NIC.NI como entidad registradora de nombres de dominio para nicaragua, como parte de la mesa directiva de AIN y en cumplimiento a las normas y estatutos establecidos, as� como de los acuerdos suscritos.


Establece como requisito para el traslado de un cliente que tiene servicios contractuales con un proveedor, solicitar una carta a su proveedor de servicio actual que deber� presentar a las oficinas del NIC.NI, entendiendo el NIC.NI con tal documento que el proveedor de servicio suspende el direccionamiento del dominio del cliente, liber�ndolo para poder ser direccionado a los nuevos servidores que el cliente estime conveniente.


El documento deber� ser firmado y sellado por la persona o �rea responsable designada por el proveedor de servicio facultado para tal efecto.


Es responsabilidad de los nuevos proveedores el cumplimiento de los acuerdos establecidos, garantizar que el cliente este liberado del proveedor anterior a fin de evitar problemas que produzcan conflictos de ruteo o direccionamiento del dominio del cliente.


El NIC.NI no se hace responsable por los da�os y perjuicios ocasionados por incumplimientos contractuales, pues no somos entidad para dirimir conflictos, cumplimos con la responsabilidad de llevar y orientar a las partes en conflictos ante las entidades pertinentes de car�cter judicial o civil establecidas para dirimir conflictos, en este caso toda violaci�n a los acuerdos establecidos en AIN deber�n de ser llevados a mediaci�n a AIN, organizaci�n establecida y constituida.

Para realizar el traslado de un dominio de un proveedor a otro es necesario, presentar la solvencia o carta extendida del proveedor anterior, este documento es un indicativo que el proveedor se da por enterado de la suspensi�n del dominio por parte del cliente, o la cancelaci�n del servicio, este es un requerimiento por parte del NIC.NI para traslados de un proveedor hacia otro.


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