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ORDENANZA MUNICIPAL

N°100-MVES


Villa El Salvador, 15 de diciembre del 2004


Visto: En sesión de Consejo de la Fecha, el proyecto del Reglamento de funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Villa El Salvador;


CONSIDERANDO:

Que, en conformidad al ART: 105 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital es aprobado por la Ordenanza Municipal, durante el primer trimestre de su funcionamiento, a propuesta de l propio Consejo de Coordinación Local Distrital tal como es el presente caso:


Estando a lo debatido, contando con el voto Unánime del Consejo Municipal, en uso de las atribuciones conferidas por los Incs. 8del Art. 9°, así como del Art. 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta de la Sesión de Consejo, se expide la siguiente:


ORDENANZA


Articulo 1°.- Aprobar el REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL (CCLD), el mismo que consta de VIII Títulos, X Capítulos, IV Subcapitulos y 4 Disposiciones Finales que forman parte de la presente Ordenanza.


Articulo 2°.-Dispóngase la publicación del Reglamento antes citado en el portal institucional: munives.gob.pe, en aplicación del Art. 5° inciso 1) del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 – “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica“ en concordancia con los Arts. 8° y 9° de su Reglamento D.S. N° 072-2003-PCM, encargándola dicha labor a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.


Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.


JAIME A. ZEA USCA

Alcalde


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