Formulario
para la confirmación anual del estatus libre de peste porcina
clásica (PPC)
de los Miembros de la OIE
El Delegado deberá completar, fechar y firmar este cuestionario y enviarlo a [email protected] durante el mes de noviembre de cada año.
AÑO________ |
PAÍS________________________ |
De conformidad con la Resolución No. 15 del Procedimiento adaptado de 2020 y otras resoluciones anteriores pertinentes, los Miembros que dispongan de un estatus sanitario o categoría de riesgo de EEB oficialmente reconocido deberán volver a confirmar cada año, durante el mes de noviembre, que dicho estatus sigue siendo el mismo.
PREGUNTAS |
SÍ |
NO |
¿Ha habido algún brote de PPC en los cerdos domésticos y silvestres cautivos durante los últimos doce meses? |
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¿Ha habido pruebas de infección por el virus de la PPC en los cerdos domésticos y silvestres cautivos durante los últimos doce meses? |
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¿Se ha realizado alguna vacunación contra la PPC en los cerdos domésticos y silvestres cautivos durante los últimos 12 años? Si es el caso, responda la pregunta número 4. |
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Si se ha implementado una vacunación contra la PPC, ¿se han utilizado vacunas y medios acordes con el Capítulo 3.8.3. del Manual Terrestre para efectuar la distinción entre los cerdos vacunados y los infectados? |
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N/A (sin vacunación) |
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Si los cerdos y los productos derivados de los cerdos son importados, ¿se importan respetando como mínimo los requisitos expresados en el Capítulo 15.2.? |
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N/A (no hay importación) |
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¿La vigilancia de las operaciones se efectúa de acuerdo con los artículos 15.2.26. a 15.2.32.? |
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¿Se ha observado algún cambio en la situación epidemiológica u otro evento significativo con respeto a la PPC en los cerdos domésticos, silvestres cautivos o asilvestrados durante los últimos doce meses? |
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Por favor, añada todo comentario adicional y/o adjunte material pertinente asociado con su confirmación anual de País libre de PPC |
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Certifico que la información brindada es la correcta.
Fecha: Firma del/de la Delegado/a: |
[Referencia al correspondiente artículo del capítulo del Código sanitario para los animales terrestres (2019) relativo a la PPC]
Artículo 15.2.3. País o zona libre de peste porcina clásica Podrá considerarse que un país o una zona están libres de peste porcina clásica cuando se cumplan el Artículo 15.2.2. y cuando: se haya establecido una vigilancia acorde con los Artículos 15.2.26. a 15.2.32. durante, por lo menos, los 12 últimos meses; no se haya registrado ningún brote de peste porcina clásica en los cerdos domésticos y silvestres cautivos durante los 12 últimos meses; no se haya detectado ningún indicio de la existencia de la infección por el virus de la peste porcina clásica en los cerdos domésticos y silvestres cautivos durante los 12 últimos meses; no se haya vacunado contra la peste porcina clásica a ningún cerdo doméstico o silvestre cautivo durante los 12 últimos meses a menos que existan medios, validados de acuerdo con el Capítulo 3.8.3. del Manual Terrestre, para distinguir a los cerdos vacunados de los infectados; los cerdos y mercancías porcinas importados cumplan los requisitos descritos en los Artículos 15.2.7. a 15.2.14. Sólo previa aceptación por la OIE de las pruebas presentadas según lo dispuesto en el Capítulo 1.9. podrán el país o la zona propuestos ser incluidos en la lista de países o zonas libres de peste porcina clásica. Para permanecer en la lista, será preciso volver a aportar cada año la información a la que se refieren los anteriores apartados 1) a 5), y cualquier cambio de la situación epidemiológica u otros episodios significativos deberán comunicarse a la OIE de acuerdo con los requisitos del Capítulo 1.1. |
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Formulario
para la confirmación anual del estatus libre de peste porcina
clásica (PPC)
de los Miembros de la OIE
El Delegado deberá completar, fechar y firmar este cuestionario y enviarlo a [email protected] durante el mes de noviembre de cada año.
AÑO________ |
PAÍS________________________ |
ZONA_______________________ |
De conformidad con la Resolución No. 15 del Procedimiento adaptado de 2020 y otras resoluciones anteriores pertinentes, los Miembros que dispongan de un estatus sanitario o categoría de riesgo de EEB oficialmente reconocido deberán volver a confirmar cada año, durante el mes de noviembre, que dicho estatus sigue siendo el mismo.
PREGUNTAS |
SÍ |
NO |
¿Ha habido algún brote de PPC en los cerdos domésticos y silvestres cautivos durante los últimos doce meses? |
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¿Ha habido pruebas de infección por el virus de la PPC en los cerdos domésticos y silvestres cautivos durante los últimos doce meses? |
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¿Se ha realizado alguna vacunación contra la PPC en los cerdos domésticos y silvestres cautivos durante los últimos 12 años? Si es el caso, responda la pregunta número 4. |
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N/A (sin vacunación) |
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Si se ha implementado una vacunación contra la PPC, ¿se han utilizado vacunas y medios acordes con el Capítulo 3.8.3. del Manual Terrestre para efectuar la distinción entre los cerdos vacunados y los infectados? |
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Si los cerdos y los productos derivados de los cerdos son importados, ¿se importan respetando como mínimo los requisitos expresados en el Capítulo 15.2.? |
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N/A (no hay importación) |
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¿La vigilancia de las operaciones se efectúa de acuerdo con los artículos 15.2.26. a 15.2.32.? |
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¿Se ha observado algún cambio en la situación epidemiológica u otro evento significativo con respeto a la PPC en los cerdos domésticos, silvestres cautivos o asilvestrados durante los últimos doce meses? |
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Por favor, añada todo comentario adicional y/o adjunte material pertinente asociado con su confirmación anual de zona libre de PPC |
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Certifico que la información brindada es la correcta.
Fecha: Firma del/de la Delegado/a: |
[Referencia al correspondiente artículo del capítulo del Código sanitario para los animales terrestres (2019) relativo a la PPC]
Artículo 15.2.3. País o zona libre de peste porcina clásica Podrá considerarse que un país o una zona están libres de peste porcina clásica cuando se cumplan el Artículo 15.2.2. y cuando: se haya establecido una vigilancia acorde con los Artículos 15.2.26. a 15.2.32. durante, por lo menos, los 12 últimos meses; no se haya registrado ningún brote de peste porcina clásica en los cerdos domésticos y silvestres cautivos durante los 12 últimos meses; no se haya detectado ningún indicio de la existencia de la infección por el virus de la peste porcina clásica en los cerdos domésticos y silvestres cautivos durante los 12 últimos meses; no se haya vacunado contra la peste porcina clásica a ningún cerdo doméstico o silvestre cautivo durante los 12 últimos meses a menos que existan medios, validados de acuerdo con el Capítulo 3.8.3. del Manual Terrestre, para distinguir a los cerdos vacunados de los infectados; los cerdos y mercancías porcinas importados cumplan los requisitos descritos en los Artículos 15.2.7. a 15.2.14. Sólo previa aceptación por la OIE de las pruebas presentadas según lo dispuesto en el Capítulo 1.9. podrán el país o la zona propuestos ser incluidos en la lista de países o zonas libres de peste porcina clásica. Para permanecer en la lista, será preciso volver a aportar cada año la información a la que se refieren los anteriores apartados 1) a 5), y cualquier cambio de la situación epidemiológica u otros episodios significativos deberán comunicarse a la OIE de acuerdo con los requisitos del Capítulo 1.1. |
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2020 Formulario para la
reconfirmación anual del estatus de peste
porcina clásica
FORMULARIO DE NUEVA EJECUCIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS CERTIFICADAS
FORMULARIO DE POSTULACIÓN DE PROYECTOS FONDOS CONCURSABLES MUNICIPALIDAD
FORMULARIO DE PRESELECCIÓN DE CANDIDATURAS RESPONSABLE MEDIOS
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