BASES DE COTIZACION PARA LA CONSTRUCCION DE AUXILIATURA COMUNAL

(INSTITUCIÓN) BASES DE CONCURSO DEFINICIÓN ES EL DOCUMENTO
BASES LABORATORY ACCREDITATION GUIDELINES RATIONALE AN ACCREDITED
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BASES DE COTIZACION PARA LA CONSTRUCCION DE AUXILIATURA COMUNAL DEL CANTON BELLA VISTA, DEL MUNICIPIO DE IXCHIGUAN

BASES DE COTIZACION PARA LA CONSTRUCCION DE AUXILIATURA COMUNAL DEL CANTON BELLA VISTA, DEL MUNICIPIO DE IXCHIGUAN.


SUMINISTRO DE MATERIALES Y MANO DE OBRA,

PARA LA CONSTRUCCION DE AUXILIATURA COMUNAL, EN EL CANTON BELLA VISTA, DEL MUNICIPIO IXCHIGUAN, DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS.


MUNICIPALIDAD DE IXCHIGUAN.

La Municipalidad de Ixchiguán, del Departamento de San Marcos, en cumplimiento con las disposiciones que establece la Ley de Contrataciones del Estado, invita a participar, en la presentación de oferta, para la obra: construcción de una Auxiliatura Comunal en el Cantón Bella vista, del Municipio de Ixchiguán, de acuerdo a las disposiciones y especificaciones de la ley.

1.1 FECHA LÍMITE DE ENTREGA DE OFERTAS:

La recepción de ofertas comienza desde el día de la publicación del presente concurso, finalizando la misma el día Viernes 23 de Mayo de 2,008, a las 12:00 horas: en la Secretaria Municipal, Sede de la Junta de Cotización, en donde también se verifican planos y especificaciones técnicas para participar en el presente evento.


1.2 PREPARACION DE LA OFERTA:

Las Empresas individuales, Sociedades o Jurídicas, interesadas en participar deberán examinar la totalidad de la documentación, las condiciones y las especificaciones que rigen para esta Cotización Solo se aceptara una oferta por Persona o Empresa individual, sociedad o jurídica, caso contrario el oferente será descalificado.

Las Empresas individuales, Sociedades o Jurídicas oferentes proveerá toda la información requerida en la presenta invitación a Cotizar, en Un Sobre debidamente Rotulado y debidamente cerrado, no se tomaran en cuenta las ofertas que presenten borrones, enmiendas, omisiones, adiciones o entrelineados que no estén debidamente salvados antes de la firma del representante legal.


DISPOSICIONES GENERALES,

PARA LA CALIFICACION DE LOS OFERENTES.

2.1 FORMA DE PRESENTACION Y CONTENIDO DE LA OFERTA:

La propuesta, que en adelante se llamará “OFERTA”, la presentará el oferente en sobre debidamente cerrado, rotulado con el nombre de la Empresa Oferente y Título asignado a la presente invitación a ofertar, en papel membretado de la Empresa o similar, compuesto de Original y una Copia. Cada hoja deberá ser numerada y foliada. Los formularios de Solicitud de Cotización, son entregados en la Secretaría Municipal.


2.2 DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑARAN LA OFERTA:

Las Empresas individuales, Sociedades o Jurídicas acompañaran Su Oferta de la siguiente documentación, en primera instancia de conformidad con lo que exige el Articulo 9, del reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Deberá Presentar los Documentos Siguientes:

Comprometiéndose la empresa ganadora a presentar los requisitos a solicitud de la Junta de Cotización o de la Autoridad Superior de esta municipalidad.


2.3 PRECIOS Y MONEDA DE LA OFERTA:


NOTA: No se aceptaran solicitudes de reajuste de precios después de que la oferta haya sido presentada.



2.4 CONSULTAS Y ACLARACIONES

La municipalidad de Ixchiguán, resolverá cualquier duda a todas a las Empresa que así lo requieran, para lo cual deberán abocarse a la Secretaria Municipal, Sede de la Junta de Cotización Municipal. O bien al Teléfono 77679423.

La publicación de los resultados será dada a conocer a través del Portal de www.guatecompras.gt.



2.5 FIANZA DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA:

La firmeza de su oferta la caucionaran los oferentes mediante fianza, cheque certificado o en efectivo por el UNO POR CIENTO (1%) del valor de su oferta.

Si la garantía es prestada mediante Fianza de Sostenimiento de Oferta, la póliza deberá ser emitida a favor y entera satisfacción de la Municipalidad de Ixchiguán, por una afianzadora de reconocida solvencia financiera para operar en la Republica de Guatemala.

Si la garantía consiste en cheque certificado, se realizara a nombre de la Tesorería Municipal, y si consiste en efectivo, deberá hacerse en quetzales, depositado en la Tesorería Municipal.

Los oferentes estarán obligados a sostener sus ofertas hasta que se les notifique oficialmente la aprobación de la adjudicación, y en todo caso la fianza de sostenimiento de oferta tendrá una vigencia de 120 días, según la ley de la materia. El adjudicatario acepta y se compromete a que una vez vencido el plazo de vigencia de dicha fianza, se prorrogara hasta que sea substituida por la fianza de cumplimiento de contrato, debiendo presentar inmediatamente la póliza de prorroga respectiva. El calificado en segundo lugar deberá mantenerla vigente hasta que se le notifique oficialmente la aprobación del contrato por la autoridad superior correspondiente.

Al ser aprobada la adjudicación, la Municipalidad de Ixchiguán, San Marcos, por medio de la Junta cotizadora Municipal, lo hará del conocimiento de los oferentes por el sistema de Guatecompras, para que se cancelen su garantía de sostenimiento de oferta.

La garantía de sostenimiento de oferta se hará efectiva por cualquiera de las razones siguientes:

a.- Si el adjudicatario no sostiene su oferta.

b.- Si el adjudicatario no concurre a firmar el contrato respectivo dentro del plazo que señala el Articulo 36 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

c.- Si el adjudicatario, habiendo suscrito el contrato, no presenta la póliza de la fianza de cumplimiento dentro del término que fija el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, como requisito previo a la aprobación del contrato.

En cualquiera de los casos anteriores, la adjudicación que se hubiere hecho quedara sin efecto debiendo ser llamado a negociar el Oferente Calificado en el Segundo lugar.

Con base en el informe que rinda el Supervisor, la Municipalidad de Ixchiguán, del departamento de San Marcos, exigirá por escrito el pago de la fianza, acompañando la información y documentación pertinente y la afianzadora hará el pago conforme lo establece el Artículo 1030 del Código de Comercio. Todo lo anterior se hará constar expresamente en la póliza respectiva y, si la caución fuere en efectivo, al hacer el depósito el Oferente aceptara que, debe de incumplir, no se le reintegrara la garantía presentada.



2.6 FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO:

Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el Contrato, el adjudicatario deberá presentar fianza por un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto del contrato respectivo. La fianza de cumplimiento cubrirá los aspectos contemplados en el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en los porcentajes allí señalados. La póliza de dicha fianza deberá ser emitida a favor y entera satisfacción de la Municipalidad de Ixchiguán, del departamento de San Marcos, una Afianzadora de reconocida solvencia financiera, autorizada para operar en la Republica de Guatemala.

La constitución y presentación de la Fianza de Cumplimiento de Contrato será requisito previo a la aprobación del contrato por la autoridad superior correspondiente. El contrato deberá quedar aprobado dentro del término que fija el Articulo 36 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.






La Municipalidad hará efectiva la fianza de Cumplimiento en los siguientes casos:

  1. Si el contratista no presenta los Certificados de Garantía de Funcionamiento y Calidad dentro de los quince (15) días siguientes a la entrega de servicios contratados.

  2. Si el Contratista no presenta la constancia que extienda la municipalidad de Ixchiguán, del departamento de San Marcos, de haber recibido a su entera satisfacción los servicios objeto del contrato.

  3. Si el contratista deja de cumplir con las obligaciones derivadas de la Ley y del contrato, Si se produjera el incumplimiento por parte del contratista, la Municipalidad de Ixchiguán, del departamento de San Marcos, solicitara por escrito y en forma fundamentada el pago de la fianza a la afianzadora, debiendo esta ultima hacer el pago conforme el articulo 1030 del condigo de comercio (10 días cuando hay afianzamiento directo y 30 días cuando hay re-afianzamiento), Todo lo anterior se hará constar expresamente en la póliza respectiva.

2.7 FIANZA POR ANTICIPO:

Previo a recibir cualquier suma por concepto de anticipo, el contratista constituirá garantía mediante fianza o hipoteca por el mondo de un cien por ciento (100%) del mismo. La garantía podrá reducirse al máximo del saldo deudor y estará vigente hasta su total de amortización. El reglamento estableceré el procedimiento de reducción y lo concerniente en los casos de rescisión, resolución y terminación del contrato.


2.8 FIANZA DE CONSERVACION DE OBRA O DE CALIDAD O DE FUNCIONAMIENTO:

El contratista responderá por la conservación de la obra, mediante deposito en efectivo, fianza, hipoteca o prenda, a su elección a favor de esta Municipalidad que cubre el valor de las reparaciones de las fallas o desperfectos que le sean imputables y que aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de recepción de la obra. La garantía de conservación de obra, o de calidad y/o funcionamiento, deberá otorgarse por el equivalente al quince por ciento (15%) del valor original del contrato, como requisito previo para la recepción de la obra o servicio.

El vencimiento de tiempo de responsabilidad previsto en el párrafo anterior, no exime al contratista de las responsabilidades de destrucción o deterioro de la obra debido a dolo o culpa de su parte, por el plazo de cinco (5) años, a partir de la recepción definitiva de la obra o servicio.


2.9 FIANZA POR SALDOS DEUDORES

Para garantizar el pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor de la Municipalidad de Ixchiguán, del departamento de San Marcos, en la liquidación, el contratista deberá presentar fianza, deposito en efectivo, constituir hipoteca o prenda, a su elección, por el cinco por ciento (5%) del valor original del contrato. Esta garantía deberá otorgarse simultáneamente con la conservación de obra como requisito previo para la recepción de obra o servicio. Aprobada la liquidación, si no hubiera saldos deudores se cancelara esta garantía.


PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION DE LAS OFERTAS

Las ofertas serán evaluadas de acuerdo con el siguiente procedimiento:

3.1 PRIMERA FASE:

Revisión documental de carácter excluyente, en la cual se comprobara que este completa la documentación exigida.

La falta de alguno de los documentos indicados en la Inciso 2.2, “documentos que acompañaran la oferta”, será causa justificada para rechazar la Misma.

Cualquier intimidación, o insinuación por parte del oferente será causa para excluir la misma.

3.2 SEGUNDA FASE:

De conformidad como lo establece la ley, únicamente para las ofertas aceptadas en la primera fase, como se margina a continuación serán aplicados los criterios de calificación siguiente:

  1. Oferta Económica, presentada por las Empresas individuales, Sociedades o Jurídicas, que participen.

  2. Si el Precalificado Cuenta con la especialidad, y capacidad económica acorde a la presente bien o servicio que se esta cotizando.

  3. El Tiempo de Experiencia con el que cuenta la empresa en la ejecución de este bien o servicio causa del presente proceso de cotización.

3.3 SANCIONES PECUNIARIAS:

Si el Contratista se atrasare en la entrega del servicio dentro del plazo establecido en el contrato, pagara una sanción por retraso equivalente al CERO PUNTO CINCO POR MILLAR (0.5) del monto del contrato por cada día de atraso en que se incurriere.













ESPECIFICACION DE LOS TRABAJOS REQUERIDOS.



CONSTRUCCION DE AUXILIATURA COMUNAL PARA EL CANTON BELLA VISTA, DEL MUNICIPIO DE IXCHIGUAN, SAN MARCOS.




NOTA:


La Municipalidad de Ixchiguán, Solicitara a la Empresa Adjudicada, los estudios correspondientes al proyecto, cuando lo crea conveniente, adquiriendo la Empresa la Obligación de Proporcionarlos.






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1 CONCEPTOS GENERALES SOBRE ACCESS Y BASES DE DATOS


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