EN EL CASO DE QUE PROSPERE LA ENMIENDA A

EN EL CASO DE QUE PROSPERE LA ENMIENDA A






En el caso de que prospere la enmienda a la Ley General Tributaria presentada por el Grupo Popular en el Senado

EN EL CASO DE QUE PROSPERE LA ENMIENDA A



En el caso de que prospere la enmienda a la Ley General Tributaria presentada por el Grupo mayoritario en el Senado


El REAF recomienda recurrir todas las sanciones tributarias para beneficiarse de una reducción del 25% en las mismas



Madrid, 22 de octubre de 2003.- Tras analizar las principales enmiendas, de un total de 372, presentadas por los distintos grupos parlamentarios a la Ley General Tributaria, el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) hace las siguientes consideraciones y recomendaciones para los contribuyentes:



Reducción del 25% para todas las sanciones recurridas


Si prospera la enmienda 364, presentada por el Grupo Popular, una vez entre en vigor la nueva Ley General Tributaria, si el contribuyente decide desistir del recurso o reclamación presentado contra una sanción se le aplicará una reducción del 25 por ciento, simplemente por el hecho de retirar dicho recurso y pagar el importe resultante. En consecuencia el REAF recomienda a los contribuyentes recurrir las sanciones impuestas de manera que puedan bien beneficiarse de esta reducción o acogerse en su momento al régimen más favorable de entre los contemplados en la LGT vigente y en la nueva.


A juicio del REAF con la introducción de esta peculiaridad en el régimen transitorio para las sanciones por esta enmienda se da un paso más en la reducción de la conflictividad tributaria con respecto a las sanciones. Ya estaba previsto, como no podía ser de otra manera, que, a las infracciones tributarias cometidas con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva Ley, cuyas sanciones no fuesen firmes, se les aplicaría el régimen sancionador más favorable.


Según Valentí Pich, presidente del REAF, “se trata de una modificación interesante ya que desde que se comenzó a tramitar el Proyecto de Ley General Tributaria (en junio pasado) se están recurriendo la mayor parte de las sanciones para beneficiarse del régimen más favorable. Ahora, además, con esta nueva enmienda es posible valorar la posibilidad de desistir del recurso o reclamación para pagar un 75% de la sanción impuesta en un primer momento”. Por ejemplo, un obligado tributario al que se le hubiese instruido un expediente sancionador con una propuesta de sanción del 42 por 100, si con la nueva norma, incluyendo la reducción por ingreso sin aplazamiento y pronto pago, le resulta una sanción superior o parecida, puede decidir desistir del recurso o reclamación para pagar un 31,5 por 100 (42-0,25x42).



Mejora del procedimiento de exención de responsabilidad a los contratistas


Asimismo, la enmienda 328 mejora el procedimiento para eximir de responsabilidad a los contratistas por el IVA o las retenciones, relacionados con la obra, que deban ingresar las empresas subcontratadas.


En esencia el procedimiento consiste en que se libera de responsabilidad al contratista que pague al subcontratista si tiene en su poder un certificado, que la Administración le haya dado al subcontratista, de estar al corriente de sus obligaciones tributarias.


A este respecto, por un lado, se incrementa el plazo de validez del certificado de 3 a 12 meses (en la tramitación en el Congreso ya pasó de 1 a 3 meses); por otro lado, se obliga a que la Administración emita o deniegue el certificado, solicitado por el subcontratista, en 3 días.


Indudablemente, aunque el precepto no dejará de ser cuestionado en lo esencial, la exigencia de responsabilidad a persona distinta del obligado tributario, se flexibiliza el trámite al tiempo que se simplifica y se dota de mayor seguridad a la operativa.



REAF


El Registro de Economistas Asesores Fiscales es el órgano especializado de los economistas españoles creado en marzo de 1988 para coordinar y apoyar la actividad de los economistas en los temas relacionados directamente con el ejercicio profesional de la asesoría fiscal. El REAF cuenta actualmente con más de 4.300 miembros que ejercen su labor como asesores fiscales.


Para más información:

Víctor Acero

Ketchum SEIS

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