COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DE CÓRDOBA

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1

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Paseo de la Victoria 11, CÓRDOBA
www.copitico.es / [email protected]

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HOJA DE ENCARGO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES


1

Identificación del cliente.

Nombre o denominación social:     

DNI o CIF:     

Representante legal o apoderado:     

DNI o NIF:     

Domicilio:     

C. Postal:     

Localidad:      

Provincia:      

Teléfono:     

Fax:     

Móvil:     

Correo electrónico:     

2

Identificación del profesional prestador del servicio.

Nombre o denominación social:     

DNI o CIF:     

Número de colegiado o registro de Sociedad Profesional:     

Técnico responsable del trabajo profesional:      

Domicilio:     

C. Postal:     

Localidad:      

Provincia:      

Teléfono:     

Fax:     

Móvil:     

Correo electrónico:     

3

Datos del Colegio Profesional –Autoridad competente- a todos los efectos, incluidos los de información y, en su caso, reclamaciones del cliente o usuario.

Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Córdoba

CIF: Q1470002-E

Domicilio: Paseo de La Victoria, 11

C. Postal:14008

Localidad: Córdoba

Provincia: Córdoba

Teléfono: 957484159

Fax: 957470909

Web: www.copitico.es

Correo electrónico: [email protected]

Horario de atención directa a los colegiados, usuarios o clientes: Mañanas, de Lunes a Viernes, de 9h. a 14h. Tardes, de Lunes a Jueves de 17h. a 19:30h.

4

Objeto del encargo.

     

Emplazamiento

Domicilio:     

C. Postal:     

Localidad:      

Provincia:      

Documentación entregada por el cliente al profesional

     

Documentación o información requerida por el profesional del cliente

     

5

Profesión regulada.

Titulación:

Estado miembro: ESPAÑA

Colegio profesional: Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Córdoba

Legislación aplicable:

Real Decreto Legislativo 1/2007, Texto Refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios; Ley 3/1.991, de 10 de enero, sobre competencia desleal; Ley 15/2007, de 3 de julio, de la competencia; Leyes 17/2009 y 25/2009; Ley 2/1974, estatal de Colegios profesionales y Ley Andaluza 10/2003, de 6 noviembre, de Colegios Profesionales de Andalucía y Decreto 216/2006, de 12 de diciembre, que aprobó el Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía; Ley 12/1.986, de 1 de abril, sobre atribuciones profesionales y Real Decreto-Ley 37/1.977, de 13 de junio; Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de diciembre de 2.008 y Orden CIN/351/2.009, de 9 de febrero; Ley 21/1.992, de 16 de julio, de Industria; Reglamentos de Seguridad y otros; Ordenanzas Municipales y legislación autonómica.

6

Precio del servicio.

     

7

Seguro de Responsabilidad Civil.

Entidad aseguradora:      

Póliza número:      

Vencimiento:      

Cuantía de la cobertura:      

Ámbito territorial de cobertura:      

8

Visado de los trabajos correspondientes a los servicios objeto de encargo

El cliente solicita expresamente que los trabajos profesionales relacionados con los servicios objeto de este encargo profesional sean visados por el Colegio Oficial de Perito e Ingenieros Técnicos Industriales de Córdoba.

9

Derecho de desistimiento del contrato.

En caso de que el cliente desee resolver el contrato de prestación de servicios, deberá avisar al profesional con quince días de antelación, viniendo obligado el cliente al pago de los honorarios correspondientes a los trabajos realizados hasta la fecha.

De ser el profesional el que desee resolver el contrato, deberá igualmente comunicarlo al cliente con quince días de antelación, viniendo aquél obligado a entregar la documentación que en tal caso proceda y prestar al cliente la asistencia necesaria durante el plazo de un mes desde el preaviso, en tanto el cliente no designe otro profesional.

10

Conflictos entre cliente y profesional.

En caso de conflicto, el cliente y también el profesional podrán dirigirse al Servicio de Atención a los Colegiados y Consumidores y Usuarios del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Córdoba, bien al domicilio o a la dirección de correo electrónico o página web de dicho Colegio.

Por los mismos medios, estarán disponibles las normas deontológicas o códigos de conducta del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Córdoba.

En caso negativo, ambas partes se someten al fuero y la jurisdicción de los Tribunales y Juzgados de      .


11

Lengua y lugar de entrega de la información.

El cliente reconoce haber recibido toda la información prevista en los artículos 22 y 23 de la ley 17/2009, de 23 de noviembre. Se ha entregado esa información en castellano y en el lugar de la firma del presente documento.

Se redacta el presente documento en castellano.

12

Protección de datos.

De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 15/1.999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y, en particular, en sus artículos 5º y 6º, es informado el cliente de que sus datos personales, que facilita libre y voluntariamente, pasan a incorporarse al fichero del profesional, teniendo el cliente la facultad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición reconocidos por dicha Ley Orgánica.

13

Cumplimentación de esta Hoja de Encargo.

a) Sobre la identificación del cliente y del profesional prestador del servicio.

El cliente y el prestador del servicio declaran tener capacidad suficiente para realizar, el primero, el encargo de los servicios profesionales requeridos y, el segundo, la prestación de dichos servicios profesionales, así como que son ciertos los datos expresados en la presente hoja de encargo.

El representante legal o apoderado que interviene en nombre del cliente declara expresamente que cuenta con facultades suficientes para llevar a cabo la representación que dice ostentar, responsabilizándose personalmente en el supuesto de que hubiera excedido las facultades que ostentase.

Los domicilios indicados de cliente y profesional se señalan a todos los efectos, incluidos contacto, notificaciones y reclamaciones.

En el apartado 1 se indican todos los clientes solicitantes del servicio profesional con sus datos en el supuesto de tratarse de varios clientes.

En el apartado 2 se indican todos los profesionales prestadores del servicio con sus datos en el supuesto de tratarse de varios profesionales.

b) Sobre el objeto del encargo.

El trabajo encomendado es el que se precisa en el apartado 4 objeto del encargo habiéndose indicado el lugar exacto de la obra, instalación o elemento de que se trata, y descrito lo más precisamente posible la magnitud y demás elementos del trabajo, así como relacionado la documentación que ha entregado el cliente al profesional y la información y documentación que el profesional ha requerido del cliente.

c) Sobre el precio del servicio.

El precio de los servicios será el determinado expresamente en el apartado 6 al que habrá de añadirse el IVA correspondiente. En su defecto ha sido fijado el método para calcular dicho precio o bien un presupuesto detallado, cerrado o estimativo, que, si ha sido realizado en documento independiente, queda anexado a esta hoja de encargo.

Los plazos de pago total o parcial y los gastos y suplidos que son a cargo del cliente se detallan igualmente en este apartado 6.


En prueba de conformidad, firman el presente documento en triplicado ejemplar, en       a       de       de      


(1) El Cliente








Fdo.      


(1) Firma y sello en caso de Sociedad

El Ingeniero Técnico Industrial








Fdo.      






Registro colegial número:


Fecha:



Hoja 2 de 2



SOLICITUD DE ALTA BOLSA DE EMPLEO COLEGIO
(MODELO DE QUEJA DEONTOLÓGICA) AL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS
1 SOCIEDADES E INSTITUCIONES COLEGIO OFICIAL DE FÍSICOS


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