ELEMENTOS SUELOS REAL DECRETO 92005 14 DE ENERO REAL

(ENGLISH EXPLANATION IS BELOW) ELEMENTOS ORBITALES DEL PEHUENSAT1 CORTESIA
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Elementos- Suelos- Real Decreto 9/2005, 14 de Enero

Real Decreto 9/2005, 14 de enero,

por el que se establece

la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y

los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

BOE nº 15, 18 de enero de 2005





a)-. Objeto

b)-. Definición

c)-. Informes de situación

d)-. Suelos contaminados

e)-. Contaminación de aguas subterráneas

f) Niveles genéricos de referencia

g) Descontaminación de suelos

h) Publicidad registral

i) Régimen sancionador

 

a) Objeto

 



b) Definiciones

Suelo:

Uso industrial del suelo:

Uso urbano del suelo:

Aquel que tiene como propósito principal el de servir para:

Otros usos del suelo:

Actividades potencialmente contaminantes del suelo:

Criterios:

Estándares:





Riesgo:

Suelo contaminado:

 

c) Informes de situación:

Los titulares

La comunidad

Los propietarios de los suelos en lo que se haya desarrollado en el pasado alguna actividad potencialmente contaminante,

 

d) Suelos contaminados:

El órgano competente de la comunidad autónoma

Delimitará aquellos suelos que se considere prioritaria la protección del ecosistema del que forma parte

Determinará qué grupo o grupos de organismos deben ser objeto de protección

Las circunstancias serán objeto de una valoración detallada de los riesgos que estos puedan suponer para la salud humana o para los ecosistemas

Tras realizar la valoración de riesgos: El titular de la actividad o del suelo, la pondrá en conocimiento del órgano competente de la comunidad autónoma.

 

e) Contaminación de las aguas subterráneas:

 

f) Niveles genéricos de referencia

Se utilizarán para la evaluación de la contaminación del suelo por determinadas sustancias

El órgano competente de la comunidad autónoma, teniendo en cuenta el uso actual y futuro del suelo, determinará qué niveles genéricos de referencia son de aplicación en cada caso.

Los responsables de las comunidades autónomas podrán:

 

g) Descontaminación de suelos

  1. -. A la realización de actuaciones necesarias para proceder a su recuperación ambiental en los términos y plazos dictados por el órgano competente

En el caso de que por razones justificadas de carácter técnico, económico o medioambiental no sea posible esa recuperación, se podrán aceptar soluciones de recuperación tendentes a reducir la explosión, siempre que incluyan medidas de contención o confinamiento de los suelos afectados.

 

h)-. Publicidad registral

  1. -. Se extenderá en virtud de certificación administrativa en la que se haga inserción literal de la resolución.

  2. -. Se declara el suelo contaminado, con extensión de su firmeza en vía administrativa.

  3. -. El expediente será notificado a todos los titulares registrales que aparecieran en la certificación.

  4. -. Dicha certificación habrá de ser presentada en el Registro de la Propiedad por duplicado.

  5. -. Se harán constar las circunstancias previstas por la :

 

 

i) Régimen sancionador



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4 PROPUESTA DE GUÍA LEGISLATIVA ELEMENTOS BÁSICOS SOBRE LA
5 PROPUESTA DE GUÍA LEGISLATIVA ELEMENTOS BÁSICOS SOBRE LA


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